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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5214
Procedimiento ordinario 361/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./Dª.(datos personales ocultos) VICENTE MANUEL BOLUFER FRANCIA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento  seguido a instancia de  (datos personales ocultos) frente a (datos personales ocultos) se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 250/2.017

En Palma, a nueve de mayo de dos mil diecisiete

Vistos por mí, D. (datos personales ocultos), Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el nº 361/2016, seguidos a instancia de la sociedad mercantil (datos personales ocultos), representada por la Procuradora Dña.(datos personales ocultos), sin representación ni defensa y en situación procesal de rebeldía, sobre acción de reclamación de cantidad y de responsabilidad de los administradores por deudas sociales; ha recaído la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. (datos personales ocultos), en nombre y representación de la sociedad mercantil “(datos personales ocultos); y en consecuencia, debo condenar y condeno al demandado a abonar solidariamente a la actora:

1. La cantidad de DIEZ MIL TRESCIENTOS DOS EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (10.302,51.- €).

2. Todas aquellas cuantías que se devenguen, en concepto de costas y/o intereses procesales contra la empresa (datos personales ocultos). en el Procedimiento de Juicio Cambiario 377/2015, así como de su posterior ETJ con nº 205/2015 tramitados en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ibiza.

Con expresa imposición de costas a la parte demandada.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, ex artículo 455 de la LEC

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, (datos personales ocultos), en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a once de mayo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,