Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
SOCIEDAD MUNICIPAL DE APARCAMIENTOS Y PROYECTOS
Núm. 7533
Modificación de ficheros LOPD
El Consejo de Administración de la Societat Municipal d’Aparcaments i Projectes, S.A. en sesión de fecha 30 de septiembre de 2016 acordó lo siguiente:
De acuerdo con el criterio de la Agencia Española de Protección de Datos traslado por oficio recibido con registro de salida 325027/2016, los ficheros de datos de carácter personal “CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA”, “EXPEDIENTE DE CONCESIÓN” Y “GESTIÓN TRASPASOS CONCESIONES”, deberán ser inscritos como de titularidad privada atendiendo a la naturaleza jurídica de la entidad responsable de los ficheros, por lo que se deberá seguir el procedimiento ordinario para ficheros de titularidad privada. Además, se deberá publicar la oportuna corrección de la disposición reguladora indicando ésta circunstancia.
Se propone al Consejo de Administración la modificación respecto a la tramitación de las inscripciones de los antes mencionados ficheros de datos de carácter personal “CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA”, “EXPEDIENTE DE CONCESIÓN” Y “GESTIÓN TRASPASOS CONCESIONES” la creación de los cuales fue aprobada por este Consejo de Administración el 30 de septiembre de 2016 tal y como consta publicado en el BOIB número 132 del 18 de octubre de 2016.
Por todo ello el Consejo de Administración
ACUERDA
Primero.- Se modifica la tramitación a seguir, que se hará como de titularidad privada, de los ficheros de datos de carácter personal denominados “CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA”, “EXPEDIENTE DE CONCESIÓN” Y “GESTIÓN TRASPASOS CONCESIONES”.
Segundo.- Inscripción.- Se seguirá el procedimiento ordinario para inscribir estos ficheros como ficheros de titularidad privada.
Tercero.- Publicación.- Una vez concluida la elaboración de la disposición de carácter general y aprobada la modificación por el Consejo de Administración de la Societat Municipal d’Aparcaments i Projectes, S.A. se procederá a la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- Entrada en vigor.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.