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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7560
Presidencia - Nombramiento de los miembros del Consejo Ejecutivo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que la Sra. Presidenta del Consejo Insular de Menorca, mediante Decreto núm. 121/2017, de 7 de julio, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO. Nombrar miembros del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca a las siguientes personas:

Presidenta: Sra. Susana Irene Mora Humbert,

Vocales:

- Sra. Maite Salord Ripoll vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cooperación Local y Promoción Turística

- Sra. Cristina Gómez Estévez, vicepresidenta segunda y consejera ejecutiva de Servicios Generales, Participación Ciudadana y Vivienda

- Sr. Miquel Àngel Maria Ballester, consejero ejecutivo de Cultura y Educación

- Sr. Miquel Nicolau Preto Fernández, consejero ejecutivo de Movilidad

- Sr. Miquel Company Pons, consejero ejecutivo de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes

- Sra. Maria Cabrisas Pons, consejera ejecutiva de Bienestar Social y Familia

- Sr. Javier Antonio Ares García, consejero ejecutivo de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera

Las personas designadas como vicepresidentas sustituyen a la presidenta de acuerdo con el orden que figura en este decreto de nombramiento.

SEGUNDO. Asumir la responsabilidad y la gestión directa del Departamento de Presidencia.

TERCERO. Asignar las funciones de portavoz del Consejo Ejecutivo a la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cooperación Local y Promoción Turística, Sra. Maite Salord Ripoll.

CUARTO. Mantener la asignación de las funciones de secretaría del Consejo Ejecutivo al oficial mayor del CIM, Sr. Octavi Pons Castejón, sin perjuicio de la posibilidad de que estas funciones sean asumidas por la secretaria general del CIM en caso de ausencia de aquel y siempre que el presidente de la corporación lo requiera.

QUINTO. Derogar todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en este decreto.

SEXTO. Notificar esta resolución a los interesados y publicar su contenido en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), para que empiece a regir el mismo día de su publicación.

SÉPTIMO. Dar cuenta al Pleno, en la primera sesión que se celebre.

     

Maó, a 7 de julio de 2017

La secretaria interina
Rosa Salord Olèo