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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 7514
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia por la que se convocan subvenciones para el fomento del desarrollo de la acción cívica para el año 2017 en materia de fomento de la acción cívica para la generación del conocimiento y su transferencia a la sociedad mediante las corporaciones de derecho público (ID BDNS 353942)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria arriba mencionada, cuyo texto se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (<http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index>).
Primero
Beneficiarios
Pueden acceder a la condición de beneficiarios de las ayudas que establece la convocatoria las corporaciones de derecho público inscritas en el Registro de Academias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Segundo
Objeto
La convocatoria tiene por objeto:
a) Coadyuvar a la ejecución de planes de actividades en materia de acción cívica para la generación del conocimiento y su transferencia a la sociedad, con especial atención a las acciones que permitan favorecer y fomentar la organización de sesiones y eventos y la realización de trabajos en materia de contribución a la vertebración social y la cohesión territorial, institucional y en los diversos campos del saber en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
b) Facilitar a las corporaciones de derecho público el cumplimiento de los objetivos de estudio y aportación a la sociedad de las Illes Balears, mediante la financiación de los gastos generales de mantenimiento y funcionamiento.
Tercero
Bases reguladoras
La convocatoria se realiza al amparo de la Orden del consejero de Presidencia de 14 de enero de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de acción cívica.
Cuarto
Cuantía
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas para el ejercicio de 2017 y financiada por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es de 48.000,00 €.
Quinto
Plazo de solicitud
El plazo para presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de julio de 2017
La consejera de Presidencia
Pilar Costa i Serra