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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 7457
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho nº 303 (antes nº 318) ubicado en la segunda planta del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3 de Palma, a favor de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales (DGTPFP 190/2017 PATRIM)

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Texto

Hechos

1. El 15 de mayo de 1995, el Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el edificio situado en la calle de Rosa, 3 de Palma, por un periodo de 99 años, mediante un convenio suscrito y aprobado por el Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 1995.

2. El 19 de junio de 2017, la presidenta de la Junta Directiva de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales hizo un oficio, en el que solicita la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho nº 303 (antes nº 318) ubicado en la segunda planta del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3 de Palma, a favor de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales.

3. El 23 de junio de 2017, la secretaria general de Salud envió un oficio en que solicita la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal hasta el 31 de julio de 2021, del despacho nº 303 (antes nº 318) ubicado en la segunda planta del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3 de Palma, a favor de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales y que acaba el próximo 31 de julio de 2017.

4. El 23 de junio de 2017, la secretaria general de Salud emitió un informe sobre la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal hasta el 31 de julio de 2021, del despacho nº 303 (antes nº 318) ubicado en la segunda planta del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3 de Palma, a favor de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales, en el que informa favorablemente sobre la prórroga de la cesión.

5. El 23 de junio de 2017, la consejera de Salud dictó la propuesta de Resolución de inicio por la cual se propone al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, que inicie el expediente de prórroga hasta el 31, de julio de 2021, sobre la cesión de uso gratuita y temporal del despacho nº 303 (antes nº 318) ubicado en la segunda planta del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3 de Palma, a favor de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 49, de 24 de abril).

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 192, de 24 de diciembre).

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 97, de 2 de julio).

4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las Competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto).

5.El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el cual se nombra el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 93, de 23 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho nº 303 (antes nº 318) ubicado en la segunda planta del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de la Rosa, 3 de Palma, a favor de la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales hasta el 31 de julio de 2021.

2. Establecer, para la cesión, las condiciones siguientes:

a) Se tienen que mantener las mismas condiciones estipuladas en el convenio de cesión.

b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación del cesionario de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando acabe el plazo establecido.

c) Si los bienes y los derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acto que autorice la cesión o dejan de destinarse posteriormente, la cesión se revocará y revertirá a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tiene derecho a percibir del cesionario, previa tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan producido.

3. Notificar esta Resolución en la Consejería de Salud y a la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales.

4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

  

Palma, 30 de junio de 2017

 El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

 José Luis Gil Martín

De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

 Catalina Cladera i Crespí