Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 7456
Extracto de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 4 de julio de 2017, por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para 2017 PROGRAMA SOIB JOVE FORMACIÓN I OCUPACIÓN, que puede estar cofinanciada por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil por el periodo 2014-2020
BDNS (Identif.): 354130
De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias
a) Órganos, organismos autónomos y otros entes de la Administración general del Estado y de la Comunidad Autónoma
b) Entidades locales y sus organismos autónomos, y entidades con competencia en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas, cuya titularidad sea íntegramente de las entidades locales
c) Consorcios
d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro
Tienen que ser competentes para ejecutar las obras o los servicios y tienen que estar acreditadas y/o inscritas, como mínimo el mismo día de la publicación de esta convocatoria, en el Registro Estatal de Entidades de Formación en cada una de las especialidades que soliciten incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas de acuerdo con lo que establece el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Segundo. Objeto
El objeto de esta Resolución es aprobar, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria de subvenciones para el año 2017 para presentar proyectos mixtos de empleo y formación para personas jóvenes desempleadas mayores de 16 años y menores de 30 inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El objeto de los programas que se desarrollan en el marco de esta convocatoria es mejorar las aptitudes y las competencias profesionales de las personas que participan a la vez que se llevan a cabo proyectos de interés general o social, que tienen que ser ejecutados directamente por los beneficiarios sin que se puedan subcontratar con terceros.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2013 para la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo gestionadas por el Servicio de Ocupación de las Illes Balears (BOIB nº. 146, de 24 de octubre).
Cuarto. Crédito
El crédito asignado inicialmente a esta convocatoria es de tres millones de euros (3.000.000,00 €).
Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan se puede aumentar el importe de esta convocatoria sin abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, siempre que la ampliación de crédito se apruebe en cualquier momento anterior a la resolución de concesión.
El crédito inicialmente asignado a esta convocatoria se tiene que distribuir de manera porcentual por islas, de acuerdo con los datos medios de personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 demandantes de empleo desempleadas, del año 2016. En caso de haber solicitudes, se ha de asignar crédito suficiente para poder garantizar la aprobación de un proyecto en la isla de Formentera y 2 proyectos a cada una de las islas de Menorca y de Ibiza. Si el importe de las solicitudes presentadas es inferior al crédito asignado a cada una de las islas, el crédito remanente se podrá redistribuir entre las otras.
Quinto. Importe
El importe máximo de la subvención, que en ningún caso puede superar la cantidad solicitada, es el que determina cada resolución aprobatoria de otorgamiento de las subvenciones correspondientes, y se destina exclusivamente a sufragar los siguientes gastos:
1. Costes del personal directivo, docente y de apoyo, hasta las cuantías máximas:
- Para proyectos con una duración de 6 meses: 43.200 €
- Para proyectos con una duración de 9 meses: 64.800 €
- Para proyectos con una duración de 12 meses: 86.400 €
2. Costes de los contratos de los alumnos-trabajadores, hasta las cuantías máximas:
- Para proyectos con una duración de 6 meses: 60.000 €
- Para proyectos con una duración de 9 meses: 90.000 €
- Para proyectos con una duración de 12 meses: 120.000 €
3. Otros costes de la operación
Para este concepto se pueden subvencionar el resto de gastos siempre que tengan relación con el proyecto subvencionado y sean necesarias para ejecutarlo. Se tiene que calcular a un tipo fijo del 15% de los costes directos del personal directivo, docente y de apoyo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días naturales a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Séptimo. Otros datos
Se tiene que presentar una solicitud por proyecto.
Los proyectos se tienen que dirigir a actividades de interés general o social y han de tener que tener 10 alumnos. La duración de los proyectos es de 9 meses con las siguientes excepciones:
La fecha de inicio de los proyectos estará comprendida entre el 16 y el 31 de enero de 2018.
Palma, 4 de julio de 2017
El consejero de Trabajo, Comercio e Industria
y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears
Iago Negueruela Vázquez