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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

Núm. 7359
Notificación titular sepultura Cementario Municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que no se ha podido realizar la notificación a los herederos de la Sra. María Mulet Bibiloni en la Plaza Puget, n.º 2, último domicilio conocido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede a su notificación y se hace constar que:

Visto que según el Reglamento de régimen interior del cementerio municipal, capítulo 5, art. 46 d, y visto que la propietaria de la sepultura núm. 133 del cementerio municipal, D.ª María Mulet Bibiloni es difunta desde el 16 de julio de 2014, y visto que a día de hoy no se ha personado ningún heredero, esta Junta de Gobierno celebrada en sesión ordinaria el día 21 de abril de 2017 acuerda iniciar los trámites para la sepultura núm. 133 vuelva a propiedad del Ayuntamiento de Santa Eugènia.

Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado este acuerdo (Junta de Gobierno), en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    

Santa Eugènia a 4 de julio de 2017

El Alcalde
Francisco Martorell Canals