Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 7289
Bases que regirán la convocatoria del concurso de méritos para la provisión de un puesto de trabajo de coordinador de Infraestructuras singularizado, de libre designación y abierto a la participación de personal de otras administraciones públicas
Antecedentes
La finalización, el pasado 15 de junio, de la comisión de servicios pactada entre los consejos insulares de Eivissa y de Formentera, que deja vacante el puesto de trabajo de Coordinador/a de Infraestructuras.
La resolución de gerencia 64-2017, de 26 de junio de 2017, que establece que se inicie la convocatoria pública del puesto de trabajo de Coordinador/a de Infraestructuras, de Libre Designación y abierto al personal de otras administraciones, en la relación de Puestos de Trabajo vigente del Consell Insular de Formentera.
Fundamentos de derecho
1. La presente convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Formentera, situado en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) (calle Ramón Llull, nº 6), en la página web de la Corporación www.consellinsulardeformentera.cat y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), siendo la fecha de publicación en el BOIB la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.
2. Este proceso selectivo se regirá por las determinaciones contenidas en esta convocatoria específica y por las Bases Generales de convocatorias de procesos de selección del Consell Insular de Formentera, publicadas en el BOIB número 46 de fecha 5 de abril de 2008.
Serán de aplicación supletoria la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de Función Pública de las Islas Baleares, que establece en el artículo 77, de concurso de méritos, que "el concurso de méritos es el sistema de provisión de puestos de trabajo genéricos que tienen establecida esta forma de provisión en la relación de puestos de trabajo, si bien también se puede utilizar para proveer puestos de trabajo singularizados, cuando así lo establezca la relación de puestos de trabajo", así como también el artículo 80, de convocatorias de provisión de puestos de trabajo, de la misma Ley. También serán de aplicación el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración de Estado, el Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que se ha de ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local, la ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régim local, la ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público .
3. El órgano competente para la solicitud de redacción de las presentes bases, es el presidente del Consell Insular de Formentera, en base a lo establecido en el artículo 9.2.l de la ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, y el articulo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, y el órgano competente para aprobar las citadas bases, es la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, según lo establecido en la Resolución de Presidencia de fecha 22 de junio de 2015, publicada en el BOIB número 109 de fecha 18 de julio de 2015.
CONTENIDO DE LAS BASES
El objeto de esta convocatoria es la constitución del proceso para designar el aspirante a cubrir el puesto de trabajo de Coordinador/a de Infraestructuras, de Libre Designación y abierto al personal de otras administraciones, en la relación de Puestos de Trabajo vigente del Consell Insular de Formentera.
1.Características del puesto
Denominación: Coordinador/a de Infraestructuras
Grupo de adscripción: A2
Nivel de complemento de Destino: 26
Complemento específico: 16.582,10€
Complemento de productividad: 9.238,83€
2. Funciones básicas
La razón de ser del puesto de trabajo es incorporar la orientación estratégica general de la organitzación en los servicios que le sean asignados y responsabilizarse, asignar tareas, hacer el seguimiento y evaluar les actividades de las personas a su cargo.
Tiene funciones diferenciadoras de más alto valor añadido como gestionar los empleados públicos a su cargo para transmitir las prioridades y orientar las formas de trabajo y protocolos establecidos. Realiza tareas de asesoramiento y emite informes.
Tipo de jornada:Continuada
Trabajo nocturno:No
Turnos:No
Régimen de dedicación: Disponibilidad
Otros elementos de consideración: 1) Puede formar parte si se le convoca a la Comisión Técnica Asesora de Urbanismo, Ordenación del Territorio, Patrimonio Histórico y Actividades (CTA). 2) Hace de instructor/inspector. 3)Asistencia sesiones fuera de la isla. 4) Ocasionalmente, atiende al público.
3. Requisitos
a) Ser funcionario de carrera del Consell de formentera o de cualquier otra administración pública, ya que el puesto está abierto al personal de otras administraciones.
b) Estar en servicio activo o en cualquier otra situación administrativa que, de acuerdo con la normativa vigente, posibilite participar en esta convocatoria.
c) Pertenecer al grupo de titulación A1 o A2
d) Acreditar documentalmente el requisito de estar en posesión del certificado de nivel de suficiencia de catalán, C1, o superar una prueba interna que acredite este nivel.
4. Solicitud y documentación
La solicitud para participar en les pruebas de selección se tendrá que dirigir al Presidente del Consell Insular de Formentera, y se presentará en el Registro General de esta Corporación, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP) dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOIB. Les solicitudes que se presenten fuera del plazo anteriormente establecido, serán excluidas y se archivarán.
El modelo normalizado de solicitudes, que será el modelo oficial de instancia, se encontrará a disposición de las persones interesadas, en el Registro General de Entrada de este Consell Insular, y en la página web www.consellinsulardeformentera.cat, a partir de la apertura del plazo para su presentación.
Los aspirantes han de adjuntar la solicitud correctamente rellenada y tendrán que presentar un curriculum vitae donde conste de manera expresa experiencias anteriores vinculadas al contenido del puesto de trabajo. También es necesario que presenten un escrito de máximo 2 caras de folio, escrito en letra arial, cuerpo 12, espacio interlineal 1,5, exponiendo las motivaciones y los argumentos de conveniencia para el puesto de trabajo.
5. Resolución de la convocatoria
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consell Insular de Formentera, previa valoración de los méritos alegados en las solicitudes, dictará resolución en el plazo máximo de un mes, en la cual se declarará el aspirante que opta al puesto de trabajo de coordinador de infraestructuras. Esta resolución se expondrá en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera, y en la web de la Corporación, www.consellinsulardeformentera.cat.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la resolución indicada, para formular les reclamaciones que crean oportunas o dirigidas a corregir los defectos que se hayan podido producir en las solicitudes. Se les advierte que, en caso de no corregir dentro de este plazo los defectos a ellos imputables que hayan motivado su exclusión, se considerará que desisten de su petición.
Las reclamaciones que se presenten, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del Presidente del Consell Insular de Formentera en el plazo máximo de un mes, la cual se publicará por los mismos medios indicados en el apartado primero. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado resolución, les alegaciones o reclamaciones se entenderán desestimadas.
Una vez finalizado el proceso, la resolución definitiva se expondrá en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera, y en la web de la Corporación, www.consellinsulardeformentera.cat.
Formentera, 3 de julio de 2017
El Presidente
Jaume Ferrer Ribas