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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7273
Resolución del director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera de corrección de errores de la Resolución de 27 de junio de 2017 por la que se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de facultativo especialista de área de Facultativo Especialista en Anestesiología y Reanimación (ASEF 04/17), correspondiente a la gerencia de 60301 Hospital Can Misses - Àrea de Salut d'Eivissa i Formentera

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Texto

Hechos

1. Por medio de la Resolución del director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera de 27 de junio de 2017 se convocó un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de facultativo especialista de área de Facultativo Especialista en Anestesiología y Reanimación (ASEF 04/17), correspondiente a la gerencia de 60301 Hospital Can Misses - Àrea de Salut d'Eivissa i Formentera. (BOIB nº 79/2017, de 29 de junio).

2. Se ha advertido un error en dicha Resolución, concretamente en el apartado 1.1. del punto I. Normas Generales del Anexo I, Bases de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. El Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que “la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición”

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar un error observado en la Resolución del director gerente de 27 de junio de 2017 por la que  se convoca un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de facultativo especialista de área de Facultativo Especialista en Anestesiología y Reanimación (ASEF 04/17), correspondiente a la gerencia de 60301 Hospital Can Misses - Àrea de Salut d'Eivissa i Formentera. (BOIB nº 79, de 29 de junio).

En el párrafo 1.1 del punto I Normes Generales del Anexo I, Bases de la convocatoria:

Donde dice:

1.1. El objeto de esta convocatoria es el concurso por medio del procedimiento especial de méritos para la selección de personal estatutario temporal para cubrir 3 plazas de Facultativo Especialista en Anestesiología y Reanimación correspondiente a la gerencia de 60301 Hospital Can Misses - Àrea de Salut d'Eivissa i Formentera. Las características especiales del puesto/s a cubrir son las siguientes:

Conocimientos de Anestesiología y Reanimación reconstructiva.

Conocimientos de Cirugía Andrológica.

Conocimientos de Cirugía uretral.

Ha de decir:

1.1. El objeto de esta convocatoria es el concurso por medio del procedimiento especial de méritos para la selección de personal estatutario temporal para cubrir 3 plazas de Facultativo Especialista en Anestesiología y Reanimación correspondiente a la gerencia de 60301 Hospital Can Misses - Àrea de Salut d'Eivissa i Formentera. Las características especiales del puesto/s a cubrir son las siguientes:

Conocimientos de Anestesiología y Reanimación reconstructiva.

Conocimientos de anestesia general.

Conocimientos de anestesia pediátrica.

2. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes en diez días hábiles a partir de siguiente a la fecha de  publicación de esta resolución.

Las solicitudes ya presentadas se considerarán válidas salvo que el interesado manifieste por escrito su renuncia o presente nueva solicitud aportando nuevos méritos.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Ibiza, 30 de junio de 2017

El director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera,

Por delegación de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB 148/2015)

Por delegación del director general del Servicio de Salud (BOIB 10/2016)

José Balanzat Muñoz