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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 7158
Extracto de la aprobación por parte del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa de día 23 de junio, de la convocatoria de ayudas para estudiantes de la isla de Eivissa para el curso 2016-2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.: 353428)

De conformidad con lo que establecen los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para estudiantes de la isla de Ibiza para el curso 2016-2017:

Primero. Objeto

1.1. Es objeto de estas bases reguladoras conceder ayudas, para el curso académico 2016-2017, a estudiantes residentes en la isla de Ibiza para compensar parte del coste que supone realizar sus estudios.

1.2. Los estudios objeto de estas ayudas tendrán que ser títulos oficiales cursados en centros de toda España y con validez en todo el Estado español. En concreto, serán objeto de estas ayudas:

a) Los siguientes estudios presenciales cursados fuera de la isla de Eivissa:

  1. Estudios universitarios de grado.
  2. Ciclos formativos de grado medio y de grado superior, siempre que no pueden cursarse en la isla de Eivissa.
  3. Ciclos formativos de grado medio y de grado superior, cuando también se impartan en la isla, en el caso excepcional que la persona solicitante no haya podido obtener plaza, hecho que se tendrá que acreditar documentalmente y de manera fehaciente al Departament d’Educació, Patrimoni, Cultura, Esports i Joventut del Consell Insular d’Eivissa.

b) Los siguientes estudios cursados en la isla de Eivissa:

Estudios universitarios de grado presenciales y no presenciales.

1.3. Los estudios no comprendidos en los puntos 2.2.a i b anteriores no son objeto de estas ayudas.

Segundo. Personas beneficiarias

Estudiantes residentes en la isla de Eivissa que cumplan los requisitos establecidos en las bases.

Tercera. Modalidades

Estas ayudas se dividen en dos modalidades:

  1. MODALIDAD A: Ayudas a estudiantes que cursan sus estudios fuera de la isla de Eivissa

  2. MODALIDAD B: Ayudas a estudiantes que cursan sus estudios en la isla de Eivissa

Cuarta. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del Consell Insular de Eivissa y se presentarán en el Registro General del Consell Insular de Eivissa (avenida de España, 49, tel. 971 195900) o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Quinta. Crédito presupuestario y cuantía de las ayudas

5.1. La cuantía total de las ayudas para estudiantes de la isla de Ibiza para el curso 2016-2017 será de 550.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 3230 48100 de los presupuestos del ejercicio 2017, distribuidos de la siguiente manera entre las dos modalidades:

a) MODALIDAD A: Ayudas a estudiantes que cursen sus estudios fuera de la isla de Eivissa: 500.000 €

La cuantía individual máxima de esta ayuda será de 1.800 €.

b) MODALIDAD B: Ayudas a estudiantes que cursen sus estudios en la isla de Eivissa: 50.000 €

La cuantía individual máxima de esta ayuda será de 450 €.

En el caso que se haya de prorratear alguna modalidad, se aplicará la siguiente fórmula:

A = Q / S

En que A será la cuantía individual de la ayuda concedida, Q es la cantidad total de la modalidad que se prorratea (500.000 € para estudios cursados fuera de la isla de Ibiza y 50.000 € para estudios cursados a la isla de Ibiza, si no se ha efectuado ninguna transferencia previa del importe de una modalidad a la otra) y S es el total de solicitudes con derecho a ayuda.

Sexta. Plazo para la presentación de solicitudes

Se establece un plazo de presentación de las solicitudes de veinte días que se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria de ayudas para estudiantes de la isla de Ibiza para el curso 2016-2017 en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).

 

Eivissa, 30 de junio de 2017

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
Maria Catalina Tur Torres