Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 7047
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y culturales del Consell
El Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 19 de abril de 2017, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y culturales del Consell.
El expediente se sometió a información pública, mediante la inserción del anuncio correspondiente en el BOIB núm. 53 de 4 de mayo de 2017, durante el plazo de treinta días, para que todas las personas que estuvieran interesadas pudieran examinar y formular las reclamaciones y las sugerencias pertinentes.
Durante este plazo no se presentó ninguna alegación, por lo que, de conformidad con lo que aprobó el Pleno, el acuerdo se convirtió en definitivo.
Y se ordenó que se publicase íntegramente el texto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que se incorpora como anexo.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de publicar este acuerdo. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Palma, 20 de junio de 2017
Por delegación del Presidente,
el Secretario general
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni M. Mas Rigo
Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y culturales del Consell.
Artículo 1
De acuerdo con lo previsto en los artículos 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Consell de Mallorca establece que el precio público para la prestación de servicios y la realización de actividades -establecidas en las tarifas contenidas en el artículo tercero- en las instalaciones deportivas y culturales del Consell, que se rige por la presente ordenanza.
Artículo 2
1. Hecho imponible
El hecho imponible del precio público es la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y culturales del Consejo Insular de Mallorca.
2. Sujeto pasivo
El sujeto pasivo son las personas que se beneficien de los servicios o actividades realizadas o prestadas por el Consell Insular de Mallorca a que se refiere el apartado anterior.
3. Devengo y pago
El precio público se devenga en el momento en que se solicita la utilización de la instalación o en el de la inscripción a las actividades.
El pago del precio público se debe realizar mediante ingreso, transferencia bancaria o mediante tarjeta de crédito, de acuerdo con los documentos de ingreso facilitados por el Consell Insular de Mallorca, salvo que se trate de la utilización de una calle de la piscina para baño libre, que se podrá abonar en efectivo en las dependencias del Polideportivo San Fernando.
El pago se debe hacer antes de utilizar la instalación o en el momento de la inscripción a las actividades.
4. Pago de forma mensual a mes vencido
El pago del precio público para la utilización de instalaciones del polideportivo por centros de enseñanza de primaria o secundaria para la realización de clases de educación física de manera regular correspondientes a la enseñanza formal, se realizará de forma mensual a mes vencido.
Asimismo, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que utilicen las instalaciones del Polideportivo de manera regular abonarán el precio público de forma mensual a mes vencido.
Se entiende por personas usuarias regulares las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tienen reservada una instalación determinada del Polideportivo de forma continuada, en horarios y días fijos, durante un periodo mínimo de al menos dos meses.
5. Devolución de ingresos indebidos
Se producirá la devolución de ingresos efectuados por las personas usuarias de las instalaciones y/o servicios del Polideportivo San Fernando si, una vez abonado el precio público correspondiente, las personas interesadas no pudiesen disfrutar del uso de las instalaciones o del servicio por el que se ha abonado el precio público.
Asimismo se tramitará la devolución de ingresos efectuados por las personas usuarias cuando por error abonan por duplicado un pago o bien cuando se hace por error un pago superior al precio a abonar.
El expediente de devolución de ingresos se iniciará de oficio o a instancia de los interesados debiendo contener al menos la documentación que acredite los siguientes aspectos:
• Documentación acreditativa del pago o pagos.
• Identificación de la persona interesada.
• Informe del departamento.
Artículo 3
1. Tarifas para el alquiler de espacios del Polideportivo San Fernando
1.1 Pista de baloncesto:
1.1.1. Sin luz: 8,00 € / hora
1.1.2. Con luz: 10,00 € / hora
1.2. Pista polideportiva:
1.2.1. Sin luz: 20,00 € / hora
1.2.2. Con luz: 22,00 € / hora
1.3 Pista de fútbol sala / patinaje:
1.3.1. Sin luz: 22,00 € / hora
1.3.2. Con luz: 24,00 € / hora
1.4 Campo de fútbol 11:
1.4.1. Sin luz: 36,00 € / hora
1.4.2. Con luz: 66,00 € / hora
1.5 Campo de fútbol 7:
1.5.1. Sin luz: 18,00 € / hora
1.5.2. Con luz: 33,00 € / hora
1.6 Pista de tenis:
1.6.1. Sin luz: 7,00 € / hora
1.6.2. Con luz: 9,00 € / hora
1.7 Pabellón
1.7.1 Todo el pabellón
1.7.1.1. Sin luz: 40,00 € / hora
1.7.1.2. Con luz: 50,00 € / hora
1.7.2 Medio pabellón (un módulo):
1.7.2.1. Sin luz: 20,00 € / hora
1.7.2.2. Con luz: 30,00 € / hora
1.8 Piscina
1.8.1 Utilización de una calle de la piscina para baño libre:
1.8.1.1. 3,00 € / adulto / día
1.8.1.2. 2,00 € / niño / día
1.8.2 Utilización de una calle de la piscina con exclusividad: 15,00 € / hora
1.8.3 Utilización de toda la piscina (toda lámina de agua): 100,00 € / hora
1.9 Sala de reuniones
1.9.1. Para entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro: 12,00 € / hora. Este precio será de 6,00 € / hora si hacen uso de las instalaciones deportivas de manera periódica.
1.9.2. Para entidades públicas y privadas con ánimo de lucro: 24,00 € / hora. Este precio será de 12,00 € / hora si hacen uso de las instalaciones deportivas de manera periódica.
2. El alumnado de las Escuelas Deportivas de invierno abonarán los precios públicos que se detallan a continuación por el alquiler de pistas de la misma modalidad deportiva de la Escuela en la que participan:
2.1 Pista de baloncesto:
2.1.1. Sin luz: 4,00 € / hora
2.1.2. Con luz: 5,00 € / hora
2.2 Pista polideportiva:
2.2.2. Sin luz: 10,00 € / hora
2.2.3. Con luz: 11,00 € / hora
2.3 Pista de fútbol sala / patinaje:
2.3.1. Sin luz: 11,00 € / hora
2.3.2. Con luz: 12,00 € / hora
2.4 Campo de fútbol 11:
2.4.1. Sin luz: 18,00 € / hora
2.4.2. Con luz: 33,00 € / hora
2.5 Campo de fútbol 7:
2.5.1. Sin luz: 9,00 € / hora
2.5.2. Con luz: 16,50 € / hora
2.6 Pista de tenis:
2.6.1. Sin luz: 3,50 € / hora
2.6.2. Con luz: 4,50 € / hora
2.7 Pabellón
2.7.1 Todo el pabellón:
2.7.1.1. Sin luz: 20,00 € / hora
2.7.1.2. Con luz: 25,00 € / hora
2.7.2 Medio pabellón (un módulo):
2.7.2.1. Sin luz: 10,00 € / hora
2.7.2.2. Con luz: 15,00 € / hora
2.8 Piscina
2.8.1 Utilización de una calle de la piscina:
2.8.1.1. 1,50 € / persona adulto / día
2.8.1.2. 1,00 € / niño o niña hasta los 16 años / día
2.8.2 Utilización de una calle de la piscina en exclusividad: 7,50 € / hora
2.8.3 Utilización de toda la piscina (toda lámina de agua): 50,00 € / hora
3. Las federaciones deportivas de las Islas Baleares, las asociaciones sin ánimo de lucro, los clubes deportivos inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas del Govern de les Illes Balears, los centros de educación especial así como los centros de enseñanza públicos, privados y concertados de primaria o secundaria para la realización de actividades fuera del horario escolar abonarán los precios públicos, que se detallan a continuación para el alquiler de los espacios deportivos:
3.1 Pista de baloncesto:
3.1.1. Sin luz: 2,40 € / hora
3.1.2. Con luz: 3,00 € / hora
3.2 Pista polideportiva:
3.2.1. Sin luz: 6,00 € / hora
3.2.2. Con luz: 6,60 € / hora
3.3 Pista de fútbol sala / patinaje:
3.3.1. Sin luz: 6,60 € / hora
3.3.2. Con luz: 7,20 € / hora
3.4 Campo de fútbol 11:
3.4.1. Sin luz: 10,80 € / hora
3.4.2. Con luz: 19,80 € / hora
3.5 Campo de fútbol 7:
3.5.1. Sin luz: 5,40 € / hora
3.5.2. Con luz: 9,90 € / hora
3.6 Pista de tenis:
3.6.1. Sin luz: 2,10 € / hora
3.6.2. Con luz: 2,70 € / hora
3.7 Pabellón
3.7.1 Todo el pabellón
3.7.1.1. Sin luz: 12,00 € / hora
3.7.1.2. Con luz: 15,00 € / hora
3.7.2 Medio pabellón (un módulo):
3.7.2.1. Sin luz: 6,00 € / hora
3.7.2.2. Con luz: 9,00 € / hora
3.8 Piscina
3.8.1 Utilización de una calle de la piscina:
3.8.1.1. 0,90 € / adulto / día
3.8.1.2. 0,60 € / niño o niña hasta los 16 años / día
3.8.2 Utilización de una calle de la piscina en exclusividad: 4,50 € / hora
3.8.3 Utilización de toda la piscina (toda lámina de agua): 30,00 € / hora
4. Se aplicarán los precios públicos que se detallan a continuación a las actividades o competiciones deportivas oficiales organizadas por federaciones deportivas, el Govern de les Illes Balears, entidades públicas de Mallorca y las actividades organizadas por entidades con finalidad de integración social, sanitaria, humanitaria y benéfica.
4.1 Pista de baloncesto:
4.1.1. Sin luz: 1,00 € / hora
4.1.2. Con luz: 3,00 € / hora
4.2 Pista polideportiva:
4.2.1. Sin luz: 1,00 € / hora
4.2.2. Con luz: 6,60 € / hora
4.3 Pista de fútbol sala / patinaje:
4.3.1. Sin luz: 2,00 € / hora
4.3.2. Con luz: 7,20 € / hora
4.4 Campo de fútbol 11:
4.4.1. Sin luz: 6,00 € / hora
4.4.2. Con luz: 19,80 € / hora
4.5 Campo de fútbol 7:
4.5.1. Sin luz: 3,00 € / hora
4.5.2. Con luz: 9,90 € / hora
4.6 Pista de tenis:
4.6.1. Sin luz: 1,00 € / hora
4.6.2. Con luz: 2,70 € / hora
4.7 Pabellón
4.7.1 Todo el pabellón
4.7.1.1. Sin luz: 5,00 € / hora
4.7.1.2. Con luz: 15,00 € / hora
4.7.2 Medio pabellón (un módulo):
4.7.2.1. Sin luz: 2,50 € / hora
4.7.2.2. Con luz: 9,00 € / hora
4.8 Piscina
4.8.1 Utilización de una calle de la piscina:
4.8.1.1. 0,50 € / adulto / día
4.8.1.2. 0,25 € / niño o niña hasta los 16 años / día
4.8.2 Utilización de una calle de la piscina en exclusividad: 2,00 € / hora
4.8.3 Utilización de toda la piscina (toda lámina de agua): 15,00 € / hora
5. Actividades deportivas organizadas por el Consell de Mallorca
5.1 Natación
5.1.1. Natación adulto (tres días / semana) (a partir de 16 años): 38,00 € / mes
5.1.2. Natación adulto (dos días / semana) (a partir de 16 años) 28,00 € / mes.
5.1.3. Natación infantil (tres días / semana) (de 3 a 16 años): 38,00 € / mes.
5.1.4. Natación infantil (dos días / semana) (de 3 a 16 años): 28,00 € / mes
5.1.5. Natación bebés (tres días / semana) (hasta 3 años): 42,00 € / mes
5.1.6. Natación bebés (dos días / semana) (hasta 3 años): 40,00 € / mes
5.2 Acondicionamiento físico para adulto (mayores de 16 años) dos días / semana: 20,00 € / mes
5.3 Escuelas deportivas de invierno:
5.3.1. Un día / semana: 15,00 € / mes
5.3.2. Dos días / semana: 20,00 € / mes
5.3.3. Tres días / semana: 25,00 € / mes
5.4 Estancias deportivas de verano
5.4.1. Opción A (sin comedor): 54,00 € / semana
5.4.2. Opción B (con comedor): 93,00 € / semana
6. Precios públicos para las actividades deportivas organizadas por el Consell de Mallorca para personas con discapacidad, con graves dificultades económicas, familias numerosas y monoparentales
6.1 Familias monoparentales
Se entiende por familia monoparental la constituida por un solo progenitor con el que conviven los hijos nacidos o adoptados, que constituyen su único sustento. Este aspecto se acreditará por el interesado en el momento de abonar el correspondiente precio público.
Aplicarán los precios públicos relacionados a este punto 6.1 al progenitor y los hijos e hijas menores de 18 años.
6.2 Familias numerosas
Sólo se aplicarán estos precios a los progenitores y los hijos e hijas menores de 18 años.
Este extremo acreditará por el interesado aportando el carné de familia numerosa en el momento de inscripción en la actividad.
6.3 Personas con discapacidad
La acreditación de la discapacidad se realizará mediante la presentación de un certificado o carné emitido por el órgano competente en el momento de inscripción en la actividad.
6.4 Personas con graves dificultades económicas
Se consideran personas con graves dificultades económicas las que forman parte de una unidad familiar en la que la suma de los ingresos de todos sus miembros, dividido por el número de miembros, es igual o inferior al importe del IPREM fijado para el año de que se trate.
Este extremo se acreditará por el interesado aportando la documentación relativa a la última declaración de IRPF de la que se disponga en el momento de inscripción en la actividad.
6.5. Natación
6.5.1. Natación adulto (tres días / semana) (a partir de 16 años): 19,00 € / mes
6.5.2. Natación adulto (dos días / semana) (a partir de 16 años) 14,00 € / mes
6.5.3. Natación infantil (tres días / semana) (de 3 a 16 años): 19,00 € / mes
6.5.4. Natación infantil (dos días / semana) (de 3 a 16 años): 14,00 € / mes
6.5.5. Natación bebés (tres días / semana) (hasta 3 años): 21,00 € / mes
6.5.6. Natación bebés (dos días / semana) (hasta 3 años): 20,00 € / mes
6.6 Acondicionamiento físico para adulto (mayores de 16 años) dos días / semana: 10,00 € / mes
6.7 Escuelas deportivas de invierno:
6.7.1. Un día / semana: 7,50 € / mes
6.7.2. Dos días / semana: 10,00 € / mes
6.7.3. Tres días / semana: 12,50 € / mes
6.8 Estancias deportivas de verano
6.8.1. Opción A (sin comedor): 27,00 € / semana
6.8.2. Opción B (con comedor): 46,50 € / semana
7. Utilización de instalaciones del polideportivo por centros de enseñanza públicos, privados y concertados de primaria o secundaria para la realización de clases de educación física de manera periódica correspondientes a la enseñanza formal
Precio público: 0,50 euros / alumno / hora
8. En caso de que, de acuerdo con lo establecido en esta ordenanza se puedan derivar varios precios públicos, se aplicará el que sea más beneficioso para la persona usuaria.
Disposición final
Esta Ordenanza entrará en vigor a los quince días hábiles después de publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares