Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 7040
Resolución del Director General del Servicio de Salud de por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, un puesto de jefe/jefa de grupo del personal administrativo de Admisión y Documentación Clínica, de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB 22 de enero), y de acuerdo con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (publicada en el BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio), dicto la siguiente
Resolución
Acordar la convocatoria pública de un puesto de jefe/jefa de grupo del personal administrativo de Admisión y Documentación Clínica, de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila, de acuerdo con las especificaciones siguientes:
1. Requisitos:
Tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 o C2 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del sistema nacional de salud, y tener el correspondiente nivel de conocimientos de la lengua catalana legalmente establecido. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria.
2. Méritos -que se valorarán a la fecha de publicación de la convocatoria-:
a. Servicios prestados (máximo 60 puntos):
Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1 0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C2 0,16 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
b. Puestos de trabajo relacionados con el puesto al que se opta (máximo 60 puntos):
Puestos de jefatura (máximo 40 puntos):
Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 19 0,20 puntos por cada mes completo.
Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 19 0,15 puntos por cada mes completo.
Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 19 0,10 puntos por cada mes completo.
Otra experiencia profesional relacionada con el puesto al que se opta, según lo que se establezca en la convocatoria (máximo 20 puntos)………………………….. 0,10 puntos por cada mes completo.
A los efectos del punto anterior, se considera otra experiencia profesional relacionada con el puesto, la realizada en las unidades de Admisiones en hospitales y atención primaria.
* Cualquier otra área que la Comisión de Selección considere relacionada con las funciones del puesto.
c. Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo 30 puntos):
Por cada crédito o por cada diez horas, como docente o discente, en cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, que estén relacionados directamente con el contenido del puesto al que se opta .…….….……………..….……0,10 puntos
A los efectos del punto anterior, se consideran relacionadas las áreas temáticas siguientes:
* Calidad
* Prevención riesgos laborales
* Gestión del personal
* Atención a los usuarios
* Facturación
* Cualquier otra área que la Comisión de Selección considere relacionada con las funciones del puesto.
Para la valoración de los cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, se requiere lo siguiente:
* Organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que ha de constar en el correspondiente certificado.
En el caso de que la actividad haya estado organizada por una entidad de derecho público conforme al artículo 2.2.a) de la Ley 39/2015, el interesado ha de acreditar esta condición.
* Organizados por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro e impartidos en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan estado acreditados y/o subvencionados por aquellas, lo que ha de constar en el correspondiente certificado.
* Realizados en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito estos acuerdos.
Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) correspondiente al nivel B2 de catalán …………………..………3 puntos
Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) correspondiente al nivel C1 de catalán ………………………..…4 puntos
Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) correspondiente al nivel C2 de catalán ……………..…..………5 puntos
(Sólo se valorará el título, diploma o el certificado oficial de conocimientos de catalán que corresponda al mayor nivel que posea el concursante y siempre que no sea un requisito de la correspondiente categoría estatutaria)
Por tener el certificado de nivel E (lenguaje administrativo) de catalán, de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) …………………1 punto
(Se acumula a cualquier otro nivel que se tenga)
3. Características del puesto convocado:
La persona que obtenga el puesto tendrá la dependencia -orgánica y funcional- y desempeñará las funciones propias de un jefe de grupo del personal administrativo de Admisión y Documentación Clínica de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila, entre ellas las siguientes:
Gestión administrativa de las unidades del Servicio de Admisión y Documentación Clínica.
Gestión organizativa del personal administrativo de Laboratorio y Anatomía Patológica
Determinar necesidades de formación de los profesionales a su cargo y proponer acciones formativas
Realización de otras tareas encomendadas por la Dirección del Hospital.
4. Las personas aspirantes deben adjuntar la documentación original o una copia compulsada que justifique los requisitos y los méritos alegados.
5. La solicitud para participar en el proceso selectivo, dirigida al órgano convocante, debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Debe formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6. Comisión de Selección:
Presidenta: Antonia Teresa Castell Massot, Jefa del Negociado de Oposiciones y Concursos Ibsalut (designado por el director general del Servicio de Salud)
Vocales:
Patricia Socias López, Auxiliar Administrativa (designado por el director general del Servicio de Salud)
Ana Trenado Andreu, Médico de Admisión y Documentación (Hospital Mateu Orfila)
Noemi Borrás Andreu, Directora de Gestión y Servicios Generales. (Hospital Mateu Orfila)
Secretario: Antonio Ligero García, Jefe de Servicio de Recursos Humanos (Hospital Mateu Orfila)
Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se nombrará un nuevo integrante.
Interposición de recursos
Contra esta resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. No se podrá interponer un recurso contencioso mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 7 de junio de 2017
La Consejera de Salud
PD El director general del Servicio de Salud de les Illes Balears (BOIB 10/2016)
Julio Miguel Fuster Culebras