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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7037
Bases de la convocatoria para cubrir 1 puesto de jefe de publicidad y marketing en el Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares con carácter temporal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Primera. Objeto de la convocatoria 

El objeto de esta convocatoria es seleccionar a una persona para cubrir una plaza de jefe de Publicidad y Marketing para el Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (en adelante EPRTVIB) con carácter temporal, por interinidad, para sustituir a un/a trabajador/a con reserva del puesto de trabajo. La persona seleccionada se ocupará de la negociación y gestión de los contratos publicitarios con centrales de medios, agencias y anunciantes directos, del diseño y creación de diferentes productos y formatos comerciales, como también de la elaboración y lanzamiento al mercado de ofertas y propuestas comerciales. Igualmente, supervisará la gestión y el control de las emisiones publicitarias y las contrataciones a coste/grp y el marketing comercial del EPRTVIB.

Jornada laboral: completa

Retribución anual bruta: según RPT vigente.

El procedimiento de selección se efectuará mediante una valoración de méritos y una entrevista personal.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria los/las aspirantes tienen que reunir, en el plazo de inscripción, los siguientes requisitos: 

1. Tener la nacionalidad española u otra nacionalidad en los casos que, de acuerdo con el artículo 57 de Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, permitan el acceso a la ocupación pública como personal laboral.

2. Haber cumplido los dieciocho años y no superar la edad de jubilación ordinaria establecida legalmente.

3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni inhabilitado de manera absoluta o especial para ocupaciones en el sector público.

4. No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes.

5. Tener un título universitario de grado, licenciatura, diplomatura o equivalentes (en el caso de titulaciones obtenidas al extranjero, se deberá aportar la correspondiente homologación) y cinco años de experiencia en las funciones del puesto.

6. Tener el certificado de conocimientos de lengua catalana, reconocido como equivalente u homologado por la Dirección general de Política Lingüística o la Escuela Balear de la Administración Pública, correspondiendo al nivel B2. 

7. No incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad establecidas por la legislación vigente.

Tercera. Comisión de Selección

1. La Comisión de Selección tiene que estar formada por un presidente, un secretario y tres vocales.

2. La Comisión no puede actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros. En cualquier caso, tiene que estar presente el presidente o el secretario. 

3. La Comisión de Selección puede estar asistida por tantos asesores externos como se considere necesario para una mejor evaluación. 

4. La Comisión de Selección queda autorizada a resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo que estas Bases no prevean.

5. La Comisión de Selección podrá dirigirse a los aspirantes a través de las cuentas de correo electrónico facilitadas en la solicitud para resolver sus alegaciones, reclamaciones o peticiones, y el aspirante será el responsable de que los datos facilitados sean correctos.

 

Cuarta. Presentación de solicitudes

Para formar parte de esta convocatoria, la persona solicitante tiene que presentar la siguiente documentación:

1. Solicitud de admisión.

La solicitud se tiene que formalizar según el modelo que figura en el anexo I de estas bases, que estará disponible en el departamento de Recursos Humanos y en la página web del Ente.

La solicitud tiene que presentarse en la sede del EPRTVIB, calle Madalena nº 21 de Santa Ponça (Calvià), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de estas Bases en el BOIB.

2. Documentación a presentar con la solicitud (se aportará original y copia para compulsar o fotocopia compulsada de la documentación a presentar): 

a) Currículum actualizado.

b) DNI, NIE o pasaporte , en vigor.

c) Titulación exigida en la base segunda, punto 5, así como los méritos a que se refiere la base quinta de la convocatoria

d) Para acreditar la experiencia en las funciones del puesto exigidas en la base segunda, punto 5, así como los méritos a que se refiere la base quinta de la convocatoria, se aportará: un índice-resumen de la experiencia acreditada con el cómputo temporal total en cada empresa y junto con este documento, certificado de la vida laboral, los contratos y las prórrogas de contratos y, si no se pudieran aportar los contratos, se aportará certificado de empresa firmado y sellado de prestación de servicios con indicación de las funciones y cualquier documento que acredite fehacientemente la experiencia y la duración en el puesto de trabajo.

e) Certificado de conocimientos de lengua catalana, exigido en la base segunda, punto 6.

f) Declaración jurada de no incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad establecidas por la legislación vigente.

g) Cualquier otra documentación que el/la candidato/a considere relevante para la adecuada valoración de su candidatura.

Los documentos antes mencionados serán imprescindibles para participar en la convocatoria, y no serán objeto de valoración aquellos méritos alegados que no se detallen en la solicitud y no se acrediten documentalmente.

3. No se admitirán aquellas solicitudes que no estén selladas por el departamento de RRHH o que no cumplan los requisitos, o que cumpliéndolos no llegaran dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hagan constar en su solicitud, y serán responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

5. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran observarse en la solicitud, se podrán subsanar en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

6. Cuando se a aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios cursados, estas circunstancias tendrán que acreditarse documentalmente. En caso contrario no se tendrán en cuenta.

7. No serán objeto de valoración aquellos méritos que no se detallen y acrediten debidamente.

8. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y comprobada la documentación, la Comisión de selección dictará una resolución que aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Los aspirantes dispondrán de 3 días hábiles para hacer reclamaciones o alegaciones ante la Comisión de selección, de no presentarse ninguna alegación en el plazo indicado, se archivará la solicitud sin más trámite y no se analizará el resto de documentación. Las reclamaciones que se presenten se resolverán mediante la resolución que apruebe la lista definitiva. En la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se fijará la fecha y hora de las entrevistas personales con una antelación mínima de 3 días hábiles. Las personas que no se presenten a la entrevista personal quedarán excluidas del proceso.

9. Las listas provisionales y definitivas se publicarán en la página web del EPRTVIB (apartado Corporativo - Tablón de anuncios). Con la publicación de las mencionadas resoluciones en la página web del Ente, se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados. 

10. Para asegurar la confidencialidad de los aspirantes, en el momento de formalizar la solicitud se les entregará un código que será el que se utilizará durante el proceso para la publicación de las listas.

 

Quinta. Proceso de selección

Las Bases de la convocatoria se publicarán en la página web del Ente (apartado Corporativo - Tablón de anuncios) y en el BOIB.

La selección de los aspirantes se efectúa mediante:

A. Valoración de méritos: 

1. Experiencia profesional (máximo 50 puntos):

Por haber trabajado en tareas relacionadas con el puesto de trabajo que se convoca     (por tiempo superior a los 5 años de experiencia en las funciones del puesto, exigidas en la base segunda de esta convocatoria), se otorgará 1 punto por cada mes acreditado, hasta un máximo de 50 puntos. 

2. Otras titulaciones (sólo se valorarán las titulaciones distintas de las que se han aportado como requisito de titulación de la base Segunda, punto 5): máximo 40 puntos.

Se valorarán los cursos de formación relacionados con las siguientes materias:

- Gestión o dirección comercial: máximo 10 puntos

- Publicidad y sector audiovisual: máximo 10 puntos

- Normativa publicitaria: máximo 10 puntos

- Marketing y sector audiovisual: máximo 10 puntos

La valoración se hará de acuerdo con la siguiente distribución: cada 10 horas, 1 punto, y proporcionalmente si el curso tiene una duración inferior/superior a 10 horas; si algún certificado o diploma no especifica las horas de duración se computará con un máximo de 2 horas.

B. Entrevista personal (máximo 10 puntos):

Esta entrevista estará relacionada con los aspectos, contenidos y funciones del puesto de trabajo que se convoca. Los/las candidatos/as serán convocados a través de la web de IB3 y a través de la dirección de correo electrónico facilitada con un mínimo de 3 días hábiles de antelación. Las personas que no se presenten el día y hora que se señale para la entrevista quedarán excluidas automáticamente del proceso.

Sexta. Calificación final del proceso de selección

La calificación final vendrá determinada por la suma de los resultados obtenidos en el baremo de méritos y en la entrevista.

La puntuación ordenada de mayor a menor, determinará el número de orden obtenido por los aspirantes en el proceso de selección.

El número de candidatos propuestos para ocupar las plazas no podrá ser superior al número de plazas convocadas.

En caso de empate en las puntuaciones finales entre candidatos y con objeto de cumplir con lo descrito en el punto anterior, será seleccionada la persona aspirante que haya conseguido mayor puntuación en la entrevista.

El tribunal podrá declarar desierto el proceso si ninguna de las personas aspirantes obtuviera una puntuación global igual o superior a 50 puntos.

Séptima. Propuesta de la Comisión de Selección

Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección tiene que publicar el nombre de la persona seleccionada por haber obtenido mayor puntuación, de acuerdo con el contenido de estas bases en la página web del Ente. 

Los candidatos disponen de 3 días hábiles para presentar a alegaciones.

Posteriormente, la Comisión elevará a la Dirección general del EPRTVIB la propuesta de contratación a favor de la persona seleccionada. Cuando la Dirección general haya aprobado la propuesta de la Comisión, se formalizará la contratación.

Ante la renuncia del candidato seleccionado (bien de forma expresa mediante la oportuna comunicación, bien de forma tácita por no presentarse a la formalización del contrato en la fecha acordada, o si por cualquier circunstancia no puede incorporarse en la fecha prevista), el mismo será dado de baja, sin conservar derechos de ninguna clase. La consecuencia de la renuncia habilita a nombrar al siguiente candidato de la lista según el orden de puntuación o dejar desierto el proceso si no existiera ningún candidato que lo hubiera superado.

Octava. Protección de datos

De conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, se informa a las persones candidatas que se presenten a este proceso selectivo que los datos que faciliten serán utilizados exclusivamente para este propósito en el EPRTVIB. Estos datos no podrán ser cedidos a terceros y serán protegidos para garantizar la intimidad. 

De este modo, se entiende que las persones candidatas, en el momento en que soliciten estar incluidos en este proceso selectivo, prestan su consentimiento expreso para esta finalidad.

Novena. Régimen de recursos

El orden jurisdiccional social es el competente para resolver los controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer recurso en vía administrativa ni reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.

   

Santa Ponça,  26 de junio de 2017

Director general del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares
Andreu Manresa i Monserrat

 

ANEXO I
SOLICITUD DE ADMISIÓN 

CÓDIGO

FECHA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD

PRIMER APELLIDO                                                                        

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

TELÉFONO DE CONTACTO 

CORREO ELECTRÓNICO                                           

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATÓRIA DE:

UN JEFE DE PUBLICIDAD Y MARKETING

FIRMADO

Resguardo para el interesado                                                    

CÓDIGO

FECHA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD

RESGUARDO DE SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATÓRIA DE UN JEFE DE PUBLICITAT Y MARKETING PARA EL ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ISLAS BALEARES