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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 6976
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 21 de junio de 2017 por el cual se aprueba la convocatoria plurianual de subvenciones 2017-2018 del fondo de actividades del Catálogo de actividades culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM) para entidades de administración local o de los organismos públicos de ellas dependientes (CAEM y Cultura en Red)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 351458

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Normativa

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos dependientes publicada en el BOIB nº. 21 de 18 de febrero de 2017.

Segundo. Dotación presupuestaria

Durante el ejercicio presupuestario de 2017 y 2018 se destina la cantidad de 350.000,00 € y 350.000,00 €, respectivamente, con cargo a la partida 20.33430.46201, para atender a las subvenciones de esta convocatoria plurianual, distribuidos entre las diferentes líneas de ayuda, de la siguiente manera:

Línea I:  Actividades del Catálogo de actividades culturales del Consejo de Mallorca referidas en las secciones culturales de teatro y danza:

2017: 175.000,00 €

2018: 175.000,00 €

Línea II: Actividades del Catálogo de actividades culturales del Consejo de Mallorca, referidas en las secciones culturales de música, arte de calle,  cine, exposiciones, rutas culturales, ciclos de conferencias, actividades para fomentar la integración lingüística y actividades para fomentar la lectura:

2017: 175.000,00 €

2018: 175.000,00 €

Tercero. Finalidad, objeto y condiciones

Finalidad: El Consejo de Mallorca, a través del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, en el ejercicio de sus competencias pretende, por una parte, impulsar una política cultural propia y, de otra, en este caso en particular, dar apoyo a las entidades de administración local o a los organismos públicos de ellas dependientes, a efectos de incentivar y estimular la política cultural de estas entidades y facilitar la programación de actividades culturales.

Objeto: llevar a cabo actividades culturales incluidas en las secciones culturales del Catálogo de actividades culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM), destinadas a la colectividad o al público en general.

Condiciones:

Temporalización de la convocatoria: entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018 (ambos incluidos).

Cuarto. Importe de las subvenciones

Los importes de las ayudas tienen la consideración de importe cierto, excepto en el caso de la línea I, en relación en las actividades culturales, secciones culturales de teatro y danza y que se lleven a cabo en teatros o auditorios, el Consejo de Mallorca sólo subvencionará el 90% del precio o sello de estas.

En todo caso, la determinación del importe de la subvención tiene que respetar los criterios y límites siguientes:

·  El importe de la subvención no puede rebasar, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos u otros recursos, obtenidos para llevar a cabo la misma actividad, cultural, el presupuesto de ejecución de las actividades subvencionadas.

I) Actividades del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca (CACIM). Secciones culturales de teatro y danza. 

TRAMO

POBLACIÓN

IMPORTE

A

Municipios hasta 3.000 habitantes

4.000,00 €

B

Municipios entre 3.001 a 6.000 habitantes

6.000,00 €

C

Municipios entre 6.001 a 10.000 habitantes

7.500,00 €

D

Municipios entre 10.001 a 20.000 habitantes

10.000,00 €

E

Municipios entre 20.001 a 60.000 habitantes

11.000,00 €

A efectos del otorgamiento de la subvención, los tramos establecidos se corresponden con los que vienen determinados en el Plan de obras y Servicios del Reglamento de Cooperación Municipal. Por otra parte, el número de habitantes del municipio, es lo que publica el Instituto Nacional de Estadística relativo al año 2016.

La participación en esta línea de ayuda comporta la aceptación por parte de la entidad beneficiaria del importe de la subvención en el momento de la solicitud.

El gasto subvencionable para esta línea de ayuda es el precio o caché (IVA incluido) de las actividades culturales de teatro y danza que forman, entre otros, parte del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca.

No obstante el anterior, en relación en las actividades culturales, secciones culturales de teatro y danza y que se lleven a cabo en teatros o auditorios, el Consejo de Mallorca sólo subvencionará el 90% del precio o caché de estas.

Por otra parte, las entidades beneficiarias, y para estas actividades culturales realizadas en teatros y auditorios, están obligadas a cobrar entrada, importe que se tiene que utilizar para hacer frente a la parte del precio o caché no subvencionado y a los gastos derivadas del funcionamiento del espacio escénico en el cual se ha llevado a cabo la representación.

Asimismo, en relación a las mencionadas actividades culturales que se lleven a cabo en otros espacios polivalentes, y en el caso de que las entidades beneficiarias hayan obtenido ingresos por la venta de entradas o tickets, estos importes se tienen que utilizar para hacer frente a los gastos derivados del funcionamiento del espacio cultural en el cual se ha llevado a cabo la actividad.

En todo caso, la entidad beneficiaria no tiene que haber obtenido ningún beneficio por estas actividades, lo cual tiene que ser acreditado mediante certificado de la intervención o de la secretaría-intervención de la entidad de administración local o, en el caso de organismos públicos, de la intervención de que depende.

II) Actividades del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca (CACIM). Secciones culturales de música, arte de calle, cine, exposiciones, rutas culturales, ciclos de conferencias, actividades para fomentar la integración lingüística, actividades para fomentar la lectura

TRAMO

POBLACIÓN

IMPORTE

A

Municipios hasta 3.000 habitantes

4.000,00 €

B

Municipios entre 3.001 a 6.000 habitantes

6.000,00 €

C

Municipios entre 6.001 a 10.000 habitantes

7.500,00 €

D

Municipios entre 10.001 a 20.000 habitantes

10.000,00 €

E

Municipios entre 20.001 a 60.000 habitantes

11.000,00 €

A efectos del otorgamiento de la subvención para esta línea, los tramos establecidos se corresponden con los que vienen determinados en el Plan de obras y Servicios del Reglamento de Cooperación Municipal. Por otra parte, el número de habitantes del municipio, es lo que publica el Instituto Nacional de Estadística relativo al año 2016.

La participación en esta línea de ayuda comporta la aceptación por parte de la entidad beneficiaria del importe de la subvención en el momento de la solicitud.

El gasto subvencionable para esta línea de ayuda es el precio o caché (IVA incluido) de las actividades que forman parte del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca, a excepción de las de teatro y danza.

Por otra parte, y para estas actividades culturales, caso de que las entidades beneficiarias hayan obtenido ingresos por la venta de entradas, tickets o billetes, estos importes se tienen que utilizar para hacer frente a los gastos derivados del funcionamiento del espacio cultural en el cual se ha llevado a cabo la actividad. En todo caso, la entidad beneficiaria no tiene que haber obtenido ningún beneficio, lo cual tiene que ser acreditado mediante certificado de la intervención o de la secretaría-intervención de la entidad de administración local o, en el caso de organismos públicos, de la intervención de que depende.

No son gastos subvencionables, en relación a las diferentes líneas de ayuda y, por lo tanto, no forman parte del presupuesto subvencionable aquellas que se relacionan en el artículo 44 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, así como tampoco:

· Los costes indirectos de gasolina, luz, teléfono, internet.

· Los gastos relativos a comidas, refrigerios, servicios de comidas u otros de parecidos.

Quinto. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios las entidades de administración local de Mallorca y los organismos públicos de ellas dependientes cuando, en este último caso, entre sus objetivos y finalidades, esté la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular, siempre y que las actividades objeto de subvención las gestionen estas entidades, de manera que la colaboración de otras entidades sea meramente residual o secundaria.

Quedan excluidas las entidades de administración local y los organismos públicos en que dependen de los municipios de más de 60.000 habitantes.

Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvenciones se pueden presentar en el plazo de 15 días hábiles, el cual computa a partir del día siguiente de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

En el punto octavo de la convocatoria se detallan los lugares de presentación de las solicitudes.

Séptimo. Documentación

En el punto séptimo de la convocatoria se detalla la documentación administrativa general que se tiene que presentar con la solicitud.

Los anexos a presentar están disponibles en la sede electrónica del Consejo de Mallorca:

https://seu.conselldemallorca.net/es/fitxa?key=13389

   

Palma, 22 de junio de 2017

el Secretario General

Jeroni Miquel Mas Rigo

(por delegación de la presidencia, Decreto de 17-07-2015 BOIB nº. 114, de 28-07-2015)