Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 6904
Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos del 14 de junio de 2017 por la que se convocan subvenciones para apoyar las jornadas de estudios locales que se celebren en las Islas Baleares durante 2017
El Instituto de Estudios Baleáricos (en adelante IEB) es un consorcio con carácter de ente público que está adscrito a la Conserjería de Cultura, Participación y Deportes, de acuerdo con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las conserjerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB nº 23, de 18 de febrero).
El IEB, según los apartados g y h del artículo 4 de sus Estatutos, aprobados mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de julio de 2013 (BOIB nº 101, de 20 de julio), tiene el objetivo de apoyar la difusión, por medios propios o ajenos, de todo tipo de actividad cultural que esté relacionada con las Islas Baleares y de la publicación en el campo de los estudios locales, a través de la elaboración de monografías y colecciones de revistas, así como también la organización de jornadas, congresos y conferencias.
El artículo 30.26 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares dispone que la Comunidad Autónoma tiene las competencias correspondientes para fomentar la creación y la producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, así como las de llevar a cabo la difusión nacional e internacional.
A este efecto, el objeto de esta Resolución es convocar subvenciones de acuerdo: 1) con la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, y 2) con la convocatoria que sigue esta Resolución.
Por todo ello, de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº196, de 31 de diciembre), y haciendo uso de las facultades que me atribuye el artículo 14 de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos, dicto la siguiente
Resolución
Primero
Aprobar la convocatoria de subvenciones para contribuir a la promoción de las jornadas de estudios locales de las Islas Baleares y a la edición de las publicaciones que se derivan de estas jornadas, durante el período comprendido entre los días 1 de enero y 30 de noviembre de 2017.
Segundo
Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 14 de junio de 2017
La presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos,
Francesca Tur Riera
CONVOCATORIA
1. Del objeto, las condiciones y la finalidad de la subvención
1.1. Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de los estudios locales de las Islas Baleares y a la edición de las publicaciones que se deriven de estas jornadas, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2017.
1.2. Se establecen dos líneas de subvención.
a) Apoyo a la organización y producción de jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales en cualquier municipio de las Islas Baleares.
Se incluyen los siguientes gastos:
Quedan expresamente excluidos de la posibilidad de subvención los siguientes gastos:
- Los honorarios del beneficiario de la subvención.
- Los recibos de combustible y aparcamiento.
b) Apoyo a la edición de las actas de las jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales en cualquier municipio de las Islas Baleares.
Se incluyen todos los gastos derivados de la edición del volumen: producción, corrección, diseño, maquetación, impresión, revisión de galeradas, etc.
2. Del importe máximo que se destina a la convocatoria y los créditos presupuestarios a los que se imputa
2.1. Se destina a estas ayudas un importe total de 40.000 euros, con cargo al capítulo 4 de los presupuestos del IEB para el año 2017.
3. De los criterios objetivos y de preferencia que deben regir en la concesión de la subvención
3.1. Teniendo en cuenta que la concesión de la subvención se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva, para resolver cada petición y fijar el importe de la ayuda, que nunca puede ser superior a la cantidad solicitada, el criterio de concesión será el orden de entrada.
4. Del importe de las subvenciones
4.1. El importe máximo anual que se puede conceder por solicitante es de seis mil euros (6.000 €).
4.2. En cuanto a las actividades a las que hace referencia el punto 1.2., se calificaran en función de las puntuaciones siguientes:
a) Interés de la programación (de 0 a 2 puntos)
b) Valoración de los aspectos innovadores (de 0 a 2 puntos)
c) Si tiene trascendencia en las otras islas o cuenta con ponentes de las otras islas o de los territorios de habla catalana (de 0 a 2 puntos)
d) Si las jornadas se han celebrado más de 5 años (1 punto)
e) Si los organizadores pertenecen a una red de centros de estudios locales (1 punto)
f) Si los organizadores publican las actas (1 punto)
Puntuación total: 10 puntos
4.3. No se otorgará ninguna subvención si el proyecto no ha conseguido 3 puntos. Una calificación de 3 puntos corresponde al 10% del importe subvencionable, que se incrementa gradualmente hasta el 80%, que corresponde a los 10 puntos.
4.4. El importe máximo para proyectos especificados en el punto 1.2. es de seis mil euros (6.000 €).
4.5. En caso que algún beneficiario renuncie a la subvención, o en caso que se produzca una merma en el importe final justificado, el importe de ayuda se puede adjudicar a otros expedientes de resolución.
4.7. Esta subvención es compatible con otras subvenciones concedidas a los beneficiarios para la misma finalidad (excepción hecha de las que provienen de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, según establece el punto 5.3. de esta convocatoria), aunque el importe derivado de la suma de todas las subvenciones no puede ser de una cantidad que supere el coste de la actividad subvencionada.
4.8. En ninguno de los casos no se abonará un importe superior al justificado mediante facturas.
5. De los beneficiarios y los requisitos que tienen que cumplir
5.1. Son beneficiarios:
a) Cualquier tipo de asociación de estudios locales legalmente establecida.
b) Los ayuntamientos de las Islas Baleares que organicen eventos de estas características.
5.4. No pueden optar a ello los proyectos que obtengan una ayuda para el mismo concepto de la Conserjería de Cultura, Participación y Deportes del Gobierno de las Islas Baleares.
6. De la solicitud y de los documentos que tienen que acompañar la solicitud
6.1. La solicitud se tiene que presentar mediante el modelo normalizado (anexo 1) debidamente rellenado y firmado, el cual debe ir acompañado de la siguiente documentación:
a) Acreditación de la identidad.
— Si el solicitante es persona física: fotocopia del DNI, pasaporte o NIE.
— Si el solicitante es persona jurídica: fotocopia del NIF y fotocopia del DNI, pasaporte o NIE del representante.
b) La documentación acreditada de los requisitos de la condición de beneficiario (documento acreditativo de que la persona solicitante lo hace en nombre del evento para el cual se solicita la ayuda).
c) La declaración responsable conjunta mediante el modelo normalizado (anexo 2):
— de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y en el artículo de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura
— de no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención, de conformidad con la normativa aplicable;
— de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, y
— de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la hacienda autonómica.
d) Acreditación, si procede, que la entidad está exenta de declarar el IVA. Si no se presenta esta certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el IVA de las facturas que se presenten como parte de la cuenta justificativa no se puede subvencionar (es decir, no se considera coste elegible).
e) Memoria descriptiva y detallada del proyecto en la que se debe incluir:
— Los objetivos del proyecto
— La relación de actividades y las fechas en las que se llevan a cabo
— Si procede, las fechas y rutas de los viajes con indicación de las personas que viajan
— Las trayectorias profesionales de las personas, colectivos, entidades o empresas implicadas
— La tirada que se hace del libro
— El plan de patrocinio y financiación
f) Presupuesto detallado del proyecto con el pertinente IVA desglosado.
7. De los plazos para efectuar la solicitud y las eventuales enmiendas
7.1. El plazo para presentar las solicitudes estará abierto a partir del décimo día de la publicación de la convocatoria en el BOIB y permanecerá abierto hasta el 15 de octubre de 2017.
7.2. Las solicitudes deben formalizarse obligatoriamente un mínimo de dos semanas antes del inicio del evento. Este apartado no rige para las actividades que se lleven a cabo entre el 1 de enero y el día de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
7.3. El plazo para enmendar la documentación presentada es de dos semanas a partir del día en el que el órgano instructor del expediente lo comunique al solicitante. Transcurrido este periodo, se considerará que el solicitante ha desistido de la petición y se archivará el expediente sin más trámites.
8. De la composición de la comisión evaluadora
La Comisión Evaluadora de estas subvenciones está integrada por cinco miembros:
Presidente: el director o la persona que él designe.
Vocales: dos técnicos del IEB y un profesional de prestigio nombrado por el IEB.
Secretario: un técnico del IEB.
9. Instrucción del procedimiento y evaluación de las solicitudes
9.1. El inicio del procedimiento de concesión de subvenciones reguladas en esta convocatoria corresponde a la presidenta del IEB. El órgano competente para instruir el procedimiento es el director del IEB, que también tiene la competencia de la resolución del procedimiento.
9.2. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 24 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el artículo 16 del Decreto legislativo autonómico 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 8 de la Orden de la Consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
9.3. La propuesta de resolución provisional se debe notificar individualmente por vía telemática a la dirección de correo electrónico indicada por cada uno de los solicitantes de la subvención. Esta propuesta se publicará en la página web del IEB para que las personas interesadas puedan formular alegaciones en un plazo de dos semanas, contadoras desde la publicación de la propuesta de resolución en la página web del IEB, cosa que se hará constar mediante diligencia del órgano instructor.
10. Resolución
10.1. El director del IEB dispone de un plazo máximo de cuatro meses, contadores a partir de la fecha en la que se presenta la solicitud, para resolver de forma motivada y notificar la petición mediante publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Se entienden desestimadas las solicitudes no resueltas en el período mencionado.
10.2. Se prevé la posibilidad de dictar resoluciones parciales y sucesivas de concesión, a medida que los órganos instructores formulen las propuestas correspondientes.
10.3. Contra la resolución de concesión o de denegación de las subvenciones, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador des del día de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
11. De las obligaciones de los beneficiarios
11.1. En el plazo de una semana, el beneficiario tiene que comunicar el inicio de la actividad objeto de subvención enviando un correo electrónico a la dirección subvencions@iebalearics.org.
11.2. Es necesario que el beneficiario comunique al Instituto de Estudios Baleáricos, con una antelación mínima de diez días hábiles, la realización de cualquier acto público relacionado con la actividad subvencionada.
11.3. Se debe hacer constar el patrocinio del IEB en todos los programas, carteles y elementos propagandísticos y de comunicación de la actividad mediante el logotipo ILLENC, que se encuentra a disposición de los solicitantes en la web www.illenc.cat.
11.4. En caso de que el beneficiario quiera renunciar a la ayuda, se debe notificar al IEB mediante el pertinente modelo normalizado de renuncia (anexo 3).
12. De la documentación necesaria para la justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos
12.1. La subvención se debe justificar mediante la presentación de una cuenta justificativa a través del modelo normalizado (anexo 4), suscrito por la persona beneficiaria o por su representante, el cual debe ir acompañado de:
— La documentación a la que se hace mención en el artículo 15 de la Orden de la Consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
Memoria justificativa y económica rellenada (anexo 4)
Facturas con el justificante de pago
Cinco (5) ejemplares del libro y/o de los materiales gráficos editados con motivo de la actividad subvencionada.
12.2. Los beneficiarios deben presentar esta cuenta justificativa en el plazo de un mes después de haber llevado a cabo la actividad. Si en esta fecha no se ha publicado la resolución de concesión en el BOIB, se entiende que la justificación se debe hacer en el mes siguiente a esta publicación. No se aceptará ninguna justificación presentada con posterioridad al 15 de diciembre de 2017. Cualquier documentación presentada con posterioridad a esta fecha no se admitirá como justificante de la subvención.
12.3. Las facturas deben estar a nombre del beneficiario y pagadas a los proveedores, cosa que se tiene que acreditar con una copia del recibo de la transferencia bancaria o con la aceptación de pago por parte del proveedor. En los casos de facturas que no superen los 500 euros, no es necesaria la presentación del justificante de pago, aunque se tienen que relacionar en la memoria justificativa y se tienen que aportar junto a las otras facturas.
12.4. En caso que se presenten facturas originales (aquellas que no son digitales), se tiene que adjuntar una copia. El órgano instructor compulsará las copias en el momento de registrar la cuenta justificativa (anexo 4) y devolverá las facturas originales a los solicitantes.
12.5. Es necesario que las facturas se presenten en el mismo orden en el que figuran en la cuenta justificativa (anexo 4).
12.6. El plazo para enmendar los defectos en la justificación de la subvención es de dos semanas, que se cuentan desde el día en el que el órgano instructor lo comunique al beneficiario.
13. De la forma, plazos y condiciones de pago de la subvención
13.1. El pago de la subvención se hará efectivo en el plazo máximo de seis meses mediante una transferencia bancaria, previa justificación de la realización de la actividad para la que se ha solicitado la ayuda, contadores desde la fecha de entrada de la cuenta justificativa (anexo 4).
13.2. Excepcionalmente, se pueden efectuar anticipos del importe de la subvención concedida con la exigencia, si procede, de las garantías adecuadas, en los supuestos que señala el artículo 37 del texto refundido de la Ley de subvenciones.
14. De la disposición que establece las bases reguladoras y otra normativa de aplicación
14.1. Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB nº 100, de 11 de julio).
14.2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
14.3. La Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en lo que sea de aplicación y todas las normas de carácter económico-administrativo que sean aplicables.
15. Vigencia
Esta Resolución entra en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
ANEXO 1
Solicitud para ser inscrito en la convocatoria de subvenciones para apoyar las jornadas de estudios locales que se celebren en las Islas Baleares durante el año 2017
1. Datos del solicitante
Nombre y apellidos |
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DNI/NIE/Pasaporte |
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Dirección |
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CP |
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Localidad |
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Municipio |
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Com. autónoma |
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País |
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Correo e. |
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Tel. fijo |
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Tel. móvil |
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Actúa como (marque y/o complete la opción que corresponda): |
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A |
Representante de una entidad |
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Razón social |
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NIF |
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Domicilio |
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CP |
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Localidad |
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Municipio |
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Com. autónoma |
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País |
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Correo e. |
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|
Tel. fijo |
|
Tel. móvil |
|
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B |
Autor y beneficiario único |
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2. Línea de subvención a la cual se presenta
(*) a) Ayuda a la organización u producción de jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales en cualquier municipio de las Islas Baleares. ( ) b) Ayuda a la edición de las actas de las jornadas de estudios locales en el ámbito de las ciencias sociales en cualquier municipio de las Islas Baleares. |
3. Datos de la actividad concreta
Descripción:
Fecha prevista de la actividad (introducir con el formato dd/mm/aaaa):
desde .............................................................................. hasta .......................................................................
3.1. Total subvencionable:
Presupuesto sin IVA: .................................. €
Presupuesto con IVA:.................................. €
La cantidad especificada en la casilla del presupuesto con IVA es la que se debe justificar con facturas.
Cantidad que se solicita al Instituto de Estudios Baleáricos: .................................... €
A las subvenciones que no presenten el presupuesto con IVA, el órgano instructor les sumará automáticamente el 21 % por este concepto.
4. Documentación a adjuntar
Documentación |
Adjunta |
Presentada anteriormente |
a) Acreditación de la identidad de la empresa. En caso de ser una persona física, fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o NIF. |
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b) La documentación acreditativa de los requisitos de la condición de beneficiario (IAE, escritura de constitución de la empresa y estatutos). |
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c) Declaración responsable conjunta a través del modelo normalizado (anexo 2). |
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|
d) Acreditación, si procede, que la entidad está exenta de declarar el IVA. |
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e) Memoria descriptiva detallada del proyecto. |
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f) Presupuesto detallado del proyecto (con y sin IVA). |
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g) Acreditación de estar al corriente de pagos ante la Administración del Estado, la Agencia Tributaria de las Islas Baleares y la Seguridad Social (para subvenciones de más de 3.000 €). |
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|
5. Datos bancarios
Declaro que soy el titular de la siguiente cuenta bancaria y solicito que se ingrese el importe de la subvención en la misma.
Código IBAN de la cuenta bancaria: |
Codificación adicional IBAN no españoles |
ES -............................ -.............................. -.............................. -...................................... - |
|
SWIFT (sólo para beneficiarios no españoles): |
|
Y para que quede constancia de la solicitud, firmo este documento.
Fecha (dd/mm/aaaa): ....................................................... |
Firma del solicitante: ................................................. |
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ANEXO 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Declaro bajo mi responsabilidad que, en relación al procedimiento para la obtención de subvenciones para dar ayudas a las jornadas de estudios locales que se celebren en las Islas Baleares para el año 2017 por la resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de 14 de junio de 2017:
1. Cumplo con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, mediante el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 11 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, mediante el cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
2. Conozco y no estoy incurso en ninguno de los supuestos de prohibición e incompatibilidad para ser beneficiario de los que prevé el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, mediante el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
3. Estoy al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la hacienda autonómica.
4. Para llevar a cabo esta actividad se han solicitado las autorizaciones pertinentes a los titulares de los derechos de la propiedad intelectual con el fin de utilizar los materiales objetos de esta solicitud de subvención.
5. Declaro que: (seleccione la opción que corresponda)
(*) NO he solicitado ayuda a ninguna otra entidad pública o privada para esta actividad.
( ) SÍ he solicitado ayudas para esta actividad a las siguientes entidades:
Entidad:
Importe:.................................. € (*) Concedida ( ) Denegada ( ) Pendiente resolución
Entidad:
Importe: .................................. € (*) Concedida ( ) Denegada ( ) Pendiente resolución
Entidad:
Importe: ................................. € (*) Concedida ( ) Denegada ( ) Pendiente resolución
Y para que conste todo lo que he declarado, firmo este documento:
Fecha (dd/mm/aaaa): ................................................... |
Firma del solicitante: ...................................... |
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ANEXO 3
FORMULARIO DE RENUNCIA A UNA SUBVENCIÓN (1)
Nombre y apellidos |
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|||||
DNI/NIE/Pasaporte |
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Domicilio |
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CP |
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Localidad |
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|||
Municipio |
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Com. autónoma |
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Actua en nom de |
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EXPONGO:
Que, según el artículo 11 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 11.1. a) de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, es obligación de los beneficiarios comunicar al órgano competente la renuncia de la subvención.
De acuerdo con lo dicho anteriormente,
DECLARO:
Que es mi voluntad RECHAZAR la subvención de euros correspondiente al expediente , de la subvención para apoyar las jornadas de estudios locales que se celebran en las Islas Baleares durante el año 2017, en los términos de la Resolución de la presidenta del IEB de 14 de junio de 2017..
Y para que conste y surta efecto ante el órgano administrativo que convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones referenciado, firmo esta declaración.
Fecha (dd/mm/aaaa): ......................................................... |
Firma del solicitante: ...................................................... |
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ANEXO 4
CUENTA JUSTIFICATIVA
Nº DE EXPEDIENTE: ............................................................................................................
EJERCICIO PRESUPUESTARIO: 2017
LÍNEA DE SUBVENCIÓN: Música. Apoyo a la movilidad ...................................................
BENEFICIARIO: ..........................................................................
NIF: ................................................................................................
CONCEPTO:
...........................................................................................................
...........................................................................................................
...........................................................................................................
FECHA DE CONVOCATORIA: 14/06/2017
BOIB CONVOCATORIA:
FECHA DE CONCESIÓN: ...........................................................................
FECHA LÍMITE DE JUSTIFICACIÓN: .......................................................
El beneficiario declara que:
— Esta cuenta justificativa abarca la realización completa de la actividad subvencionada y contiene la totalidad de los justificantes imputables al proyecto subvencionado.
— Todos los datos contenidos en esta cuenta justificativa son verdaderos y correctos.
— Los justificantes originales de los gastos e ingresos, cobros y pagos que se detallan están custodiados bajo responsabilidad suya.
— Los justificantes mencionados están a disposición de los órganos de control interno o externo de la Administración.
— Se compromete a prestar toda su colaboración en relación con las actuaciones de comprobación y verificación que la Administración o sus órganos de control consideren necesarias con el fin de comprobar la veracidad o corrección de las actividades subvencionadas o de la justificación presentada.
Fecha (dd/mm/aaaa): ....................................................... |
Firma del solicitante: .................................................. |
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Relación de facturas presentadas para justificar la subvención
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Nº de factura |
Fecha |
Proveedor |
Concepto |
Fecha de pago |
Justificante de pago |
Importe total con IVA |
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---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
0
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1
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||||
2
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||||
3
|
|
|
|
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|
||||
4
|
|
|
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|
||||
5
|
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|
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|
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|
|
||||
6
|
|
|
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|
|
|
|
||||
7
|
|
|
|
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|
|
|
||||
8
|
|
|
|
|
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|
||||
9
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||||
10
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||||
11
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||||
12
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Total |
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Importe total con IVA a justificar |
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Importe total con IVA justificado |
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(1) Este formulario sólo se tiene que rellenar en el caso de desear renunciar a la subvención.