Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 6886
Despido/ceses en general 712/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000712 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JORGE ROBERTO AMAYA PELAEZ, JULIA MONTBLANCH GOMEZ, GLORIA LUJAN PELAEZ MOYANA, JOSE ANTONIO DIEGO AMAYA FERNANDEZ, ESPERANZA DOMINGUEZ DOMINGUEZ contra la empresa ADMINISTRACIÓN CONCURSAL EASY SEA EAST, SL, FOGASA, EASY SEA EST. S. L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente SENTENCIA, cuyo FALLO se adjunta:

FALLO

Estimo la demanda de extinción contractual interpuesta por D. JORGE ROBERTO AMAYA PELAEZ, Dª. JULIA MONTBLANCH GÓMEZ, Dª. GLORIA LUJAN PELAEZ MOYANO, D. JOSÉ ANTONIO DIEGO AMAYA FERNÁNDEZ, Dª. ESPERANZA DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ contra EASY SEA EAST, S.L., ADMINISTRADOR CONCURSAL D. JOSÉ MARÍA CARRIÓ MONTEL y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA), declarando la extinción de la relación laboral que unía a los actores con EASY SEA EAST, S.L., con efectos de esta sentencia, condenando a EASY SEA EAST, S.L., a hacerles pago de las siguientes indemnizaciones:

D. JORGE ROBERTO AMAYA PELAEZ: 4.224,99 euros

Dª. JULIA MONTBLANCH GÓMEZ: 1.474,55 euros

Dª. GLORIA LUJAN PELAEZ MOYANO: 4.139,74 euros

D. JOSÉ ANTONIO DIEGO AMAYA FERNÁNDEZ: 2.696,45 euros

Dª. ESPERANZA DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ: 806,52 euros

Condeno a la demandada EASY SEA EAST, S.L., a estar y pasar por tal declaración, y, a abonar a los actores, por salarios pendientes, los siguientes importes:

D. JORGE ROBERTO AMAYA PELAEZ: 9.566 euros

Dª. JULIA MONTBLANCH GÓMEZ: 7.286 euros

Dª. GLORIA LUJAN PELAEZ MOYANO: 9.421 euros

D. JOSÉ ANTONIO DIEGO AMAYA FERNÁNDEZ: 6.136 euros

Dª. ESPERANZA DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ: 4.377 euros

más el 10 % de interés por mora.

Condeno igualmente a la demandada EASY SEA EAST, S.L., a abonar a cada unos de los actores 300 euros, en concepto de costas.

Condeno al ADMINISTRADOR CONCURSAL D. JOSÉ MARÍA CARRIÓ MONTEL, a estar y pasar por tal declaración.

Absuelvo al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades subsidiarias.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/69/0712/16, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/0712/16, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EASY SEA EST. S. L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las ISLAS BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a ocho de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA