Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 6641
Modificación plazas del catálogo de puestos de trabajo
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 5 de junio de 2017, aprobó la propuesta de modificación plazas del catálogo de puestos de trabajo quedando de la siguiente manera:
"PRIMERO: Amortizar, por razón de jubilación, el puesto de trabajo ATS Sanidad, que figura actualmente en el catálogo con el código 7000, con efectos en el día que se producirá esa jubilación, día 08/07/2017.
SEGUNDO: Crear un puesto de trabajo de Técnico de Administración General (TAG) adscrito al Departamento de Sanidad y Bienestar Social, sin perjuicio de poder desarrollar tareas de apoyo en las demás Áreas y Departamentos del Ayuntamiento y sus entes dependientes, con el código 7000, con efectos a partir de día 07.09.2017.
La descripción de este puesto de trabajo será el siguiente:
- CÓDIGO 7000.
- Grupo A1.
- Complemento de Destino, nivel 25.
- Complemento Específico anual: 13.973,12 euros. (Catorce pagas)
TERCERO: Modificar la descripción de las tareas propias del puesto de trabajo TAG Coordinador del Área de Urbanismo (código 3000), e incrementar el complemento de destino y específico, con efectos para día 07/01/2017. Por consiguiente, se propone modificar el catálogo de relación de puestos de trabajo en los siguientes términos:
- CÓDIGO 3000.
- Grupo A1.
- Complemento de Destino, nivel 25.
- Complemento Específico anual: 22.289,12 euros. (Catorce pagas)
CUARTO: Incrementar el complemento de destino y específico del puesto de trabajo de Inspector de Obra y Actividades (código 2141), con efectos para día 07/01/2017 y, por consiguiente, modificar el catálogo de relación de puestos de trabajo en los siguientes términos:
- CÓDIGO 2141
- Grupo C1
- Complemento de Destino, nivel 18.
- Complemento Específico anual: 7.864,42 euros (catorce pagas). "
Lo que público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicho acuerdo podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación del acuerdo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En caso de optar por la interposición del recurso de reposición no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
En Alcúdia, a 13 de junio de 2017
El Alcalde,
Antoni Mir Llabrés