Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO
Núm. 6620
Extracto de la Resolución de 12 de junio de 2017 del vicepresidente y consejero de Innovación, Investigación y Turismo por la que se convocan ayudas para la Formación de Personal Investigador (FPI) y Formación de Personal Investigador Empresarial (FPI-E) así como subvenciones para tasas académicas
BDNS (identificador): 348243
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el texto del extracto de la convocatoria de la que se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Son destinatarios de las ayudas las entidades ubicadas en las Islas Baleares que tengan la capacidad de formalizar los contratos laborales que se describen a continuación:
Segundo. Finalidad:
Otorgar subvenciones a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico y empresas ubicados en las Islas Baleares, para financiar 14 ayudas para formar personal investigador, con el objetivo de formar en investigación científica y técnica a titulados superiores universitarios que deseen realizar una tesis doctoral.
Otorgar subvenciones destinadas a cubrir las tasas académicas para el personal investigador en formación, que incluyen la tutela académica de doctorado, la apertura y mantenimiento de expediente y la defensa de la tesis doctoral.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (BOIB número 25, de 13 de febrero).
Cuarto. Importe:
La dotación máxima de cada ayuda en concepto de sueldo y Seguridad Social es de 22.062,00 euros anuales por cada investigador en formación. La retribución mínima anual en concepto de sueldo que debe recibir cada investigador en formación, y que debe figurar en el contrato, es de 16.422,00 euros brutos anuales.
La dotación máxima de cada ayuda en concepto de tasas académicas para cada persona investigadora en formación adscrita a las entidades beneficiarias de esta subvención, que incluyen la tutela académica de doctorado, la apertura y mantenimiento de expediente y la defensa de la tesis doctoral, es de 1.139,00 euros, para todo el periodo de la ayuda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma de Mallorca, 12 de junio de 2017
El Vicepresidente y Consejero de Innovación, Investigación y Turismo
Gabriel Barceló i Milta