Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 6586
Resolución por la que se nombra un teniente de alcalde, se asigna dedicación plena a dos concejalias y se delegan determinadas competencias
De conformidad con las disposicions vigentes, se hace público el Decreto de Alcaldia 2293/2017 (000020/2017-GENSEC) de fecha 1 de junio, por el que el Alcalde adoptó el siguiente acuerdo:
“Resolución por la que se nombra un teniente de alcalde, se asigna dedicación plena a dos concejalías, y se delegan determinades competencias
En la Ciudad de Llucmajor, el Alcalde que suscribe, Sr. Bernadí Vives Cardona, en presencia del secretario de la corporación, vengo en dictar la siguiente
RESOLUCIÓN
Antecedentes
A. En fecha 08/05/2017 la Sra. Adelina Gutiérrez Bonet presentó su renúncia al cargo de regidora, de la que el pleno tomó conocimiento en la sesión extraordinaria de dia 17 de mayo siguiente. Asimismo, el Sr. Lluís Segura Seguí, tomó posesión del cargo de regidor en la sesión plenaria de ayer, día 31 de mayo.
B. La regulación del actual régimen de dedicaciones se fijó por acuerdo plenario de día 17/05/2017, para asignar dedicación plena a la concejalia de Juventud y Política Activa de Ocupación, y quedó establecida en los siguientes términos:
Núm. de plazas |
Cárgo |
Dedicación |
Importe(1) |
1 |
alcalde |
Plena |
48.620,53 € |
4 |
regidor/a |
Plena |
39.474,07 € |
4 |
regidor/a |
Parcial de 5 horas diarias |
32.731,98 € |
2 |
regidor/a |
Parcial de 4 horas diarias |
24.240,00 € |
2 |
regidor/a |
Parcial de 3 horas diarias |
17.329,14 € |
8 |
Regidor/a |
Sin dedicación |
(2) 11.439,00 € |
1. La retribución de los electos con dedicación plena o parcial se distribuye en 14 pagas anuales de idéntica cantidad.
2. Esta cuantia corresponde al límite máximo anual, a razón de 571,95 € por sesión plenaria, y de 190,65 € por comisión informativa.
Fundamentos de derecho.
I. El articulo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL) establece que las corporaciones locales consignaran en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a los miembros de la corporación con dedicación plena, parcial, y sin dedicación, dentro de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Tendrán que publicarse íntegramente en el BOIB y en el tablón de edictos de la corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del presidente de la corporación que determinen los miembros de ésta que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
II. Asimismo, en el articulo 74 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, regula también el régimen de las retribuciones de los miembros de la corporación con dedicación exclusiva o parcial, y sin dedicación.
III. El articulo 43 y siguientes del RD 2.568/1986, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, establece los términos en que se ha de efectuar la delegación de competencias y el nombramiento de los tenientes de alcalde.
En consecuencia, a la vista de los antecedentes y consideraciones apuntadas, RESUELVO:
Primero. Nombrar al Sr. Lluís Segura Seguí miembro de la Junta de Gobierno Local y cuarto teniente de alcalde, para la sustitución ordinària del alcalde en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, y delegar en él las competencias en materia de Cultura, Fiestas y Ferias, y también la presidencia de la Comisión Informativa de Servicios a los Ciudadanos y Participación Ciudadana.
Segundo. Asignar una dedicación plena a la Sra. Francisca Almagro Peset, regidora delegada de Juventud y de Política Activa de Ocupación, y al Sr. Lluís Segura Seguí, regidor delegado de Cultura, Fiestas y Ferias, con una retribución total anual de 39.474’07 €, a distribuir en 14 pagas de idéntica cuantía.
Tercero. Dar cuenta de la presente resolución en el primer Pleno que se celebre, y publicarla en el BOIB, en el tablón de edictos y en la web municipal.”
Llucmajor, 12 de junio de 2017
El Alcalde
Bernadí Vives Cardona