Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 6485
Acuerdo del Pleno de día 11 de mayo de 2017, relativo a la aprobación definitiva del expediente número 5 de modificación de créditos en el presupuesto del Institut Mallorquí d’Afers Socials de 2017
Aprobado inicialmente, en sesión del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 11 de mayo de 2017 y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se haya formulado reclamación alguna, queda definitivamente aprobado el expediente número 5 de modificación de créditos en el presupuesto propio de 2017 por crédito extraordinario i suplemento de crédito (EXT 02/2017 SUP 01/2017).
Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Palma, 14 de junio de 2017
El secretario general, por delegación del presidente
Jeroni M. Mas Rigo
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)