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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 6387
Encomienda de gestión a Ferias, Congresos y Eventos d’Eivissa, S.A.U. (FECOEV), para la realización y producción total de dos conciertos de música dirigidos a los jóvenes dentro del marco del programa llamado ESTIU JOVE 2017

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Texto

De conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se hace público que a la reunión ordinaria de fecha 2 de junio de 2017 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d’Eivissa, sus miembros acordaron aprobar por unanimidad, la siguiente propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud:

“Habiéndose presentado la siguiente propuesta con el informe favorable de la Comisión Técnica de Secretarios de esta Corporación de fecha 30 de mayo de 2017:

“Dada la providencia de inicio del expediente para la realización i producción total de dos conciertos dirigidos a los jóvenes dentro del programa llamado Estiu Jove 2017, dictada por el consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud en fecha 17 de marzo de 2017.

Vistas las competencias atribuidas a los consejos insulares por la Ley 1/2007, de 28 de diciembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca, y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y tiempo libre.

Visto que el Decreto de Presidencia núm. 2015000285 (estructura de Gobierno del Consell Insular d’Eivissa. Creación de Departamentos), publicado al BOIB núm. 103, de 10 de julio de 2015, establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Asimismo gestionará las actividades propias del sector de deportes, actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Visto que es voluntad del Consell Insular d’Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan una promoción de actividades de ocio y de tiempo libre, dirigidas a jóvenes, tanto residentes como para las persones visitantes, y que favorezcan la promoción del ocio y el tiempo libre en sus diversos ámbitos.

Visto que en este sentido, Estiu Jove 2017 tiene el objetivo de ofrecer tanto al público ibicenco, como al público visitante, un espectáculo musical de máximo nivel que supone un beneficio cultural y lúdico, a la vez que puede contribuir a la promoción y la proyección exterior de Ibiza, favoreciendo el disfrute de un espectáculo con artistas diversos, tanto de la isla como de fuera.

Visto que, por ello, el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, dentro del marco de sus competencias y como parte de su programación de fomento de ocio y tiempo libre para el año 2017, tiene previsto llevar a cabo dos conciertos dentro del marco del Estiu Jove 2017, con la siguiente programación:

· 15 de julio de 2017 a les 20:30 horas.

Artistas:

o La Oreja de Van Gogh

o Blaumut

o Un grupo local por determinar

· 1 de septiembre de 2017 a les 20:30 horas.

Artistas:

· Sopa de Cabra

· Maldita Nerea

· Un grupo local por determinar

Visto que el importe a destinar a la producción y realización del programa Estiu Jove 2017 asciende a la cantidad máxima de trescientos cuarenta y un mil quinientos euros (341.500,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaría 3370·22799.

Visto que el Consell Insular d’Eivissa no cuenta con medios suficientes para llevar a cabo la producción y realización de dicho concierto. Visto el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que establece que:

La realización de actividades de carácter material o técnico de competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público se puede encargar a otros órganos o entidades de derecho público de la misma Administración o de otra, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para ejercerlas.

Visto que FECOEV es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular d’Eivissa, de acuerdo con el artículo 1 bis de sus Estatutos que “tendrá la condición de medio propio del Consell insular d’Eivissa (...)”. Asimismo, el apartado 2 de este artículo establece que “El Consell insular d’Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos sin que, de por otra parte, la sociedad pueda participar en ninguna licitación de contratación pública convocada por la administración insular o sus entes instrumentales. (...)”.

Visto que el artículo 2 de dichos Estatutos dispone que Constituye el objeto de la sociedad:

1. La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

a. Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

b. Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y de reconversión turística.

2. Las actividades inherentes en un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Ibiza mediante:

a. La gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de carácter público como privado.

b. El servicio de mantenimiento de instalaciones y ajardinamiento público propiedad del Consell Insular d’Eivissa, siempre que esté lo requiera por la vía de encomienda de gestión o acuerdo de Pleno.

c. El uso, la gestión, la explotación y la administración de las instalaciones y de los bienes del recinto del edificio llamado Recinto Ferial de Ibiza y del Hipódromo de San Rafael, así como otros que por acuerdo del Pleno del Consell Insular d’Eivissa se puedan adscribir a la sociedad, en alguna de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la normativa.

Visto que FECOEV, SAU dispone de las instalaciones necesarias para acoger los conciertos de música pop enmarcados dentro del Estiu Jove 2017, con una estimación de participación de público superior a las 2.000 personas e inferior a 5.000 personas.

Visto que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular d’Eivissa, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consell Insular d’Eivissa a sus medios propios.

Visto que el técnico de Juventud en fecha 25 de abril de 2017, ha emitido informe técnico y memoria técnica, donde se concretan tanto las características de los trabajos que deben encargarse como la justificación, plazos, presupuesto, formas de pago, posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.

Dado que no hay ninguna objeción jurídica a hacer por parte de la coordinadora de Deportes y Juventud en su condición de letrada.

Visto que según el Decreto de Presidencia núm. 287/2015 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa, por importe, le corresponde al Consejo Ejecutivo la aprobación de la encomienda de gestión.

Visto el informe propuesta emitido por la coordinadora de Deportes y Juventud, con el visto y conforme de la secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud en fecha 9 de mayo de 2017, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario de la Intervención de la Corporación, y para el caso de que el informe mencionado sea favorable y de conformidad.

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 72.d del Reglamento orgánico del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-9-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016) elevo al Consejo Ejecutivo la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO: APROBAR la encomienda de gestión directa y eventual del Consell Insular d’Eivissa a FECOEV para la ejecución de la actividad consistente en la realización y producción total de dos conciertos de música dentro del programa llamado Estiu Jove 2017, en los términos establecidos en la memoria siguiente:

MEMORIA TÉCNICA

En relación a la encomienda de gestión a FECOEV, SAU para la realización y producción total de dos conciertos dirigidos a los jóvenes enmarcados dentro del programa ESTIU JOVE 2017

1. Objeto

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular d’Eivissa, dentro del marco de sus competencias y como parte su programación de fomento de ocio y tiempo libre para el año 2017, tiene previsto llevar a cabo en los meses de julio y septiembre dos conciertos de música dirigidos a los jóvenes, dentro del marco del Estiu Jove 2017, con la siguiente programación:

· 15 de julio de 2017 a les 19:30 horas.

Artistas:

o La Oreja de Van Gogh

o Blaumut

o Un grupo local por determinar

· 1 de septiembre de 2017 a les 19:30

Artistas:

· Sopa de Cabra

· Maldita Nerea

· Un grupo local por determinar

El lugar de celebración de estos conciertos incluidos dentro del Estiu Jove 2017 será en el recinto exterior de Ferias, Congresos y Eventos de Ibiza, ctra. Ibiza – San Antonio Km. 1, 07800 Ibiza.

Para la realización y producción de este concierto, Ferias, Congresos y Eventos de Ibiza S.A.U. (FECOEV) deberá atenerse a lo siguiente:

1. Llevar a cabo las actuaciones que son objeto de la encomienda de gestión para la producción y realización del concierto:

a. Aportar personal y equipos de iluminación, personal y equipos de sonido, personal de carga y descarga de material, transporte de personal y de material, producción artística y técnica de los conciertos, adecuar espacios para ser utilizados como camerinos y vestuarios, baños, las infraestructuras necesarias para cumplir con rigor el Plan de autoprotección de conciertos en terraza del recinto ferial, redactado, en su día, por los servicios técnicos del Consell Insular d’Eivissa, las infraestructuras necesarias para cumplir con las necesidades de los artistas (desplazamientos internos y externos, catering, alojamientos, etc.), y en definitiva cualquier equipamiento y/o requerimiento solicitado por los artistas así como las que vienen definidas en el presupuesto.

b. Contratar y firmar los contratos correspondientes con las compañías y los artistas elegidos por el Consell Insular d’Eivissa según el calendario de actuaciones.

c. El pago a las compañías y los artistas se realizará en los términos y plazos establecidos en el contrato firmado entre FECOEV y las compañías o los artistas.

d. La realización de toda la publicidad en prensa escrita, prensa digital, radio, impresión y distribución de toda la carcelería y cualquier otro material publicitario. El escudo del Consell Insular d’Eivissa deberá estar presente de forma destacada en todos los soportes publicitarios que se editen para promocionar los dos conciertos. Antes de imprimir, editar o publicar cualquier material publicitario se debe contar con el visto bueno del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud y debe haber sido revisado por el Servicio de Normalización Lingüística de este departamento.

Queda prohibida cualquier forma de promoción o publicidad tanto en la cartelería como en el recinto que incite a las personas menores de edad, de manera directa o indirecta, al consumo de bebidas alcohólicas o de tabaco.

e. Contratar los servicios médicos adecuados.

f. Habilitar en la zona de público un espacio reservado, adaptado para personas con discapacidad.

g. Hacerse cargo del control estricto del aforo de público que nunca podrá superar las 5.000 personas para cada uno de los conciertos.

h. FECOEV, SAU realizará todos los trámites administrativos y técnicos para conseguir la correspondiente autorización administrativa previa y preceptiva, para la celebración de cada concierto.

2. FECOEV, SAU está obligada al cumplimiento del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, de acuerdo a su artículo 3.1.d., ya que es una sociedad mercantil con un capital social donde la participación de la Administración (Consell Insular d’Eivissa) es superior al 50%. Igualmente, para la realización de la feria, estará obligada al cumplimiento de la Ley 7/2014, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades de las Islas Baleares.

3. FECOEV, SAU se compromete a cumplir de manera escrupulosa la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, todo su desarrollo normativo y disposiciones relacionadas, así como la contratación de los seguros que correspondan.

4. FECOEV, SAU, pondrá a disposición de las persones usuarias, en la recepción del recinto, hojas de reclamaciones y quejas.

El Consell Insular d’Eivissa se hará cargo únicamente de la venta de entradas, previa tramitación del preceptivo expediente de establecimiento de precio de venta público de las entradas, y de la correspondiente liquidación ante la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

El Consell Insular d’Eivissa quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas en el objeto de esta encomienda. FECOEV, SAU inhibirá al Consell Insular d’Eivissa de toda responsabilidad. Todas las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la interpretación y el cumplimiento de la encomienda serán sometidas a los juzgados y tribunales de la jurisdicción de Ibiza, con renuncia de cualquier otro fuero.

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública FECOEV, es una entidad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, que tiene como objeto, entre otros, la realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas las actividades inherentes en un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural.

Esta entidad, que gestiona el Recinto Ferial y el Hipódromo de Sant Rafel, tiene el carácter de medio propio, y es la entidad que ha realizado en otras ocasiones los trabajos de realización y producción del Estiu Jove, juntamente con el Consell Insular, por la cual cosa, su personal es conocedor de las acciones necesarias para llevarlo a cabo.

Visto que la mencionada empresa pública dispone de medios para poder ejecutar estas acciones de realización y producción del concierto mencionado y, teniendo en cuenta que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevarlo a cabo, así como del espacio para la realización de los conciertos objeto de la encomienda.

De conformidad con la instrucción de Secretaria del Consell Insular, aprobada por el Consell Ejecutivo en fecha 13/05/2013, el Consell Insular podrá encomendar a FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia.

Es per todo lo anterior que el Consell Insular d’Eivissa, mediante el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud ha propuesto que el Consell Insular d’Eivissa encomiende a FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la realización y producción total del programa Estiu Jove 2017.

3. Justificación y necesidad

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de Estructura del Gobierno del Consell Insular d’Eivissa y creación de Departamentos, publicado al BOIB núm. 103, de 10 de julio de 2015, establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud “Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Asimismo gestionará las actividades propias del sector de deportes, actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular”.

Por ello, es voluntad del Consell Insular d’Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan una promoción de actividades de ocio y de tiempo libre, dirigidas a jóvenes, tanto residentes como para las personas visitantes, y que favorecen la promoción del ocio y el tiempo libre en sus diversos ámbitos.

En este sentido, Estiu Jove 2017 está pensado para difundir espectáculos de música pop con el objetivo de ofrecer tanto al público ibicenco, como al público visitante, conciertos musicales de máximo nivel que supongan un beneficio cultural y lúdico, a la vez que pueden contribuir a la promoción i la proyección exterior de Ibiza, favoreciendo el disfrute de espectáculos con artistas diversos, tanto de la isla como de fuera.

4. Plazo de duración y extinción

Las actuaciones a encomendar se desarrollarán el día 15 de julio y el día 1 de septiembre de 2017, según el calendario establecido en el objeto de esta memoria técnica. No obstante esta encomienda desplegará sus efectos desde el momento de la notificación a la entidad encargada, lo que supondrá la orden de inicio de las actuaciones.

La vigencia será hasta el día en que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano gestor que hará el seguimiento de la encomienda que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha del 31 de octubre de 2017.

Esta encomienda se extinguirá por realización y finalización de las actividades objeto de encomienda, por mutuo acuerdo de las partes o por incumplimiento de sus cláusulas que facultarán a la parte cumplidora a exigir su resolución.

5. Presupuesto y aplicación presupuestaria

GASTOS:

CONCEPTO

IMPORTE

Caché de los artistas

111.000,00 €

Gestión, instalaciones y servicios FECOEV

80.000,00 €

Transporte personal

24.000,00 €

Transporte material

5.500,00 €

Alojamiento

14.000,00 €

Producción artística

7.500,00 €

Producción técnica

58.500,00 €

Publicidad y cartelería

21.000,00 €

Seguros

8.500,00 €

Personal de carga y descarga

7.500,00 €

Otros gastos (ambulancias, servicios médicos,.....)

4.000,00 €

TOTAL

341.500,00 €

El Consell Insular d’Eivissa destinará a la realización y producción de Estiu Jove 2017 la cantidad máxima de 341.500,00 € (trescientos cuarenta y un mil quinientos euros) para la encomienda de gestión eventual y directa a FECOEV, en los mismos términos que se han detallado antes. Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3370·22799 y tendrá el carácter de aportación máxima, a los gastos que realice, en ejecución de las acciones objeto de esta encomienda.

6. Forma de pago

El abono de las cantidades relativas a los gastos objeto de esta encomienda se realizará a medida que se vayan presentando las correspondientes facturas justificativas de los gastos realizados.

En cualquier caso, se deberá de estar al plazo máximo de justificación previsto en el punto 4 de esta encomienda.

Las facturas se presentaran a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consell Insular d'Eivissa (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Denominación: Consell Insular d’Eivissa

Av. de España, 49

07800 Eivissa

NIF: S 0733001 B

      

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular d'Eivissa

Secretaria Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud

Juventud

L03070006

LA0007848

LA0005723

 

7. Posibilidad de prórroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando la encomienda se producen circunstancias que así lo aconsejen, el Consell Insular d’Eivissa podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de duración de la encomienda y no afecte a actuaciones ya realizadas. Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requerirá de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga de la encomienda deberá de quedar acreditada que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejercite antes de finalizar el encargo.

8. Director de la encomienda

Como director de verificar la ejecución de la encomienda se propone el nombramiento del técnico del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud Sr. Xico Costa García.

SEGUNDO: APROBAR el abono de la cantidad de esta encomienda de gestión, con un importe máximo de trescientos cuarenta y un mil quinientos euros (341.500,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 3370·22799 de los presupuestos del Consell Insular d’Eivissa de 2017, en los plazos previstos en la memoria transcrita en el punto anterior.

TERCERo: NOMBRAR al Sr. Xico Costa García, gerente del Campamento Cala des Jondal, director de verificar la ejecución de la encomienda.”

El Consell Ejecutivo hace suya la propuesta, y la aprueba por unanimidad.

(...)”

   

Ibiza, 9 de junio de 2017

La secretaría técnica de Medio Ambiente, Agricultura,

Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud

Maria Catalina Tur Torres