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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 6300
Resolución de la consejera de Presidencia de 6 de junio de 2017 por la que se somete a información pública el borrador del proyecto de decreto por el que se regulan las funciones, la composición, la organización y el régimen de funcionamiento de la Comisión para la Igualdad de Género

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 23 de marzo de 2017, la directora general de Relaciones con el Parlamento y la directora del Instituto Balear de la Mujer realizaron conjuntamente la memoria justificativa relativa a la necesidad de iniciar el procedimiento normativo de elaboración de un proyecto de decreto por el que se regulan las funciones, la composición, la organización y el régimen de funcionamiento de la Comisión para la Igualdad de Género.

2. En fecha 28 de marzo de 2017, la consejera de Presidencia, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, dictó la resolución de inicio de la tramitación del Proyecto de Decreto por el que se regulan las funciones, la composición, la organización y el régimen de funcionamiento de la Comisión para la Igualdad de Género.

Por todo ello, y vista la naturaleza de la disposición, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Someter el borrador de proyecto de decreto por el que se regulan las funciones, la composición, la organización y el régimen de funcionamiento de la Comisión para la Igualdad de Género a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para que puedan consultarlo, en las oficinas de la Dirección General de Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma), así como en el apartado de la Secretaría General de la página web de la misma Consejería (<http://sgcpres.caib.es/>) y en la página web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública en quince días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones deberán presentarse en la sede de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma) o en cualquiera de los lugares determinados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deberán dirigirse a la Dirección General de Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Presidencia.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos en la web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas a través de la web contengan la identificación de la persona o la entidad que las formula, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el órgano responsable de tramitar el proyecto de decreto tiene que emitir la correspondiente diligencia.

4. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 6 de junio de 2017

La consejera de Presidencia

Pilar Costa i Serra