Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 6244
Acuerdo para el pago de las subvenciones de desplazamientos 2016
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter extraordinario con urgéncia de 26 de abril de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
“ACUERDO PARA EL PAGO DE LAS SUBVENCIONES DE DESPLAZAMIENTOS 2016
Vista la propuesta siguiente, que defiende el Presidente, Sr. Ferrer Ribas, texto del siguiente tenor:
"El Sr. Jordi Vidal Marí, consejero de Deportes del Consell Insular de Formentera, presenta por la siguiente propuesta de acuerdo:
Dado que la importancia del deporte fue recogida en el conjunto de principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española, y así su artículo 43.3 establece que los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte, y facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Por su parte, la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares ya en su exposición de motivos destaca que "El deporte, entendido como la expresión de la actividad física, reglada o no, es un bien para la sociedad, hay que cuidarlo, potenciarlo y posibilitar que toda la ciudadanía de las Islas tenga opciones de practicarlo, de forma individual o formando parte de las diferentes y necesarias organizaciones deportivas que lo gestionan y que son igualmente valoradas y necesarias en la sociedad. "
Visto que las ayudas económicas a los clubes suponen un incentivo, un estímulo para la dedicación deportiva, a la vez que muchas veces resultan básicas para poder continuar su preparación para mantener el máximo nivel competitivo.
Dado que el Consell Insular siempre se ha preocupado por apoyar el deporte y existe la voluntad de continuar con esta actividad de fomento mediante la oportuna convocatoria de una línea de ayudas.
Visto una vez que la comisión se juntado para evaluar las subvenciones de desplazamientos de 2016, de conformidad con lo establecido en el capítulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con los principios de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas así como las respectivas justificaciones de acuerdo con la siguiente documentación:
1. Memoria simplificada de la actividad realizada.
2. Acta de la comisión evaluadora
3. Existencia de crédito adecuado y suficiente mediante RC.
Por todo lo anterior, y en ejercicio de las competencias que confiere la legislación vigente,
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero.- ACEPTAR las justificaciones presentadas por los beneficiarios que a continuación se relacionan y, en consecuencia, reconocer las obligaciones por los siguientes importes:
Segundo. - ORDENAR al departamento de Intervención los pagos y pagar el 100% de los importes totales.
Tercero.- PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Visto que, conforme informan el secretario y el interventor, se está en el marco del Plan estratégico de subvenciones 2016-2019 aprobado en la sesión plenaria ordinaria del Consell Insular de Formentera de fecha 24 de junio de 2016, y publicado en el BOIB núm. 93 de 23 de julio de 2016.
La Comisión de Gobierno, en ejercicio de sus competencias, sobre la base de lo propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, antes artículos 54 y 89 de la Ley 30/1992, supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, el siguiente
ACUERDO
Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida (...)”
Por lo que se hace público para general conocimiento
Formentera, 01 de junio del 2017
El presidente del Consell Insular de Formentera,
Jaume Ferrer Ribas