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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 6219
Área de Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos. Bases subvenciones para la realización de proyectos y actividades de apoyo a las personas que ejercen la prostitución en Palma

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Texto

BDNS: 350411

"De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.by 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página del Ayuntamiento de Palma http://www.palma.cat/portal/PALMA/home.jsp? codResi = 1

1º. Objeto y finalidad de la subvención

Constituye el objeto de la presente convocatoria pública la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades que se dirigen a la atención y el empoderamiento de las personas que ejercen la prostitución, la mejora de la convivencia, la detección de situaciones de tráfico con fines de explotación sexual ya la mejora del conocimiento de este fenómeno en Palma:

2º. Entidades beneficiarias

Podrán presentar solicitudes de subvención en esta convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida de conformidad con la normativa vigente, registrada y activa a la fecha de inicio para la presentación de solicitudes.

b) Tener capacidad jurídica y de obrar.

c) Ser una entidad sin ánimo de lucro

d) Estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

e) Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma.

f) No haber sido sancionado, mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones de conformidad con esta u otras leyes que así lo establezcan.

g) No incurrir en ninguna de las demás circunstancias previstas en el artículo 6 de la Ordenanza Municipal general reguladora de la concesión de subvenciones, así como el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones.

h) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto presentado; a estos efectos se deberá presentar una declaración jurada.

e) Hallarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro.

3º. Bases reguladoras

En todo lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, las Bases de ejecución vigentes que regulan las subvenciones del Presupuesto municipal y la normativa para la concesión de subvenciones públicas, así como el resto de normativa que sea de aplicación.

4º. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria asciende a 135.000,00 € (ciento treinta y cinco mil euros), la que se financiará, siempre que haya crédito adecuado, adecuado y suficiente, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.23123.480.00 - SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PEP del presupuesto municipal del año 2017 del Área de de Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos

5º. Documentación a presentar

a) Solicitud de subvención donde figurarán los datos de la entidad solicitante.

b) Proyecto detallado de la actividad, especificando los siguientes puntos:

c) Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y de seguridad social y de no incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 6 de la Ordenanza General de subvenciones.

d) Declaración expresa de otras subvenciones solicitadas y / u obtenidas para el mismo concepto. En el caso de haberse obtenido subvenciones para el proyecto que se presenta en la solicitud de subvención, se deberá presentar copia de la notificación de la resolución de concesión o documento acreditativo de la misma.

e) Solicitud de transferencia bancaria para pagos de Tesorería.

f) Fotocopia compulsada de los estatutos actualizados de la entidad solicitante.

g) Fotocopia DNI del representante de la entidad y documentación que acredite esta facultad de representación.

h) Fotocopia de Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF) de la entidad solicitante.

e) Declaración de vigencia de los estatutos y de los cargos representativos de la entidad.

j) Declaración responsable de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

k) Declaración responsable de las personas que son miembros de la Junta Directiva de la entidad solicitante.

6º. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

     

Palma 9 de juny 2017

El Secretario adjunto
Miquel Ballester Oliver