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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 6188
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se crea la bolsa para la ocupación temporal de puestos de trabajo en comisión de servicios del cuerpo de la abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondiente a las pruebas selectivas para acceder, por el turno de promoción interna, convocada por Resolución de 12 de mayo de 2016 (BOIB 63, de 19 de mayo)

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución de 5 de mayo de 2016 (BOIB núm. 60, de 12 de mayo) se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario, en el ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de ocupación que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares, incluidas las ofertas de ocupación públicas aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015, y por Resolución de 12 de mayo de 2016 (BOIB núm. 63, de 19 de mayo) se aprobó la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios, el baremo de méritos y la designación del tribunal calificador de las pruebas selectivas para acceder, por el turno de promoción interna, al cuerpo de la abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Por Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de día 10 de mayo de 2017 (BOIB 57, de 11 de mayo), se nombró funcionarios de carrera del cuerpo de la abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears los aspirantes que han superado las pruebas selectivas mencionadas.

3. Conforme con el punto sexto de la Disposición Transitoria Primera del Decreto 74/2016, de 23 de diciembre, por el cual se regula la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB 161, de 24 de diciembre de 2016), los aspirantes que superen alguna prueba o ejercicio en las convocatorias de promoción interna conformaran una bolsa a la que se tiene que recurrir para ocupar temporalmente puestos de trabajo de abogados en comisión de servicios. Esta bolsa tendrá una vigencia de tres años.

4. En cumplimiento de los preceptos mencionados, es necesario aprobar la creación de la bolsa para la ocupación temporal de puestos de trabajo en comisión de servicios que han superado alguna prueba o ejercicio en la convocatoria de promoción interna para acceder al cuerpo de la abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mencionadas en el punto primero.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 74/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Propuesta de resolución

Vistos los antecedentes  y los fundamentos de derecho expuestos, propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte Resolución en los términos siguientes:

Primero. Aprobar la creación de la bolsa para la ocupación temporal de puestos de trabajo en comisión de servicios del cuerpo de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que se adjunta como Anexo de esta Resolución.

Segundo. Aprobar la composición de la bolsa mencionada, con el orden de prelación de los aspirantes, determinada según el número de ejercicios que han superado y por la puntuación obtenida en las pruebas selectivas para acceder por el turno de promoción interna al cuerpo de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por Resolución de 12 de mayo de 2016 (BOIB núm. 63, de 19 de mayo).

Tercero. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que pone fin a la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en el que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 16 de mayo de 2017

El director general de Función Pública Y Administraciones Públicas
Pedro Jesús Jiménez Ramírez

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí

  

 

ANEXO
Bolsa de personal funcionario interino del cuerpo de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Dni                       Nombre                                                            Total                    Pos.                     Disc.

43088133      GARCIA CANALS, NURIA                                  5,930                     1                         N

43093070      LACOSTA SUÑER, SANDRA                              5,040                     2                         N