Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6151
Resolución del Director General del Servicio de Salud de las Islas Baleares de por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, el puesto de jefe/jefa de sección de Gestión Económica de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila Área de Salud de Menorca
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB n.º 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB 22 de enero), y de acuerdo con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (publicada en el BOIB n.º 87/2011, de 11 de junio), dicto la siguiente
Resolución
Acordar la convocatoria pública del puesto de jefe/jefa de sección de Gestión Económica de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila (Área de Salud de Menorca), por el procedimiento de concurso, de acuerdo con las especificaciones siguientes:
1) Requisitos:
Ser personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos A1, A2 o C1 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del sistema nacional de salud, y tener el correspondiente nivel de conocimientos de la lengua catalana legalmente establecido. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria.
2) Méritos –que se valorarán a la fecha de publicación de la convocatoria:
a) Servicios prestados (máximo 60 puntos):
– Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo A1 ..................0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
– Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo A2 ..................0,18 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
– Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1 .................. 0,16 puntos por cada mes completo de servicios prestados.
b) Puestos de trabajo en relación al que se opta (máximo 60 puntos):
– Puestos de jefatura (máximo 40 puntos):
- Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 24 ........................... 0,20 puntos por cada mes completo.
- Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 24 .................. 0,15 puntos por cada mes completo.
- Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 24 ............................... 0,10 puntos por cada mes completo.
– Otra experiencia profesional relacionada con el puesto al que se opta, según lo que se establezca en esta convocatoria (máximo 20 puntos) ……..….. 0,10 puntos por cada mes completo.
A los efectos del punto anterior, se considera otra experiencia profesional relacionada con el puesto, la siguiente:
* Facturación
* Contratación
* Logística
* Patrimonio
* Control de Gestión
* Contabilidad
* Cualquier otra área que la Comisión de Selección considere relacionada con las funciones del puesto.
c) Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo 30 puntos):
– Por cada crédito o por cada diez horas, como docente o discente, en cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, que estén relacionados directamente con el contenido del puesto al que se opta .……………………0,10 puntos
A los efectos del punto anterior, se consideran relacionadas las áreas temáticas siguientes:
* Facturación
* Contratación
* Logística
* Patrimonio
* Control de Gestión
* Contabilidad
* Cualquier otra área que la Comisión de Selección considere relacionada con las funciones del puesto.
Para la valoración de los cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, se requiere lo siguiente:
* Organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que ha de constar en el correspondiente certificado.
En el caso de que la actividad haya estado organizada por una entidad de derecho público conforme al artículo 2.2.a) de la Ley 39/2015, el interesado ha de acreditar esta condición.
* Organizados por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro e impartidos en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan estado acreditados y/o subvencionados por aquellas, lo que ha de constar en el correspondiente certificado.
* Realizados en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito estos acuerdos.
– Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) correspondiente al nivel C1 de catalán …………..………4 puntos
– Por tener el título, diploma o certificado oficial, emitido de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) correspondiente al nivel C2 de catalán ………..………5 puntos
(Sólo se valorará el título, diploma o el certificado oficial de conocimientos de catalán que corresponda al mayor nivel que posea el concursante)
– Por tener el certificado de nivel E (lenguaje administrativo) de catalán, de conformidad con lo previsto en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo) …………….………1 punto
(Se acumula a cualquier otro nivel que se tenga)
3) Características del puesto convocado:
La persona que obtenga el puesto tendrá la dependencia -orgánica y funcional- y desempeñará las funciones propias de un jefe de sección de gestión económica de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Mateu Orfila, entre ellas las siguientes:
a) Dirigir, organizar, controlar y planificar el trabajo de facturación, contratación, logística, patrimonio y control de gestión.
b) Coordinar el trabajo de contabilidad con el resto de unidades de Gestión Económica.
c) Determinar necesidades de formación de los profesionales a su cargo y proponer acciones formativas
d) Apoyo a la Gerencia del Área de Salud y realización de otras tareas que se le encomienden.
4) Los aspirantes deben adjuntar la documentación original o una copia compulsada que justifique los requisitos y los méritos alegados.
5) La solicitud para participar en el proceso selectivo, dirigida al órgano convocante, debe presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Debe formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6) Comisión de Selección:
– Presidente: José Pastor Palenzuela (designado por el director general del Servicio de Salud)
Vocales:
– Jaume Coll Morey (designado por el director general del Servicio de Salud)
– Noemí Borrás Andreu, Directora de Gestión y Servicios Generales del Área de Salud de Menorca
– Antonio Ligero García, Jefe de Servicio de Recursos Humanos del Área de Salud de Menorca
- Secretaria: Carmen Virtudes Gonçalves, Jefa de Sección de Personal.
Si se produce alguna vacante en la Comisión de Selección, se nombrará un nuevo integrante.
Interposición de recursos
Contra esta resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. No se podrá interponer un recurso contencioso mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 2 de Junio de 2017
La Consejera de Salud
PD El director general del Servicio de Salud de les Illes Balears (BOIB 10/2016)
Julio Miguel Fuster Culebras