Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6148
Corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de concurso, del puesto de trabajo de Jefe de Grupo de Relaciones Laborales de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca
Hechos
1. En el BOIB núm. 59 de 16 de mayo de 2017 se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de concurso, del puesto de trabajo de Jefe de Grupo de Relaciones Laborales de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca.
2. Se ha advertido un error en el punto 5, apartado B.2), de dicha resolución, el cual se procede a rectificar mediante la presente resolución.
Fundamentos de Derecho
1. Art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Art. 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error observado en el punto 5, apartado B.2) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de concurso, del puesto de trabajo de Jefe de Grupo de Relaciones Laborales de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca en el sentido siguiente:
- Donde dice:
"B.2) Otra experiencia profesional relacionada con el puesto de trabajo al que se opta (experiencia en Relaciones Laborales en el sector público y en la gestión de la prevención de riesgos laborales), siempre que no sea la experiencia correspondiente a los servicios prestados en alguna de las categorías estatutarias necesarias para ocupar el puesto convocado ni la experiencia correspondiente a la ocupación de puestos de jefatura (máximo de 20 puntos)….................. 0,20 puntos por cada mes completo."
- Debe decir:
"B.2) Otra experiencia profesional relacionada con el puesto al que se opta, según lo que se establezca en la convocatoria (máximo 20 puntos)………………………….. 0,10 puntos por cada mes completo.
A los efectos del punto anterior, se considera otra experiencia profesional relacionada con el puesto, la siguiente:
- Experiencia en unidades u órganos administrativos del sector público realizando todas o algunas de las funciones del puesto convocado.
- Cualquier otra área que la Comisión de Selección considere relacionada con las funciones del puesto."
2. Otorgar un nuevo plazo de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta corrección en el Butlletí Oficial de les Illes Balears para que les persones interesadas en participar en la convocatoria presenten la siguiente documentación:
- Solicitud de participación.
- Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados.
Cuando no se presente una nueva solicitud, se dará por válida la solicitud ya presentada.
3. Publicar la presente convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el B.O.I.B., de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el B.O.I.B., de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 25 de mayo de 2017
La Consejera de Salud
PD El director general del Servicio de Salud de les Illes Balears (BOIB 10/2016)
Julio Miguel Fuster Culebras