Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6136
Despido/Cese en general 389 /2016
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000389 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª FRANCISCA FAJARDO BALDO contra la empresa ALMACENES RULLAN SA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“D E C R E T O
Letrado de la Administración de Justicia D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ.
En PALMA DE MALLORCA, a dos de mayo de dos mil diecisiete.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- FRANCISCA FAJARDO BALDO presentó demanda frente a ALMACENES RULLAN SA, incoándose el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000389 /2016.
SEGUNDO.- La parte actora ha presentado escrito desistiendo de su demanda.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Tener por desistido a FRANCISCA FAJARDO BALDO de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.
Incorpórese el original al Libro de Decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº de este Juzgado del Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”
Y para que sirva de notificación en legal forma a ALMACENES RULLAN SA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a cinco de junio de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA