Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS
Núm. 6009
Deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos trescientos veintiocho (328) metros de longitud, en la playa de Tramontana (vértices 856 y 859 del deslinde aprobado por OO.MM. de 21/11/1997 y 19/12/1997) en el término municipal de Formentera, (Illes Balears). Refª: DES01/05/07/0005
Por sentencia firme de la Audiencia Nacional de fecha 12 de octubre de 2001, se anuló el deslinde entre los hitos 856 a 859 del deslinde aprobado por O.O.M.M. de 21/11/1997 y 19/12/1997, debiendo practicarse nuevo deslinde ajustándose a la realidad declarada por esa sentencia.
La Demarcación de Costas en Illes Balears, previa autorización de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, con fecha 24 de mayo de 2017, ha dictado providencia de incoación del expediente de deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos trescientos veintiocho (328) metros del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1997 rectificada por O.M de 19 de diciembre de 1997, en playa de Tramontana, en el término municipal de Formentera, (Illes Balears),de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral (BOE 30/05/2013).
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 21.2.a) del Reglamento General de Costas (Real Decreto 876/2014), esta Demarcación procede a realizar la INCOACION E INFORMACIÓN PUBLICA del expediente de deslinde, durante el plazo de UN MES, a fin de que cualquier interesado pueda comparecer en el mismo, examinar los planos de delimitación provisional del dominio público y de las servidumbres y formular las alegaciones que considere oportunas.
Se hace pública, igualmente, la suspensión de otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre y en su zona de servidumbre de protección, hasta la resolución del expediente de deslinde, que llevará implícita el levantamiento de dicha suspensión.
El expediente de deslinde que incluye los planos con la delimitación provisional, estarán a disposición de los interesados en la Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar (Plaza San Juan de la Cruz s/n, 28071-Madrid), y una copia del expediente podrá ser examinada en las dependencias de la Demarcación de Costas en Illes Balears, sita en la calle Felicià Fuster, nº 7, Edificio de la Administración Periférica, en Palma de Mallorca, de 9 a 14 horas. El plano con la delimitación propuesta también podrá ser consultado en el Ayuntamiento de Formentera.
Palma, 25 de mayo de 2017
EL JEFE DE LA DEMARCACION DE COSTAS EN ILLES BALEARS
Carlos Simarro Vicens