Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 5962
Encargo de gestión del expediente de contratación del servicio de inserción publicitaria del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales al Consejo de Mallorca
La presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, el 30 de mayo de 2017, dictó la resolución que se transcribe a continuación:
« Resolución del encargo de gestión del expediente de contratación del servicio de inserción publicitaria del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales al Consejo de Mallorca
Antecedentes
Dado que en el Consejo de Mallorca se está tramitando el expediente de contratación del servicio relativo a la inserción publicitaria en los medios de comunicación por el Consejo de Mallorca y que consiste en la gestión de anuncios publicitarios en cualquier soporte o formato: prensa y otras publicaciones, cuñas de radio, spots de televisión y cine, medios de comunicación digitales y redes sociales.
Dado que desde la Gerencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, en adelante IMAS, se manifiesta que es más beneficioso y eficiente para ambas instituciones contratar el servicio de manera conjunta y, por lo tanto, se considera aconsejable adherirse al contrato tramitado por el Consejo de Mallorca; mediante informe propuesta del director gerente de fecha 17 de mayo de 2017, con Registro de entrada en el Servicio Jurídicoadministratiu de 18 de mayo de 2017, se propone la tramitación del correspondiente expediente para encargar la gestión de la contratación del servicio de inserción publicitaria del IMAS al Consejo de Mallorca.
Consideraciones jurídicas
El IMAS es un organismo autónomo, creado y dependiente del Consejo de Mallorca.
El Pleno del Consejo de Mallorca, por acuerdo de fecha 13 de octubre de 2016, aprobó el Texto Consolidado de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (BOIB núm. 140 de 5 de noviembre de 2016).
El artículo 2.1 de los Estatutos dispone que el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales tiene por objeto fundamental el ejercicio, en forma directa y descentralizada, de las competencias atribuidas por cualquier título al Consejo de Mallorca en materia de servicios sociales y menores.
El artículo 11 (Encomiendas de gestión) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, prevé que se puede encargar la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público a otros órganos o entidades de la misma administración o de otra de diferente, por razones de eficacia.
El párrafo 3 del mencionado artículo 11 dispone que el encargo de gestión entre órganos administrativos o entidades de derecho público que pertenecen a la misma administración se tiene que formalizar en los términos que establezca su normativa propia y, si no hay, por acuerdo expreso de los órganos o las entidades que intervienen. En todo caso, el instrumento de formalización del encargo de gestión y de la resolución se tienen que publicar, para que tengan eficacia, en el diario oficial correspondiente.
Resolución
Por todo ello, resuelvo:
1. Encargar la gestión de la contratación del servicio de inserción publicitaria del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales al Consejo de Mallorca.
De conformidad con la propuesta de la Mesa de contratación del expediente de referencia del Consejo de Mallorca, el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales adjudicará el contrato y lo formalizará.
2. Notificar esta resolución al Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia y a la Intervención General del Consejo de Mallorca.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos del artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.»
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos.
Palma, 2 de junio de 2017
La secretaria delegada
(BOIB núm.160 de 14-11-2006)
Inmaculada Borrás Salas