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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 5798
Aprobación inicial de la propuesta de Modificación Puntual núm. 7 del PGOU de Inca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por  el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria de día 25 de mayo de 2017 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“1.- APROBAR INICIALMENTE, la propuesta de Modificación Puntual núm. 7 de PGOU de Inca, consistente en la introducción de la ordenación de la edificación para configuración flexible a la calificación de ensanche (Ei), así como el cambio de la ordenación actual, por alineación a vial, en configuración flexible de la parcela urbana núm. 5 de la UA-15, delimitada por la avenida Jaime II, calle Ibiza, calle Menorca y el espacio libre público ELP6-ZV , que ha sido redactada por el arquitecto, D. Francisco Javier Muñoz Bustillo.

2.- SOMETER a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncios que se publicarán en el boletín Oficial de las Islas Baleares, en un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de modificación Puntual; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.

3.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta de Modificación Puntual.

4.- ACORDAR que la presente propuesta de Modificación puntual queda no sujeta al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, dado que se encuentra dentro de los supuestos previstos en el artículo 9.4 a) apartado I de la Ley 12/2016, de 9 de agosto de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

5.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que se puedan ver afectadas por la presente Modificación puntual de planeamiento y, en particular, el informe previo del Consell de Mallorca, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54.5 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso de suelo, el Consell Insular de Mallorca y artículo 156 del Reglamento.

6.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados que como consecuencia de la nueva aprobación inicial puedan verse afectados como consecuencia de las modificaciones introducidas.”

Lo que se comunica, para su conocimiento y efectos oportunos.

   

Inca, 29 de mayo de 2017

El Alcalde-Presidente
Virgilio Moreno Sarrió