Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 5749
Cese y nombramiento de tenientes/tas de Alcalde
En fecha 29 de mayo de 2017, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Artà, ha dictado un Decreto de cese y nombramiento de tenientes / tas de Alcalde, la parte dispositiva del cual se transcribe a continuación:
<<PRIMERO. Cesar al concejal Manuel Galán Massanet, de sus funciones como primer teniente de alcalde.
SEGUNDO.- Nombrar primer teniente de alcalde el concejal Bartolomé Gili Navidad
Por lo cual, el orden definitivo de los Tenientes de Alcalde es el siguiente:
- PRIMER TENIENTE ALCALDE ............ Bartomeu Gili Navidad
- SEGUNDO TENIENTE ALCALDE ........ Ana María Comas Delgado
- TERCER TENIENTE ALCALDE ............ Manuel Rocha Barrientos
- CUARTO TENIENTE ALCALDE ........... Onofre Sierra Vila
A los Tenientes de Alcalde, como tales les corresponderá sustituir a esta Alcaldía en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones.
TERCER. De la presente resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificando se, además, personalmente a los designados, y se publicará en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la presente resolución.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto ..
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y el artículo 40 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Asimismo, se puede interponer reclamación ante la Comisión prevista en el Decreto 24/2016 de 29 de abril, de creación y de atribuciones de competencias a la Comisión para la resolución de las reclamaciones en materia de acceso a la información pública (BOIB Núm. 054 de 30 / abril / 2016) al plazo de un mes contado desde el día siguiente que se haya notificado, de acuerdo con el artículo 24 y la disposición adicional cuarta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.>>
Artà, 29 de mayo de 2017
El alcalde
Manuel Galán Massanet