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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 5725
Acuerdo sobre la contratación conjunta esporádica entre el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, el Patronato municipal del Hospital de Ciutadella de Menorca y el Patronato municipal de las Escuelas Infantiles para la encomienda de gestión conjunta, a medio propio, para la elaboración de los nuevos inventarios de bienes y derechos y mantenimiento integral de programas informáticos y rectificación anual inventarios

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Texto

Acuerdo sobre la contratación conjunta esporádica entre el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, el Patronato municipal del Hospital de Ciutadella de Menorca y el Patronato municipal de las Escuelas Infantiles para la encomienda de gestión conjunta, a medio propio, para la elaboración de los nuevos inventarios de bienes y derechos y mantenimiento integral de programas informáticos y rectificación anual inventarios.

Exp. 3220/2017

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, en Sesión Ordinaria de día 03/05/2017, aprobó el acuerdo sobre la contratación conjunta esporádica entre el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, el Patronato municipal del Hospital de Ciutadella de Menorca y el Patronato municipal de las Escuelas Infantiles para la encomienda de gestión conjunta, a medio propio, para la elaboración de los nuevos inventarios de bienes y derechos y mantenimiento integral de programas informáticos y rectificación anual inventarios, con el contenido siguiente:

«ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN CONJUNTA ESPORÁDICA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA, EL PATRONATO MUNICIPAL DEL HOSPITAL DE CIUTADELLA DE MENORCA Y EL PATRONATO MUNICIPAL DE LAS ESCUELAS INFANTILES PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN CONJUNTA, A MEDIO PROPIO, PARA ELABORACIÓN DE LOS NUEVOS INVENTARIOS DE BIENES Y DERECHOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE PROGRAMAS INFORMÁTICOS.

REUNIDOS

De una parte, la Alcaldesa del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, la Sra. Joana Gomila Lluch, asistida por la Secretaria de la Corporación, Sra. Caterina Barceló Martí que da fe del acto.

Por otra parte:

La Sra. Maria Gracia Mercadal Marqués, en calidad de presidenta del patronato y en representación del Patronato municipal del Hospital de Ciutadella de Menorca, con domicilio a efectos de notificaciones en la Plaza San Antonio núm. 2 de Ciutadella de Menorca.

La Sra. Natividad Benejam Bagur, en calidad de Presidenta del patronato y en representación del Patronato municipal de Escuelas Infantiles de Ciutadella de Menorca, con domicilio a efectos de notificaciones en la Plaza del Born núm. 15 de Ciutadella de Menorca.

Las partes se reconocen mutuamente la calidad en que cada uno interviene, así como capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este convenio y, a efectos

EXPONEN

1. El Patronato municipal del Hospital y el Patronato municipal de escuelas infantiles de Ciutadella de Menorca, son entes instrumentales públicos del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, los cuales han sido constituidos como organismos autónomos locales y administrativos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la Ley de 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y del Régimen Local de las Islas Baleares.

2. Las entidades locales tienen la obligación de formar un inventario valorado de todos sus bienes que les pertenezcan, y que deberá comprender los bienes de dominio público, los patrimoniales, los derechos y los valores mobiliarios, descritos con el detalle necesario para a su identificación, de acuerdo con el artículo 132.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares y artículo 17 del Real decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

De igual manera, los organismos autónomos locales y las entidades públicas empresariales deben formalizar también inventarios separados de sus bienes y derechos y cuáles copias deben adjuntarse como anexo del inventario general del ente local, tal y como lo establece el artículo 132.4 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.

3. Los estatutos del Patronato municipal del Hospital y el Patronato municipal de Escuelas Infantiles de Ciutadella de Menorca, disponen entre sus objetivos la administración de su patrimonio y la confección de su inventario de bienes y derechos para ser remitido anualmente a la concejalía a la que están adscritos.

4. El Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca ha constatado que actualmente no se dispone de un inventario real, sólo actualizado con los movimientos contables de año tras año, que se encuentra de forma dispersa, a falta de incluir y clasificar documentación de fincas diversas que de forma aislada custodia secretaría.

Por lo cual, es necesario disponer de un inventario que esté en formato y soporte informático que sea utilizable por los diferentes servicios municipales, circunstancia que conlleva tener que cambiar de aplicación informática y de revisar el inventario del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca y de los Patronatos municipales del hospital y de las escuelas infantiles para unificar o desglosar fincas, bienes, etc. de tal forma que sea una herramienta más cercana y actualizada por los usuarios

5. Que el ayuntamiento de Ciutadella de Menorca dispone de la entidad SILME, SA, medio propio y que mediante encomienda de gestión, aprobada por acuerdo de la junta de gobierno local de fecha 18/01/2017, le presta los trabajos de mantenimiento integrales de los programas informáticos de uso corporativo del Ayuntamiento de Ciutadella además de supervisión de equipos para el ejercicio 2017 y en la que además incluye los trabajos de actualización del inventario.

6. El artículo 38 de la Directiva 2014/24 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, de aplicación directa, admite la contratación conjunta por dos o más poderes adjudicadores con un mismo objeto, para aprovechar economías de escala y, al mismo tiempo, que permite una eficiente utilización de los recursos públicos.

7. El Patronato municipal del hospital y el Patronato municipal de escuelas infantiles de Ciutadella de Menorca son financiados mayoritariamente con fondos con cargo a los presupuestos municipales del ayuntamiento de Ciutadella, convirtiéndose en entes dependientes de dicho ayuntamiento.

Por todo lo expuesto, las partes, de común acuerdo, aceptan adoptar el presente acuerdo que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

PRIMERA. Contratar conjuntamente por el ayuntamiento de Ciutadella, mediante encomienda de gestión, las siguientes prestaciones, a efectos de obtener una mejor eficiencia económica y organizativa:

1. Elaboración de los nuevos inventarios de bienes y derechos del Ayuntamiento de Ciutadella, del Patronato municipal del Hospital y del Patronato municipal de escuelas infantiles de Ciutadella de Menorca.

2. Trabajos de mantenimiento integral de los programas informáticos de uso corporativo del ayuntamiento de ciutadella y de sus sedes, del patronato municipal del hospital y del patronato municipal de escuelas infantiles de ciudadela de Menorca, así como la supervisión de los equipos y asistencia a las sub-sedes municipales y en las sedes de los patronatos y rectificación anual de los inventarios de bienes y derechos, para el ejercicio 2018 y siguientes.

SEGUNDA. El ayuntamiento de Ciutadella se hará cargo de toda la tramitación, aprobación y formalización conjunta de las encomiendas de gestión de las prestaciones anteriormente relacionadas y los Patronatos aceptarán a la empresa con la que se acuerde dicha encomienda de gestión.

De los acuerdos adoptados, el ayuntamiento dará cuenta al Patronato municipal del hospital y al Patronato municipal de escuelas infantiles, para su conocimiento y efectos.

Será a cargo de los patronatos municipales la tramitación y aprobación inicial de sus inventarios, una vez estos les sean entregados por la empresa contratada, y la posterior remisión al ayuntamiento para la aprobación definitiva de acuerdo con lo establecido en los sus estatutos.

TERCER. El ayuntamiento de Ciutadella asumirá las siguientes obligaciones económicas de sus entidades dependientes:

1. Asumirá con cargo al presupuesto municipal para el ejercicio 2017, el coste de la elaboración del inventario de bienes y derechos del Patronato municipal del hospital y del Patronato municipal de escuelas infantiles.

2. Asumirá con cargo a los presupuestos municipales de los ejercicios futuros, el coste de los trabajos de mantenimiento integral de los programas informáticos, de supervisión de sus equipos y de asistencia y rectificación anual de sus inventarios de bienes y derechos, del patronato municipal del hospital y del patronato municipal de escuelas infantiles de Ciutadella de Menorca.

CUARTO. El plazo de vigencia del presente acuerdo será coincidente con las encomiendas de gestión que formalicen en relación a las prestaciones relacionadas en el acuerdo primero, y en todo caso mientras persista la necesidad de formalizar nuevas encomiendas de gestión en relación a la cláusula primera apartado 2 , a no ser que alguna de las partes renuncien expresamente al mismo.

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su firma por las partes.

QUINTO. El patronato municipal del hospital y el Patronato municipal de escuelas infantiles designarán a un trabajador para el seguimiento de la encomienda de gestión que se acuerde y los trabajos encomendados.

SEXTO. Al presente acuerdo le es de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, Ley 20/2006 de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, Ley 7 / 1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local y demás normativa que sea de aplicación. »

Ciutadella de Menorca, 26 de mayo de 2017

La secretaria

Caterina Barceló Martí