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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5608
Juzgado Social 4 de Palma refuerzo. Despido/Ceses en general 350/2016

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Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004, REFUERZO, de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO 0000350 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª OSAGIOBARE PRINCESS MAREY contra la empresa  READ´S HOTEL SL y el FOGASA  sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por Dña. Osagiogbare Princess Marcy contra la entidad Read´s Hotel S.L., debo DECLARAR  y DECLARO la improcedencia del despido por la falta de llamamiento para la temporada 2016, CONDENANDO a la empresa demandada a que, a su opción, en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución, bien readmita a la trabajadora con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, bien dé por extinguido el contrato mediante el pago de una indemnización de 11.031´3 euros, CONDENÁNDOLA asimismo al pago de la cantidad de 2.827´63 euros en concepto de salarios no abonados, con los intereses por mora correspondientes.

En caso de que por el empresario no se opte, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera (artículo 56.3 TR del ET)

Y para que sirva de notificación en legal forma a  READ´S HOTEL SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinticinco de mayo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA