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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 5499
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2017 por el que se rectifican las denominaciones de determinadas categorías profesionales incluidas en la oferta de empleo público para 2017 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2017

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Texto

Por medio del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2017 se aprobó la oferta de empleo público para 2017 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, que había sido negociada previamente con las organizaciones sindicales pertinentes.

Se ha advertido que tanto en el Acuerdo de la Mesa Sectorial como en el Acuerdo del Consejo de Gobierno se utilizaron unos nombres que no coinciden estrictamente con la denominación oficial de algunas de las categorías que aparecen en el anexo de dicho acuerdo, motivo por el que es conveniente hacer las rectificaciones oportunas.

Por ello, previa deliberación y negociación, como es pertinente, en la sesión de 19 de mayo de 2017 de la Mesa Sectorial de Sanidad, las partes acordaron realizar la rectificación oportuna de las denominaciones de dichas categorías profesionales, de manera que las menciones hechas a las categorías de médico/médica de familia, pediatra de atención primaria, médico/médica de urgencias y FEA de anestesia deben entenderse hechas a las siguientes categorías, respectivamente: médico/médica de familia en equipos de atención primaria, médico/médica especialista en pediatría/puericultura en equipos de atención primaria, médico/médica de urgencias hospitalarias y facultativo/facultativa especialista de área de anestesia y reanimación.

Dado que corresponde al Consejo de Gobierno aprobar las ofertas de empleo público, es preciso que dicho órgano apruebe este acuerdo, a fin de que estas rectificaciones sean válidas.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud, en la sesión del día 26 de mayo de 2017 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Rectificar las denominaciones de las categorías profesionales que aparecen en el anexo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2017 por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2017 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, de la siguiente manera:

Donde dice:

Médico/médica de familia

Pediatra de atención primaria

Médico/médica de urgencias

FEA de anestesia

Debe decir, respectivamente:

Médico/médica de familia en equipos de atención primaria

Médico/médica especialista en pediatría/puericultura en equipos de atención primaria

Médico/médica de urgencias hospitalarias

Facultativo/facultativa especialista de área de anestesia y reanimación

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

   

Palma, 26 de mayo de 2017

   

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra