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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 5468
Encomienda de gestión a Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa, S.A.U. (FECOEV), para llevar a cabo la producción técnica del IV Festival Cultural Nits de Tanit 2017

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Texto

De conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se hace público que en la reunión ordinaria de fecha 19 de mayo de 2017 del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa, sus miembros acordaron aprobar por unanimidad, previa declaración de urgencia, la siguiente propuesta del conseller executiu del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud:

“Es voluntad del Consell Insular d’Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que permiten, a los habitantes de la isla y a todos aquellos que la visiten, acceder a la cultura en las diversas manifestaciones en que esta se puede dar.

En este sentido, el día 20 de marzo de 2017, se dispuso la incoación del expediente para la realización del IV Festival Cultural Nits de Tanit 2017, entre los meses de junio, julio y agosto de 2017. Este festival está pensado para difundir la cultura a través de diversas disciplinas artísticas como la música, la lírica, el teatro, la danza, etc., en un marco arquitectónico como es el recinto exterior de la sede de la Universidad de les Illes Balears en Eivissa (antiguo edificio de la Comandancia, calle del Calvari núm. 1, de Eivissa), a los pies de la murada del casco antiguo de la ciudad, que ha sido declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consells Insulars en materia de Patrimonio Histórico, de Promoción Sociocultural, de Animación Sociocultural, de Depósito Legal de Libros y de Deportes, establece que los Consells Insulars asumirán diversas competencias en materia de cultura, ente las cuales se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de estructura del Gobierno del Consell Insular d’Eivissa y creación de Departamentos, publicado en el BOIB núm. 103, de 10.07.2015, establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud comprende entre otras la actividad competencial propia de los Consells Insulares en relación con las actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental.

Visto el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para su ejercicio. Atendido que el Consell Insular d’Eivissa no cuenta con medios suficientes para llevar a cabo la producción técnica de este Festival.

Considerando que Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa S.A.U. (FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular d’Eivissa, y de acuerdo con el artículo 1 bis de sus estatutos tiene “la condición de medio propio del Consell insular d’Eivissa (...)”. Asimismo, el artículo 1.2 establece que “El Consell insular d’Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)”, el cual dispone que,

“Constituye el objeto de la sociedad:

a. La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

b. Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

c. Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y reconversión turística.

2. Las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Eivissa mediante:

a. La gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de índole pública como privada (...)”.

El Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consell Insular d’Eivissa a sus medios propios, y posteriormente en fecha 29 de mayo de 2015, estableció los criterios de fiscalización limitada previa para los expedientes de encomienda de gestión, entre otros.

En fecha 8 de mayo de 2017 se emite memoria técnica donde se concretan tanto las características de los trabajos que se han de encargar, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.

Atendido que según el Decreto de Presidencia núm. 287/2015 de determinación de les atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa, por importe, le corresponde al Consell Executiu la aprobación de la encomienda de gestión.

Visto el informe jurídico favorable de fecha 11 de mayo de 2017.

Atendido el informe propuesta emitido por el técnico de Departamento de Educación, Patrimonio i Cultura, con el visto y conforme de la secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud en fecha 11 de mayo de 2017, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario de la Intervención de la Corporación, y para el caso que el informe mencionado sea favorable y de conformidad.

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con el artículo 72.d del Reglamento Orgánico del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-9-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016) elevo al Consell Executiu la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero: APROBAR la encomienda de gestión directa y eventual del Consell Insular d’Eivissa a FECOEV para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del IV Festival Cultural Nits de Tanit 2017, en los términos establecidos en la memoria técnica siguiente:

MEMORIA TÉCNICA EN RELACIÓN A LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN A FECOEV PARA LA PRODUCCIÓN TÉCNICA DEL IV FESTIVAL CULTURAL NITS DE TANIT 2017

1. Objeto

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular d’Eivissa, dentro del marco de sus competencias y como parte de su programación cultural para el año 2017, tiene previsto llevar a cabo entre los meses de junio a agosto de 2017 el IV Festival Cultural Nits de Tanit.

Este Festival tendrá lugar los días, a las horas, con los artistas y espectáculos que se detallan a continuación:

- 24 de junio de 2017 a las 22 horas. Concierto a cargo de la cantante Ana Alcaide.

- 22 de julio de 2017 a las 22 horas. Concierto a cargo de la cantante Uxía.

- 23 de julio de 2017 a las 22 horas. Concierto a cargo de la cantante Elida Almeida.

- 20 de agosto de 2017 a las 22 horas. Concierto a cargo del grupo Dreamer's Circus

- 26 de agosto de 2017 a las 22 horas. Concierto a cargo del cantante Ismael Serrano.

El lugar de celebración de estos espectáculos incluidos dentro del IV Festival Cultural Nits de Tanit será el recinto exterior de la Sede Universitaria de les Illes Balears en Eivissa (edificio de la antigua Comandancia), a los pies de la murada del casco antiguo de la ciudad, declarado Patrimonio de la Humanidad, en la calle del Calvari, 1, Eivissa.

El objeto de esta encomienda es la producción técnica del IV Festival Cultural Nits de Tanit 2017, que incluye lo siguiente:

- montaje de escenarios

- equipamientos de luz y sonido conforme a los riders proporcionados por los artistas

- equipamientos backline

- suministro y colocación de gradas para 200 personas

- suministro y colocación de un máximo de 600 sillas por espectáculo y posterior retirada

- suministro y colocación de vallas con lonas para cerrar el perímetro exterior del área destinada a los espectáculos

- suministro y colocación de vallas para controlar el acceso de público

- cierre del perímetro del escenario

- suministro y montaje de carpa para la venta de entradas

- suministro, montaje y habilitación de una carpa para los camerinos de los artistas

- habilitación de una zona de aparcamiento de vehículos autorizados (artistas, Consell y proveedores)

- emisión de autorizaciones de vehículos y control del parquin de vehículos autorizados

- implantación del plan de emergencia con todas las necesidades que comporte:

  • vigilancia
  • cabinas sanitarias
  • ambulancias
  • limpieza
  • protección civil
  • control aforamiento
  • control del acceso del público a las instalaciones los días de los espectáculos

- atención a las necesidades técnicas y de equipamientos que hagan los artistas o las compañías (espejos, toallas, perchas, aguas, mobiliario, utensilios para el escenario, etc.)

- suministro del catering para las compañías o para los artistas durante el tiempo en que estén en el recinto donde se llevará a cabo la actuación

- ornamentación floral del escenario y entrega de ramos de flores a los artistas que así lo requieran

- tramitación y obtención de todos los permisos inherentes a la actividad objeto de encomienda

NOTA: Por lo que respecta a las autorizaciones de la actividad, atendido que es una actividad no permanente mayor, se ha de tener en cuenta que el artículo 67.2 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades prevé que si la actividad se repite anualmente, la documentación técnica continúa siendo válida siempre y cuando se presente un certificado de un técnico competente que indique que la actividad, las condiciones y la normativa no se han modificado con respecto a la última autorización otorgada, por tanto, dado que en años anteriores ya se realizó el Festival Cultural Nits de Tanit en el mismo emplazamiento, sería necesario solicitar nuevamente la actividad propuesta para este año, haciendo referencia a la documentación técnica que obra en las dependencias municipales (exp. actividades 1014/2014).

Asimismo, indicar que se dispone de plan de autoprotección de las "Actividades culturales que se lleven a cabo en las terrazas exteriores del edificio de la Comandancia" inscrito con el núm. RGPA 167/2014 de la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia del Govern de les Illes Balears. Es responsabilidad de la empresa encomendada la implantación del plan, dando cuenta a la Dirección de Emergencias de la actividad del plan y el organigrama del personal responsable.

Por lo que respecta a la puesta en servicio de la instalación eléctrica temporal, será necesario solicitar una nueva puesta en servicio de la instalación para este año. La instalación eléctrica temporal dispondrá de suministros autónomos (generadores).

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (en adelante FECOEV), con NIF: A-07837602, es una entidad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, que tiene como objeto, entre otros, la realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción cultural.

Esta entidad tiene el carácter de medio propio y es la entidad que ha realizado parte de los trabajos de realización y producción de este Festival, junto con el Consell Insular, en ediciones anteriores, por lo cual, su personal es conocedor de las acciones necesarias para llevarlo a cabo.

Visto que la mencionada empresa pública dispone de medios para poder ejecutar estas acciones de producción técnica del IV Festival Cultural Nits de Tanit 2017 y teniendo en cuenta que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevarlo a cabo.

De conformidad con la instrucción de Secretaría del Consell Insular, aprobada por el Consell Executiu en fecha 13.05.2013, el Consell Insular puede encomendar a FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia. Asimismo, el Consell Executiu en sesión celebrada en fecha 29.05.2015 estableció los criterios de fiscalización limitada previa de los expedientes de encomienda de gestión, entre otros.

Es por todo lo anterior que el Consell Insular d’Eivissa, mediante el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud propone que se encomiende a FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la producción técnica del IV Festival Nits de Tanit 2017.

 

3. Justificación y necesidad

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consells Insulars en materia de Patrimonio Histórico, de Promoción Sociocultural, de Animación Sociocultural, de Depósito Legal de Libros y de Deportes, establece que los Consells Insulars asumirán las competencias relacionadas en el Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de les Illes Balears en materia de cultura, entre las que se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de estructura del Gobierno del Consell Insular d’Eivissa y creación de Departamentos, publicado en el BOIB núm. 103, de 10 de julio de 2015, establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud "Comprende la actividad competencial propia de los Consells Insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Asimismo gestionará las actividades propias del sector de deportes, actividades recreativas, de esparcimiento y ocio, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestado en los diferentes centros propiedad del Consell Insular”.

Por eso es voluntad del Consell Insular d’Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

En este sentido, el Festival Cultural Nits de Tanit está pensado para difundir diversas disciplinas artísticas (música, lírica, teatro, danza, etc.) que suponen un beneficio cultural y lúdico, que pretende llegar no tan solo a los habitantes habituales de la isla sino también a los visitantes que durante las fechas de este Festival visitan la isla, ofreciendo a todo el mundo espectáculos de calidad y contribuyendo a la promoción y la proyección exterior de Eivissa, ya que se dan a conocer aspectos patrimoniales de la isla (el marco en que está previsto que se celebre está declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO).

4. Plazo de duración

La duración de las actuaciones a encomendar son del 24 de junio al 26 de agosto de 2017 (ambos incluidos), según el calendario establecido en el objeto de esta memoria técnica. No obstante esta encomienda desplegará sus efectos desde el momento de la notificación a la entidad encargada, lo cual supondrá la orden de inicio de las actuaciones.

Esta encomienda tendrá vigencia hasta el día en que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano gestor que hará el seguimiento de la encomienda que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha del 30 de octubre de 2017.

5. Presupuesto y aplicación presupuestaria

CONCEPTO

IMPORTE

Gastos por la realizacinó de una actividad no permanente mayo: tramitación y obtención de permisos, inspección técnica de los montajes, comunicación al Ayuntamiento de Eivissa, emisión de boletines de instalación eléctrica temporal, certificaciones, tasas inherentes a la actividad no permanente mayor...

16.400,00 €

Suministro y montaje de elementos técnicos y otros elementos necesarios para el desarrollo de la actividad: equipamientos de luz y sonido, generadores, escenario, gradas, sillas, vallas carpas, cabinas sanitarias...

104.650,00 €

Implantación plan de emergencia

19.950,00 €

Producción técnica y coordinación con la producción artística: ornamentación, backline, catering...

9.000,00 €

TOTAL

150.000,00€

El Consell Insular d’Eivissa destinará a la producción técnica del IV Festival Cultural Nits de Tanit la cantidad de 150.000,00 € (ciento cincuenta mil euros) para la encomienda de gestión eventual y directa a FECOEV, en los mismos términos que se han detallado antes. Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 22799 y tendrá el carácter de aportación máxima a los gastos que realice en ejecución de las acciones objeto de esta encomienda.

6. Forma de pago

El pago de las cantidades relativas a los gastos objeto de esta encomienda se realizará a medida que se vayan presentando las correspondientes facturas detalladas, justificativas de los gastos realmente realizados para cada espectáculo.

No obstante esto, el Consell Insular podrá requerir en cualquier momento la documentación que estime oportuna justificativa de los gastos facturados en caso de que no quede suficientemente detallado en las facturas presentadas.

En cualquier caso, se deberá de estar al plazo máximo de justificación previsto en el punto 4 de esta encomienda.

Las facturas se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consell Insular d'Eivissa (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Denominación:

Consell Insular d’Eivissa

Av. d'Espanya, 49

07800 Eivissa

NIF: S 0733001 B

  

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular d'Eivissa

Secretaria Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud

Promoción Cultural

L03070006

LA0007848

LA0005716

El Consell Insular d’Eivissa quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas en el objeto de esta encomienda.

FECOEV inhibirá de toda responsabilidad al Consell Insular d’Eivissa. Todas las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la interpretación y el cumplimiento del presente acuerdo serán sometidas a los juzgados y a los tribunales de la jurisdicción de Eivissa, con renuncia de cualquier otro foro.

7. Posibilidad de prórroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando la encomienda se producen circunstancias que así lo aconsejen, el Consell Insular d’Eivissa podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de vigencia de la encomienda y no afecte a actuaciones ya realizadas. Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requerirá de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga de la encomienda deberá de quedar acreditado que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejerza antes de finalizar el encargo.

8.- Directora de la encomienda

Como directora para la verificación de la ejecución de la encomienda se propone el nombramiento de la funcionaria encargada de la promoción cultural, Sra. Yolanda Andiñach Planells”.

Segundo: APROBAR el pago de la cantidad de esta encomienda de gestión, con un importe máximo de 150.000,00 € (ciento cincuenta mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 22799 de los presupuestos del Consell Insular d’Eivissa de 2017, en los términos previstos en la memoria transcrita en el punto anterior.

Tercero: NOMBRAR a la Sra. Yolanda Andiñach Planells, funcionaria del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, directora para la verificación de la ejecución de la encomienda.

Cuarto: PUBLICAR este acuerdo den el Boletín Oficial de les Illes Balears, de conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

El Consell Executiu hace suya la propuesta, y la aprueba por unanimidad.

(...)”

Eivissa, 22 de mayo de 2017

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
Maria Catalina Tur Torres