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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO PARA LA MEJORA Y EMBELLECIMIENTO DE LA PLATJA DE PALMA

Núm. 5464
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Platja de Palma, de aprobación inicial de los Convenios de colaboración para la ejecución y gestión urbanística de diversas calles de la Platja de Palma

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Texto

La Junta rectora del Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Platja de Palma, en la sesión ordinaria celebrada el 27 de abril de 2017, adoptó los siguientes acuerdos: 

1.- Aprobar inicialmente, los Convenios de colaboración entre el Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Platja de Palma y la entidad Inversiones Llaut, S.L., para la ejecución urbanística de la calle Trobadors, la entidad PABISA, para la gestión urbanística de la calle Pare Bartomeu Salvà y la entidad RIU, para la gestión urbanística del Corredor Paisajístico de las Las Maravillas.

2.- Someter el presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35.2 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo de de ordenación y uso del suelo de les Illes Balears, a un periodo de información pública de un mes [1] mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web del Consorcio www.consorcioplayadepalma.com

El expediente completo de los Convenios podrá ser objeto de consulta durante el citado periodo de información pública, en las oficinas del Consorcio, situadas en Av. Gabriel Alomar, 18, 4º piso. 07006 de Palma, así como en la web www.consorcioplayadepalma.com

3.- Notificar el presente acuerdo, a los particulares cuyos terrenos de su propiedad se encuentren afectados, total o parcialmente, por los Convenios urbanísticos y concederles un trámite de audiencia por idéntico plazo de un mes para que puedan presentar las alegaciones que correspondan en defensa de sus derechos e intereses.

4.- Tener por aprobados definitivamente los expedientes de los convenios y autorizar al Presiente de la Junta Rectora a su firma en el caso de que no se formularan alegaciones en el período de información pública.

5.- Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Palma.

Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 35.2 del Reglamento General de la Ley de 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.

 

Palma, 22 de mayo de 2017

El Presidente del Consorcio,

Gabriel Barcelò i Milta