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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 5409
Resolución del vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, de 22 de mayo de 2017, relativa a la aprobación de las normas de selección de los proyectos expositivos para las salas de exposiciones del Consejo de Mallorca para el año 2018

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Texto

El vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, fecha 22 de mayo de 2017, ha tomado la siguiente resolución, que transcribo literalmente a continuación:

«Antecedentes

»1. El Director Insular de Cultura, mediante memoria justificativa de fecha 22 de mayo de 2017, ha puesto de manifiesto la necesidad de llevar a cabo la selección de artistas como fase previa del proyecto de propuestas expositivas para el año 2018, con el objeto de promoción y divulgación cultural, la sensibilización social hacia las iniciativas de carácter plástico y visual, así como mejorar la continuidad, coherencia y transparencia de la gestión de los espacios expositivos propios del Consejo de Mallorca.

»2. En fecha 22 de mayo de 2017 se ha emitido informe jurídico en relación a los aspectos jurídicos de las normas de selección de los artistas por los proyectos expositivos.

»Fundamentos

»1. El artículo 70.18 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares atribuye a los consejos insulares la competencia, entre otros, en materia de actividades artísticas y culturales, así como de promoción y animación sociocultural.

»2. El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 2 de julio de 2001 (BOIB nº. 102, de 25 de agosto de 2001), y modificado por acuerdos del Pleno de: 8 de marzo de 2004 (BOIB nº. 38, de 16 de marzo de 2004), 28 de julio de 2008 (BOIB nº. 113, de 14 de agosto de 2008), 13 de octubre de 2011 (BOIB nº. 158, de 20 de octubre de 2011), 14 de febrero de 2013 (BOIB nº. 86, de 18 de junio de 2013), 9 de octubre de 2014 (BOIB nº. 145, de 21 de octubre de 2014), 8 de octubre de 2015 (BOIB nº. 186, de 24 de diciembre de 2015), 12 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 157, de 15 de diciembre de 2016) y 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 2, de 5 de enero de 2017).

»3. De acuerdo con el previsto en el artículo 3.a) Decreto de Presidencia del Consejo de Mallorca, de 10 de julio de 2015, por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca (publicado en el BOIB nº. 109, de 18 de julio de 2015, modificado por el Decreto de presidente del Consejo de Mallorca de día 24 de febrero de 2016 (BOIB nº. 27, de 27 de febrero de 2016) y por el Decreto de día 9 de marzo de 2016 (BOIB nº. 35, de 17 de marzo de 2016), corresponde al Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, entre otros, fomentar y difundir la creación y la producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas.

»4. El órgano competente para aprobar estas normas de selección es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, en virtud de lo que prevé el artículo 2 del mencionado decreto de organización del Consejo Insular de Mallorca.

»Vistos los antecedentes y los fundamentos de derecho expuestos, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

»Resolución

»1. Aprobar las normas de selección de proyectos expositivos para las salas de exposiciones del Consejo de Mallorca para el año 2018.

»2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia y en la web del Consejo de Mallorca (www.conselldemallorca.net).»

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación o publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  

Palma, 23 de mayo de 2017

El director insular de Cultura

Rafel M. Creus Oliver, por suplencia

(Resolución del vicepresidente primero y consejero

ejecutivo de Cultura, Patrimonio y Deportes de día 18-11-2016)

    

NORMAS DE SELECCIÓN DE LOS PROYECTOS EXPOSITIVOS PARA LAS SALAS DE EXPOSICIONES DEL CONSEJO DE MALLORCA PARA EL AÑO 2018

Presentación

El Consejo de Mallorca, mediante la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca lleva a cabo el proyecto de propuestas expositivas para programar durante todo el año 2018 en las salas propias del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes con voluntad de fomentar la difusión en artes plásticas y visuales.

La Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca, en el ámbito de su atribución de fomentar y difundir la creación artística y con el objetivo de mejorar la continuidad, coherencia y transparencia de la gestión de los espacios expositivos, abre una convocatoria de proyectos artísticos del ámbito de las artes visuales para su exhibición en la Capilla de la Misericordia, en las salas multiusos del edificio de la Misericordia, en la sala de exposiciones temporales del edificio Krekovic, así como en la finca de Raixa, aunque hay que mencionar que en estos espacios se podrán realizar otros tipos de exposiciones que no estén centradas en las artes plásticas.

El objetivo principal del proyecto que se desarrollen en los diferentes espacios de los centros que dependen del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes o del Consejo de Mallorca tiene que ser la promoción y la divulgación cultural, así como la sensibilización social hacia las iniciativas de carácter plástico y visual.

1. Requisitos para participar en la selección

Podrán participar cualquier persona, colectivo, asociación o entidad que lo desee, de manera individual o colectiva, con cualquier modalidad de las artes plásticas y visuales y con propuestas expositivas inéditas, expresamente concebidas o adaptadas en los espacios de la Capilla de la Misericordia, las salas multiusos del Centro Cultural La Misericordia, la sala de exposiciones temporales del edificio Krekovic, y en la finca de Raixa.

La Sección de Museos y Bellas Artes facilitará la información necesaria sobre las características de estos espacios a los artistas interesados.

2. Documentación

La documentación a presentar es la siguiente:

· Solicitud debidamente cumplimentada (anexo 1).

· Fotocopia del NIF o documento equivalente de la persona física o jurídica solicitando.

· Fotocopia del NIF o documento equivalente de la persona representante legal o bien de la autorizada que firma.

· Documentación que acredite la vigencia del cargo del representante legal en virtud del cual actúa la persona que firma la solicitud o de la autorización correspondiente y suficiente, si la firma otra persona.

· Currículum y propuesta expositiva detallada que contenga un dossier gráfico de la obra que se pretende exponer.

· Documentar las obras (fotos, grabaciones...), formatos, materiales, técnicas, etc.

· Indicar si hay previstas actividades paralelas y, si procede, hacer una breve descripción.

Esta documentación se tendrá que entregar al Registro General del Centro Cultural La Misericordia (Pl. del Hospital 4, 07012, Palma), en uno único sobre, en la carátula del cual se tiene que incluir "Selección de Proyectos expositivos de la Sección de Museos y Bellas Artes", el título de la propuesta y el nombre/nombres de las personas que presentan la solicitud.

3. Plazo de presentación de la documentación

Se pueden presentar proyectos dentro de los 40 días hábiles, contadores desde el día siguiente de la publicación de estas normas en el BOIB, en cualquier terminal del registro general del Consejo Insular de Mallorca (en Palma: Centro Cultural la Misericordia, pl. del Hospital 4; Palacio del Consejo Insular de Mallorca, C/ de Palacio Real 1; Hogar de la Juventud, C/ del General Riera, 111 y Hogar de la infancia, C/ del General Riera 113). Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la solicitud se envía por correo, se tiene que presentar en Correos con el sobre abierto, para que la sellen o, en todo caso, para que sellen el sobre mismo, con el fin de acreditar que se ha enviado dentro del plazo fijado en estas normas de selección. No obstante, si esta documentación no entra en el Registro General del CIM dentro de los 10 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá en ningún caso.

4. Comisión técnica de selección.

La comisión está integrada por las personas relacionadas a continuación:

· Presidencia: Sr. Rafel M. Creus, director insular del Departamento de Cultura. Su sustituto es el Sr. Francesc Riera Vayreda, jefe del Servicio de Cultura.

· Vocalías:

· Sr. Climent Romaguera Rubí, técnico grado medio de Cultura, o la funcionaria o el funcionario que lo sustituya.

· Sra. Maria del Mar Gaita Socies, técnica grado medio de Cultura, o la funcionaria o el funcionario que la sustituya.

· Un representante de la Universidad de las Islas Baleares (UIB).

· Un representante de las Asociaciones de Artistas Visuales de las Islas Baleares (AAVIB)

· Un representante de la Asociación de Profesionales de la Gestión Cultural de las Islas Baleares (AGCIB)

· Un representante de la Asociación de Críticos de Arte y Comisarios de las Islas Baleares, en calidad de comisario y de reconocido prestigio a nivel de Mallorca (ACCAIB)

· Secretario: Sr. Gabriel Pons Homar, jefe de la Sección de Museos, o la funcionaria o el funcionario que lo sustituya.

En el caso de los miembros de entidades o instituciones representadas, los vocales son nombrados por el vicepresidente primero y consejero ejecutivo competente en la materia, a propuesta de las respectivas entidades o instituciones.

Para la válida constitución de la comisión técnica de selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia del presidente y secretario o, si procede, de los que los suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

La comisión podrá convocar a las personas o entidades integrantes del proyecto a una reunión previa a la selección del proyecto con el fin de obtener más información.

Funciones de la comisión técnica de selección:

· Estudiar, evaluar y seleccionar los proyectos a llevar a cabo de entre todas las propuestas de acuerdo con los criterios de selección.

· Emitir informe sobre la selección de los proyectos, el cual servirá de base al órgano instructor para la propuesta de resolución.

· Evaluar el cumplimiento y los resultados en relación a los proyectos que se expongan.

Los miembros de la comisión técnica de selección no recibirán ningún tipo de remuneración, dieta, plus o compensación económica por su participación.

5. Criterios de selección

Los proyectos tienen que ser pensados para exhibirse, básicamente, dentro de los espacios de la Capilla de la Misericordia, las salas multiusos del Centro Cultural La Misericordia o la sala de exposiciones temporales del edificio Krekovic o bien, en espacios estratégicos del edificio de La Misericordia siempre que sea viable y que vayan en concordancia con los objetivos mencionados en la presentación, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

· La calidad técnica

· La coherencia del proyecto

· La integración dentro del espacio expositivo y su viabilidad

· La interdisciplinariedad

· Su interés social o colectivo

· La apuesta creativa

· Proyectos que incluyan la realización de actividades participativas, educativas, artísticas o complementarias.

· El número de itinerancias del proyecto expositivo en el ámbito de nuestra Isla.

La comisión técnica de selección descartará las propuestas expositivas que incluyan contenidos racistas, sexistas, homófobos o que vulneren los derechos de las personas. Asimismo, propondrá el espacio expositivo más adecuado para cada proyecto seleccionado.

6. Condiciones para la selección

La selección de los proyectos de actividades para formar parte de esta bolsa queda condicionada a la disponibilidad presupuestaria, así como a la valoración que de los proyectos presentados hace la comisión técnica de selección.

La selección de los proyectos expositivos no otorga derecho alguno, sino exclusivamente una expectativa.

Asimismo, el Departamento de Cultura se reserva el derecho a llevar a cabo las exposiciones propias programadas al margen de los proyectos expositivos objeto de esta selección, en sus propios espacios expositivos. En este sentido, se informará a la comisión técnica de selección, a fin de que tenga conocimiento de las exposiciones propias a hacer a lo largo del año.

7. Obligaciones de los participantes

El uso de los espacios expositivos es gratuito y no tiene carácter comercial (no se puede vender ninguna obra).

La duración de la exposición será de una media de 25 días.

No se contempla la posibilidad de utilizar las paredes como espacio expositivo, sino sólo los plafones y las peanas.

El Centro no facilitará ninguna ayuda económica para la producción.

Los artistas seleccionados cederán los derechos de reproducción de las obras expuestas durante el tiempo de la exposición. La cesión de estos derechos no genera ni otorga derecho alguno en reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para los participantes.

8. Obligaciones del Consejo de Mallorca

Apoyo

El centro se hará cargo del transporte de las obras dentro de la isla de Mallorca hasta la sala de exposiciones y del retorno una vez finalizada la exposición.

El Centro ofrecerá apoyo técnico en temas de iluminación y de organización y montaje del espacio expositivo, en caso de que sea necesario.

La vigilancia de la exposición y la limpieza de esta.

El Consejo de Mallorca se hará cargo del seguro de las obras que se exponen durante el periodo a que estén en dependencias de la institución insular.

La difusión de la exposición en los términos que la Dirección Insular de Cultura considere adecuados.

Difusión

Se hará difusión mediante todos los elementos propios del Centro (edición de invitaciones electrónicas y difusión en la Agenda cultural y en la Agenda de museos del Consejo de Mallorca de la web del CIM).

El Consejo de Mallorca editará un punto de libro divulgativo o un catálogo (a criterio de la Comisión técnica de selección) que podrán recoger las personas visitantes de la exposición desde el día de la inauguración. La comisión técnica de selección decidirá la tipología del catálogo.

Si la persona expositora quiere hacer otro tipo de material publicitario asumirá el gasto económico y este tendrá que incluir obligatoriamente los logotipos institucionales del Consejo de Mallorca (que les proporcionará la Sección de Museos y Bellas Artes de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca).

Los proyectos seleccionados estarán expuestos durante un periodo mínimo de 20 días naturales y hasta un máximo de 40 días naturales.

Existe la posibilidad de realizar una pequeña actuación (de tipo teatral, musical, conferencia...) durante la inauguración, a negociar con la programación del Centro.

9. Instrucción y resolución

El órgano competente para resolver es el vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes.

La instrucción corresponde a la secretaría técnica del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, que tiene que llevar a cabo todas las actuaciones o los actos de trámite necesarios.

El plazo de resolución es de 90 días, contados desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. En caso contrario se tienen que entender desestimadas.

El Consejo de Mallorca no se responsabiliza de la devolución de los proyectos presentados. La documentación presentada podrá ser devuelta, pero se tendrá que recoger personalmente en mano, presentando el DNI del titular o autorización escrita del titular, en los 15 días siguientes a la resolución de la selección de los proyectos expositivos. En ningún caso se enviará por correo. El Consejo de Mallorca no se hace responsable del deterioro o pérdida de la documentación de los proyectos expositivos.

La participación en esta convocatoria implica el conocimiento y la plena aceptación de las normas y condiciones. La organización resolverá unilateralmente cualquier circunstancia no prevista en estas normas.

10. Fondo de arte del Consejo de Mallorca

En el caso de exposiciones individuales, y en carácter voluntario, se puede hacer donativo de una de las obras expuestas para su incorporación en el fondo de arte del Consejo de Mallorca.

11. Publicación

Estas normas, así como la resolución de inclusión o exclusión de los artistas y proyectos seleccionados se publican en el BOIB y, a efectos de garantizar la difusión, se expondrán en el tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

12. Recursos

Contra la resolución que aprueba estas normas, y los demás actos que se deriven, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  

ANEXO 1

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA SELECCIÓN DE PROPUESTAS EXPOSITIVAS PARA LAS SALAS DE EXPOSICIONES DEL CONSEJO DE MALLORCA PARA EL AÑO 2018

DATOS DE LA PERSONA O ASOCIACIÓN / ENTIDAD SOLICITANTE

NOMBRE Y APELLIDOS / DENOMINACIÓN SOCIAL (colectivos/asociaciones/entidades):

 

NIF:

Domicilio (a los efectos de notificaciones)

Calle o plaza:

Localidad:                                                                               CP:

Teléfono de la persona de contacto:                                        Fax:

Correo electrónico del contacto:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA

(en el caso de personas jurídicas)

NOMBRE Y APELLIDOS:

NIF/NIE:

Teléfono:

e-mail:

Represente la entidad solicitante en calidad de (se tiene que acreditar la representación):

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

1) Que acepto las normas de este proceso selectivo

2) Que adjunto la documentación exigida.

Cláusula informativa sobre los datos de carácter personal

En cumplimiento de lo que establece la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, os informamos que:

1. Los datos que contenga la solicitud de admisión, la documentación que se adjunte o la documentación que se genere a partir de esta proceso selectivo, se incorporan en un fichero de datos personales, inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, del cual es responsable el Consejo de Mallorca. Este fichero sirve para convocar, seleccionar y crear un dossier con los datos de las empresas, artistas, asociaciones o entidades seleccionados para participar en el proceso de selección de proyectos expositivos del Consell de Mallorca.

2. Cesiones de los datos previstos: en las publicaciones previstas en las normas de selección (BOIB, tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia, página web del Consejo de Mallorca, www.conselldemallorca.net, a aquellas otras entidades de administración local o entidades que dependen que quieran participar en catálogo de actividades culturales del Consejo de Mallorca.

3. El órgano administrativo delante del cual podéis ejercer, si pega, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley mencionada es la Secretaría Técnica del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes.

______________________________, ______ d __________________________ de 2017

(firma)

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES DEL CONSEJO DE MALLORCA