Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5335
Procedimiento Ordinario 1154/2015
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001154 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MONICA GONZALEZ BELTRAN contra la empresa DOGANSWORLD SL, REBORN PALMA SL, FOGASA, y ANGELA GRETA RUTEEN, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a 9 de mayo de 2017
D. Pablo Fito González, Juez del Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca, ha visto los presentes autos de procedimiento nº 1154/2015, seguido entre partes, de una como actora MÓNICA GONZÁLEZ BELTRÁN asistida por la letrada Xisca Quer Ruiz y de otra como demandada la empresa DOGANSWORLD SL, la empresa REBORN PALMA SL y la administradora ÁNGELA GRETA RUTTEN, que no han comparecido, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
ESTIMO parcialmente demanda interpuesta por MÓNICA GONZÁLEZ BELTRÁN y por ello CONDENO solidariamente a las empresas DOGANSWORLD SL y REBORN PALMA SL a abonar a la parte actora la cantidad de 1.426,22 euros netos. Desde la fecha de la sentencia se devengarán los intereses legales del art. 576 de la LEC.
ABSUELVO a la administradora ANGELA GRETA RUTTEN de las pretensiones constar ella formuladas. Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso alguno.
Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente. Así, por ésta mi sentencia, definitivamente juzgada en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ANGELA GRETA RUTEEN, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a quince de mayo de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA