Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 5242
Resolución de la directora general de Política Lingüística de día 18 de mayo de 2017 por la que se corrige la omisión detectada en el anexo de la Resolución de la directora general de Política Lingüística de día 10 de mayo de 2017 por la que se publica la lista de personas que han resultado aptas en la convocatoria de pruebas de enero de 2017 para obtener los certificados de catalán de los niveles A2, B1, B2, C1, C2 y lenguaje administrativo que expide la Consejería de Cultura, Participación y Deportes
Hechos
1. El 13 de mayo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la directora general de Política Lingüística de día 10 de mayo de 2017 por la que se publica la lista de personas que han resultado aptas en la convocatoria de pruebas de enero de 2017 para obtener los certificados de catalán de los niveles A2, B1, B2, C1, C2 y lenguaje administrativo que expide la Consejería de Cultura, Participación y Deportes.
2. Se ha detectado que en el anexo no figura el DNI de un examinando que ha resultado apto de la prueba de nivel C1.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir la omisión detectada en el anexo de la Resolución de la directora general de Política Lingüística de día 10 de mayo de 2017, en los términos que se indican en el anexo de esta resolución.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante la directora general de Política Lingüística en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 18 de mayo de 2017
La directora general de Política Lingüística
Por delegación de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos (BOIB n.º 159, de 31 de octubre de 2015)
Marta Fuxà Vidal
ANEXO
Certificado de nivel C1
Número del documento de identidad
43231450Y