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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 5144
Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 16 de mayo de 2017 por la cual se somete al trámite de información pública el Proyecto de decreto sobre los criterios de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han sido sometidos en medidas de justicia juvenil

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 10 de mayo de 2017, el director general de Planificación y Servicios Sociales emitió un informe justificativo que establece la necesidad de iniciar el procedimiento para elaborar un proyecto de decreto sobre los criterios de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han sido sometidos a medidas de justicia juvenil.

2. En la misma fecha, la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó la resolución mediante la cual se inicia el procedimiento de elaboración del proyecto de decreto mencionado y se designa a la Secretaría General órgano competente para tramitar el procedimiento. A la tramitación de este expediente se aplica la vía de urgencia prevista en el artículo 43.4 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, para la cual se reduce el plazo de audiencia e información pública de quince a siete días hábiles.

3. Una vez elaborado el Proyecto de decreto, de acuerdo con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, se debe someter al trámite de audiencia de las entidades interesadas y al trámite de información pública.

Fundamentos de derecho

1. El título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a la audiencia de la ciudadanía el Proyecto de decreto sobre los criterios de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han sido sometidos a medidas de justicia juvenil, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Secretaría General de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación (pl. de la Drassana, 4, de Palma) y en la página web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública en siete días hábiles a partir del día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Secretaría General de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación (pl. de la Drassana, 4, de Palma) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones al Proyecto por medios telemáticos, mediante el apartado “Participación en la elaboración normativa” de la página web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o la funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

 

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 16 de mayo de 2017

La consejera de Servicios Sociales y Cooperación,

Fina Santiago Rodríguez