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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 5083
Convocatoria ayudas formación pràctica 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En sesión ordinaria celebrada día 4 de mayo de 2017, el Pleno del Ayuntamiento de Alcudia aprobó las bases reguladoras de las subvenciones de formación práctica para el año 2017 dirigidas a estudiantes universitarios y a estudiantes de formación profesional de grado superior (CFGS) del municipio, y en concreto a les referidas a la Convocatoria Becas de Formación Práctica para el año 2017.

De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por medio del presente edicto se publican las bases referidas con sus anexos correspondientes.

Alcudia,15 de mayo de 2017

4to Teninte Alcalde,
Joaquín Cantalapiedra Aloy

-/-

Ref. PC/pc07/2017

CONVOCATORIA BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA DIRIGIDAS A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS Y PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR PARA EL AÑO 2017.

BASES SUBVENCIONES DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA EL AÑO 2017

El Ayuntamiento de Alcudia convoca becas de formación práctica dirigidas a estudiantes universitarios que hayan superado un 40% de los créditos de sus estudios y para estudiantes de formación profesional de grado superior (CFGS) para el año 2017 empadronados en el municipio de Alcudia.

OBJETO CONVOCATORIA

La presente convocatoria regula el proceso de otorgamiento de becas de formación práctica para este año 2017.

Esta iniciativa municipal, se fundamenta en el impulso y el fomento de la formación dentro de los estudios superiores, la experimentación profesional, la inserción ocupacional y la promoción económica local.

El objetivo de las prácticas es favorecer la formación y experiencia de los estudiantes en el mundo laboral y que adquieran conocimientos sobre funcionamiento institucional y lo puedan relacionar, en su caso, con el empresarial.

Esta convocatoria está dirigida a los alumnos de Alcudia que realicen estudios universitarios y / o de formación profesional de grado superior.

Estas prácticas de formación se realizarán en diferentes departamentos del Ayuntamiento de Alcudia o en organismo que dependa de éste (según anexo II adjunto a la presente convocatoria), y se llevarán a cabo preferentemente y según disponibilidad a lo largo del periodo estival de 2017.

CARACTERÍSTICAS I CONDICIONES

Otras consideraciones:

  • El objetivo de las becas es la formación práctica y experimental del estudiante, son unas becas propiamente municipales y no representa ni implica ninguna relación contractual o laboral con el Ayuntamiento de Alcudia, ni en cualquier otro organismo que dependa.
  • El período de prácticas será aproximadamente de dos meses, y en la medida de las posibilidades se estipula el periodo de vacaciones de verano como prevaleciente, por tanto, los becarios realizarán prácticas en los departamentos municipales preferiblemente durante los meses de julio y agosto de 2017.
  • La dedicación semanal estipula en 25h / semanales, y la distribución de estas durante la semana dependerá de las características propias de cada oferta de plaza, éstas estarán adaptadas al departamento municipal referente y se podrán desarrollar, llegado el caso, en horario de tarde, fin de semana o festivos. Estos períodos de permanencias y horarios semanales podrán ser modificados según las necesidades y organización del propio departamento.
  • Cada estudiante becado tendrá, como mínimo, un tutor de referencia del área en la que lleve a cabo sus prácticas, el cual le organizará un plan de trabajo adaptado a realizar dentro de esta área.
  • El Ayuntamiento de Alcudia será el encargado de velar por la asistencia de los estudiantes al sitio de actividad y también del cumplimiento y aprovechamiento de las prácticas.
  • El beneficiario deberá comunicar al departamento correspondiente y también al Área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento cualquier incidencia en la prestación del servicio, ausencia justificada, baja, etc.
  • El Ayuntamiento de Alcudia, mediante los canales que tiene a su alcance, será el encargado de velar, supervisar, coordinar, controlar y podrá, en su caso, rescindir, penalizar y sancionar un determinado beneficiario que presente mala fe o incumplimiento, negligencia o descuido en sus responsabilidades y tareas, al igual que malos comportamiento y / o acciones inadecuadas a su lugar de prácticas.
  • Los beneficiarios de las presentes becas cuidarán el pertinente respeto, seguridad e higiene en su lugar de prácticas, y también adaptarán su vestimenta, modales y comportamientos en su lugar de prácticas. En los casos particulares y según los considere técnicamente, el Ayuntamiento de Alcudia facilitará vestimenta o equipamiento.
  • El Ayuntamiento de Alcudia cubrirá mediante póliza de seguro los accidentes que puedan tener los beneficiarios, y también garantizará la responsabilidad civil por daños materiales y/o corporales ocasionados a terceros y/o hacer frente a las indemnizaciones.

Requisitos por parte del solicitante

Los requisitos para poder concurrir y ser beneficiario de las presentes becas de formación práctica son los siguientes, que deberán atender en el momento de formalizar la solicitud:

1. Estar matriculado como alumno universitario con un mínimo del 40% de los créditos de su carrera aprobados / superados y que se puedan acreditar en el momento de formalizar la solicitud, independiente de otras cuestiones de trámites y de gestión académica, acreditación y / o homologación en que el estudiante esté inmerso.

2. Estar matriculado como alumno de formación profesional de grado superior.

(En ambos casos anteriores los aspirantes deberán estar matriculados en el curso 2016/2017 en una Universidad o centro de enseñanza pública o con participación parcialmente pública acreditada de dentro del territorio comunitario de la Unión Europea).

3. Estar empadronado en el municipio de Alcudia con una antigüedad mínima de un año, a contar desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases.

(*) A la hora de la selección de los aspirantes, prevalecerán los solicitantes que no hayan sido beneficiarios de una beca de formación práctica de esta corporación en convocatorias anteriores, sin embargo, llegado el caso, se admitirán posibles aspirantes ya becados en convocatorias anteriores, siempre que, existan plazas disponibles y el perfil requerido sea adecuado.

Número de becas y gratificaciones

Dentro de la presente convocatoria 2017, se asignarán un total máximo de 6 plazas (6), del total de la oferta presentada por los diferentes departamentos municipales, que por la presente convocatoria 2017 es de once (11) plazas.

Cada una de estas becas estará dotada con una gratificación económica de 450 € mensuales sujetos a la retención de IRPF correspondiente según la normativa vigente, que regulan los términos de las prácticas académicas externas y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad social de las personas que participan en programas de formación.

Todos los alumnos beneficiados percibirán la gratificación económica mencionada una vez finalizado el periodo de prácticas y con informe previo favorable por parte de los técnicos responsables y competentes que asigne el Ayuntamiento de Alcudia, y como hemos mencionado anteriormente, estas estarán sujetas a las retenciones aplicables según la normativa vigente.

La inversión económica máxima por parte del Ayuntamiento para esta convocatoria será de 5.940 € y correrá a cargo de los presupuestos del Ayuntamiento de Alcudia (partida JO 327 481 002) dependiente del Área municipal de Participación Ciudadana.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y OTRAS FECHAS DE TRÁMITE

EL PERIODO DE PRESENTACIÓN de solicitudes se fija entre las 9h del día 1 de junio de 2017 y las 14h del día 9 de junio de 2017.

Las solicitudes deben estar completa y correctamente cumplimentadas y firmada por el solicitante con la totalidad de los documentos requeridos adjuntos, en caso contrario, no se admitirán a trámite las instancias que no cumplan esta condición.

Las solicitudes deberán presentarse con el modelo facilitado por el Ayuntamiento de Alcudia (anexo I) adjunto a las presentes bases.

Todo el calendario del proceso de tramitación de la presente convocatoria se encuentra detallada en el -Anexo 0- de las presentes bases.

Las presentes bases y también sus anexos se podrán consultar y descargar en la Web (www.alcudia.net) así como las publicaciones oficiales que corresponda, y en su caso, a las bases nacionales de datos de organismos oficiales. Con la presentación de la solicitud, los interesados aceptan y dan su total consentimiento para la sección de los datos personales incorporables a los ficheros oficiales que corresponda.

CANALES DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se podrán presentar mediante los siguientes canales y atendiendo a las disposiciones establecidas legalmente:

1. De forma presencial, en el Registro General del Ayuntamiento de Alcudia dentro del horario de atención al público (de 9.00 – 14.00h).

2. De forma telemática 24h (con certificado digital, mediante la sede electrónica municipal).

(Accediendo a http: //sac.alcudia.net y adjuntando el modelo de solicitud -anexo I- y la documentación requerida en el trámite de "instancia genérica")

Ambos casos sólo se atenderán las solicitudes entregadas dentro del plazo establecido en las presentes bases.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

1) Las solicitudes completa y correctamente cumplimentada y firmada por el solicitante con toda la documentación requerida en el momento de la entrega de la solicitud.

(No se admitirán a trámite las instancias que no cumplan esta condición).

2) Además de esta solicitud, se entregará adjunto a esta la siguiente documentación:

a. Fotocopia DNI solicitante

b. Expediente académico actualizado -extracto académico-

c. Fotocopia matrícula curso 2016/2017

d. Tarjeta de la Seguridad Social

e. Currículum actualizado

CONTACTO E INFORMACIÓN ADICIONAL

Dirigirse a:

Ajuntament d'Alcúdia

Participació Ciutadana

Seu des moll

Teodor Canet, 32 –07400 Port d’Alcúdia- Mallorca

010@alcudia.net //  www.alcudia.net

tel: 971 89 70 40 - 010

PROCESO DE SELECCIÓN, FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN Y RESOLUCIÓN DE LAS BECAS.

Para la selección de los alumnos solicitantes se creará una comisión formada por un técnico de Participación Ciudadana además de otro técnico municipal vinculado con un departamento que haya solicitado becario, y en su caso, también por un técnico de administración general del ayuntamiento.

Además, a iniciativa del departamento impulsor de la presente convocatoria, se podrá incluir en la comisión un especialista al alcance, con suficientes conocimientos con materia de formación académica y / o socio / laboral para solucionar las posibles dudas académicos que puedan surgió hacia las solicitudes presentadas, este miembro dispondrá sólo de voz pero no de voto.

La comisión atenderá a la hora de seleccionar los aspirantes lo estipulado en las presentes bases, y además, la adaptación del perfil de los candidatos a la naturaleza de las plazas ofertadas. También serán tareas de la comisión: la valoración de los candidatos en función de los criterios de selección y la interpretación de las presentes bases.

Finalmente, la Comisión elaborará un acta en la que se especificarán los acuerdos realizados y la propuesta de asignación de las plazas de becarios para darle el trámite correspondiente.

Una vez realizada la selección de becarios según las presentes bases, y terminado el proceso administrativo que corresponda al Ayuntamiento resolverá el otorgamiento de las mismas.

En caso de que a lo largo del desarrollo del período de prácticas se produjera una vacante, la comisión la podrá sustituir por parte de alguno de los aspirantes adaptable que haya quedado fuera plaza en la selección inicial.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La Comisión atenderá, a la hora de asignar los aspirantes al número de plazas efectivas a cubrir, los siguientes criterios:

I. EN GENERAL:

« Máxima concordancia y adaptación de los estudios que realiza del solicitante a los estudios requeridos en las ofertas propuestas por los departamentos.

II. PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS, (en caso de concurrir dos o más solicitantes en la misma plaza):

Valoración de la nota media del expediente académico siguiendo los siguientes criterios de puntuación:

  • De 5 a 5'99 -> 0'5 puntos
  • De 6 a 6'99 -> 1 puntos
  • De 7 a 7'99 -> 1'5 puntos
  • De 8 a 8'99 -> 2 puntos
  • De 9 a 9'99 -> 2'5 puntos
  • Matrícula de honor-> 4 puntos

Valoración de los créditos superados a partir del mínimo solicitado (40% créditos carrera), en función de los siguientes criterios de puntuación:

  • Más de 40% de créditos superados -> 1 puntos
  • Más de 50% de créditos superados -> 2 puntos
  • Más de 60% de créditos superados -> 3 puntos
  • Más de 70% de créditos superados -> 4 puntos
  • Más de 80% de créditos superados -> 5 puntos
  • Más de 90% de créditos superados -> 6 puntos

III. PARA ESTUDIANTES DE CFGS, (en caso de concurrir dos o más solicitantes en la misma plaza):

Valoración de la nota media del expediente académico siguiendo los siguientes criterios de puntuación:

  • De 5 a 5'99 -> 0'5 puntos
  • De 6 a 6'99 -> 1 punto
  • De 7 a 7'99 -> 1'5 puntos
  • De 8 a 8'99 -> 2 puntos
  • De 9 a 9'99 -> 2'5 puntos
  • Matrícula de honor-> 4 puntos

Otras consideraciones sobre la selección:

- En caso de que quede alguna oferta fuera cubrir, y que haya posibles candidatos adaptables, se podrán valorar todas las solicitudes presentadas y no tomadas en consideración porque no cumplen exactamente el criterio núm. 1 (criterio general), estos casos se atenderán siempre que el solicitante realice unos estudios dentro del mismo ámbito formativo que la oferta requiere. En este caso, la comisión trasladará de forma inmediata la propuesta de selección a un responsable de departamento municipal que haya presentado la oferta cubrir susceptible de disponer de un candidato adecuado para que dé su opinión.

- A la hora de la selección de los aspirantes, prevalecerán los solicitantes que no hayan sido beneficiarios de una beca de formación práctica de esta corporación en convocatorias anteriores, sin embargo, llegado el caso, se admitirán posibles aspirantes ya becados en convocatorias anteriores, siempre que existan plazas disponibles y el perfil requerido sea adecuado.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS DE LA BECA

En general los beneficiarios de las becas se atenderán a las siguientes obligaciones:

  • Realizar las prácticas en el lugar otorgado con el debido cuidado, diligencia, responsabilidad, discreción y etiqueta.
  • Presentar memoria explicativa de los trabajos realizados en el plazo de quince días posteriores a la finalización de la beca, con una extensión mínima de 10 hojas, donde aportarán la valoración de su tarea, aprovechamiento, visión personal y propuestas de mejoras.
  • En caso de tenerse que dar de baja de la beca de formación práctica, por causas justificadas, el beneficiario deberá informar con antelación y dejará de percibir la parte proporcional al día que se dio de baja.
  • Asistir a las reuniones de coordinación y seguimiento que se estipulen.
  • Comunicar cualquier eventualidad o incidencia a sus responsables.

SON COMPETENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA

  • El diseño, difusión, inscripción y supervisión de los solicitantes
  • La selección de los candidatos mediante comisión técnica.
  • Ser interlocutor entre el becario, la entidad donde realiza las prácticas y la universidad y el centro docente en su caso.
  • El Ayuntamiento dispone de potestad de restringir y modificar el programa de becarios.
  • El Ayuntamiento tiene las funciones administrativas y de certificación de las prácticas de los becarios.
  • El Ayuntamiento velará para que la gratificación económica se haga efectiva en todos los casos en que haya informe favorable por parte del técnico municipal responsable del plan de becarios y hacer extensiva la pertinente certificación.

Alcudia, abril de 2017

 

ANEXOS
BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA EL AÑO 2017

Anexo 0 - Calendario

Anexo I - Formulario de solicitud

Anexo II - Relación de oferta de plazas 2017

Anexo 0
CALENDARIO

0. En el mes de abril de 2017

Presentación de ofertas de plazas por parte de los departamentos municipales (tramitación interna)

1. Dentro del mes de mayo de 2017

Aprobación y publicación de la convocatoria.

2. Del 1 al 9 de junio de 2017

Periodo de presentación de solicitudes.

3. A partir del día 13 de junio de 2017

Convocatoria de comisión de selección y publicación de listas provisionales.

4. Del día 16 al día 20 de junio de 2017 (3 días)

Período de reclamaciones

5. A partir del día 21 de junio de 2017

En su caso, reunión de la comisión y publicación de listas definitivas de otorgamiento.

6. A partir del 1 de Julio de 2017

Inicio efectivo de las prácticas.

Documentos adjuntos