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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 5076
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a estudiantes de 2º de bachillerato o 2º de ciclo formativo del curso escolar 2016/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de la resolución del día 18 de abril de 2017 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se aprobó la 6ª edición de los premios a los mejores expedientes académicos de bachillerato y ciclos formativos curso escolar 2016/2017.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inex):

Primero. Beneficiarios

Estos premios van dirigidos a todo el alumnado empadronado en Eivissa en fecha 31 de diciembre de 2016 y que cursan los estudios de 2º de bachillerato o 2º de ciclo formativo en cualquier centro docente público, concertado o privado.

Segundo. Objeto

El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar a los estudiantes de bachillerato y ciclo formativo del curso 2016/2017.

2. Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a. Que la nota media del ciclo formativo y la de todo el bachillerato sea igual o superior a 8,00.

b. Que sean residentes en el municipio de Eivissa.

c. Que a fecha 31 de diciembre de 2016 estén cursando los estudios de 2º de bachillerato o 2º ciclo formativo en cualquier centro público, concertado o privado.

d. Que no haya obtenido el premio en ediciones anteriores.

Tercero. Bases reguladoras

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ESTUDIANTES DE 2 DE BACHILLERATO O 2 DE CICLO FORMATIVO DEL CURSO ESCOLAR 2016/2017.

Publicadas en la sede electrónica (https://eivissa.sedeelectronica.es)

Cuarto. Importe

El importe global del crédito disponible para distribuir entre las personas beneficiarias de la subvención se determina en base a la asignación, que en los Presupuestos Generales se hace al programa de Juventud de 6.000,00 € que contempla esta convocatoria, se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 2017 33700 48100.

La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:

a. El importe máximo que podrá recibir cada persona será de 300,00 €.

b. Se subvencionarán 10 premios para los alumnos de bachillerato y 10 premios para los alumnos de ciclo formativo.

c. En caso de empate se decidirá tal y como se explica en las bases específicas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será del 3 al 14 de julio de 2017. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

Eivissa, 21 de abril de 2017

EL REGIDOR DELEGADO

Agustin Perea Montiel