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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 5072
Extracto de la Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes por la que se convocan ayudas a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones en el año 2017
BDNS: 346337
De conformidad con lo que preveen los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Lley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
1. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos:
a. Todos los deportistas que obtengan una puntuación igual o superior a diez puntos, considerando el cálculo obtenido al aplicar los criterios y baremos, que aparecen en el apartado 9, para evaluar las solicitudes. Esta puntuación se calcula sobre la base de los resultados deportivos conseguidos durante el año 2015 o en algunos casos, cuando los títulos conseguidos en los años 2013 y 2014 continúen vigentes.
b. Haber nacido en las Illes Balears o tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Illes Balears, desde antes del 1 de enero de 2015 hasta la actualidad.
c. Tener el domicilio fiscal en España.
d. Los deportistas hayan competido en el año 2016 representando una comunidad autónoma, sea esta la comunidad autónoma de las Illes Balears.
e. Los deportistas que habiendo competido en el año 2016 con licencia federativa autonómica, sea esta de la federación autonómica de las Illes Balears. No es necesario cumplir este requisito cuando no exista federación autonómica balear de la modalidad deportiva practicada por el deportista o en caso de que el deportista tenga licencia nacional.
f. No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ni ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En el supuesto de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, si procede, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.
Quedan excluidos de esta convocatoria los deportistas que se encuentren en alguno de los siguientes casos durante las competiciones disputadas en el año 2015:
· Competidores de ligas profesionales de fútbol.
· Competidores de ligas profesionales de baloncesto.
· Ciclistas profesionales que tengan contrato con un equipo de la World Tour.
· Tenistas profesionales ATP que hayan disputado una fase final de un máster 250 o una competición de nivel superior.
· Tenistas profesionales WTA que hayan disputado una fase final de un torneo premium o una competición de nivel superior.
· Jugadores de golf profesionales del PGA Tour y del European Tour.
· Competidores de moto GP.
· Competidores de fórmula 1.
· Competidores del World Rally Championship.
2. Finalidad
Dar apoyo a los deportistas de las Illes Balears para que puedan mejorar sus medios de entrenamiento y el acceso a las competiciones durante el año 2017.
3. Bases reguladoras:
Orden del consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes. (BOIB núm. 2, de 3 de enero).
4. Importe:
La dotación de la convocatoria es de 550.000,00 euros.
5. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para presentar las solicitudes es de veinte días naturales que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, a 11 de mayo de 2017
La Consejera de Cultura, Participación y Deportes
Francesca Tur Riera