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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 5032
Departamento de Personal-Citación interesados PO 39/17 Juzgado Contencioso Administrativo nº 1

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior día 15 de mayo de 2017 ha adoptado la siguiente resolución: 

"Mediante oficio de los Servicios Jurídicos de fecha 11 de mayo de 2017 se nos ha envía decreto recaído en el procedimiento ordinario 39/2017, seguido ante el Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Palma, por el que se admite la demanda y se requiere a la Administración para la remisión del expediente administrativo, debiendo notificar en el cinco días siguientes a la resolución por la que se acuerde la remisión del expediente , a todos los interesados ​​en el procedimiento.

Visto lo que dispone el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior emite la siguiente

PROVIDÉNCIA

1º. Notificar a los empleados públicos del Ayuntamiento de Palma; al presidente de la Junta de Personal; a la delegada del personal laboral del Ayuntamiento de Palma; y los representantes de las secciones sindicales que firmaron el acuerdo de carrera profesional el 6 de abril de 2016 que por parte de la Delegación de Gobierno se ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta del requerimiento de la Delegación de Gobierno contra la acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Palma en fecha 27 de octubre de 2016 relativo al acuerdo de carrera profesional del Ayuntamiento de Palma

2º. El recurso contencioso administrativo mencionado se sigue ante el Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Palma, en el procedimiento ordinario 39/2017.

3º. Que, de conformidad con lo establecido en el art. 116 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, los interesados, si lo encuentran oportuno, pueden comparecer y personarse en el recurso mencionado en el plazo de 5 días; haciéndoles saber, al mismo tiempo, que si se personan ante el Juzgado Contencioso Administrativo 1 con posterioridad al plazo indicado de 5 días, serán tenidos como partes, sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará con los trámites sin la necesidad de tener que practicar notificaciones, tal como resulta de lo dispuesto en el artículo 50 de la mencionada Ley.

4º. Remitir copia del expediente administrativo a los Servicios Jurídicos Municipales para su posterior envío al Juzgado Contencioso Administrativo 1, procedimiento ordinario 39/17, de acuerdo con lo previsto en el art. 48 de la citada Ley 29/98.

Lo que se publica de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 116 de la Ley 29/98, de 13 de julio,  para que los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de 5 días a partir de esta publicación en Juzgados Contencioso Administrativo nº 1 de conformidad con lo establecido en el punto 3º mencionado.”

 

Palma, 15 de mayo de 2017

La jefe de servicio de Nóminas y Prestaciones

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 02.26.2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Joana Maria Saurina Castell