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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 5021
Publicación requerimiento a la Asociación Clúster Audiovisual de las Illes Balears (CLAB) en relación expediente subvención núm. ES/02/CC/2015/03

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada sin efecto, la notificación por correo certificado con acuse de recibo, y dado que no ha podido practicarse por ignorarse el domicilio, se procede, en cumplimiento de lo que establece el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de lo siguiente:

ANTECEDENTES

1. El día 20 de junio de 2015 se publicó la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de junio de 2015 por la que se convocan subvenciones parar fomentar y impulsar la transferencia del conocimiento y/o la innovación en el sector productivo y empresarial dirigidas a agrupaciones empresariales innovadoras y clústers basados en el conocimiento y/o tecnológicos con sede en las Illes Balears (BOIB núm. 91).

2. El día 24/08/2015, nº. 14421 de entrada, la Asociación Clúster Audiovisual de las Illes Balears (CLAB), con NIF G57601908, solicitó una subvención para el proyecto titulado Plan Estratégico Clúster Audiovisual y de Industrias Creativas y Culturales de las Illes Balears 2015-2018, de la línea B de la citada convocatoria. El domicilio aportado a efectos de notificación, Ed. Son Espanyol, local 9. Parc Bit. Ctra. Valldemossa, km 7,4.

3. El día 20 de noviembre de 2015 el Director General de Innovación y Investigación dictó la propuesta de resolución de concesión de una subvención por un importe de 47.560,50 euros cofinanciada en un 50% con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de las Illes Balears, que fue notificada el día 17 de diciembre de 2015.

4. El día 22 de diciembre el presidente del CLAB, Sr. Germán Traver Munné como  representante legal, presentó a la Dirección General de Innovación y Investigación, la aceptación de la cantidad a conceder para llevar a cabo el proyecto.

5. El día 24 de febrero de 2016 se reunió la Asamblea extraordinaria del CLAB, de acuerdo con el acta enviada por correo electrónico a esta Dirección General. El único orden del día era la disolución de la entidad y entre otros temas tratados acordaron:

- En el punto 2 que sirva esta acta para cesar a los órganos de gobierno y representación del Comité Ejecutivo de la entidad y que asume la representación como representante legal de la Junta Gestora, Santiago Tonelli, DNI 43469910W. Su representación se extenderá hasta el 31 de marzo de 2018 o la inscripción de la baja de la entidad en el Registro de Asociaciones del Gobierno de las Illes Balears.

- En el punto 3.2 se acuerda renunciar expresamente a la subvención obtenida para la anualidad 2016 de la línea B de la convocatoria de clústers del Gobierno de las Illes Balears, debido a la imposibilidad de ejecutar la actuación y su comunicación a la Dirección General de Innovación y Investigación.

- En el punto 9.2 desactivación de cuentas de correo, con fecha 31 de marzo de 2016 se desactivaran todas las cuentas de correo del Clúster excepto la de administracion@clab.cat que se mantendrá operativa para resolver los asuntos pendientes.

- En el punto 9.3, se acuerda comunicar a ParcBIT Desarrollo el cese del contracto de cesión de la oficina del Local 9 del Centro Empresarial, con fecha 31 de marzo de 2016.

6. El 16 de febrero de 2017 se solicitó información a la Fundación Balear de Innovación y Tecnología (Fundación BIT) en relación si el CLAB continuaba teniendo su sede en el ParcBIT informando que se ha resuelto el contrato de cesión de local.

7. De acuerdo con la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de junio de 2015, de entre las obligaciones de los beneficiarios previstas en la base 14 de la convocatoria:

- Destinar el importe de la subvención al financiamiento de la actuación para la que se ha solicitado, y mantener la afectación de las inversiones a la actividad subvencionada en la forma y el plazo que se indican en la resolución de concesión.

En la propuesta de resolución de la subvención notificada se expone en el punto 12 que la aceptación de la ayuda por parte del beneficiario supone mantener la afectación de las inversiones a la actividad subvencionada durante cinco años desde el pago final de la subvención.

- Reembolsar la contribución del FEDER correspondiente a las operaciones que comprenden inversiones en infraestructuras o inversiones productivas si, en los cinco años siguientes al pago final o en el plazo  establecido en las normas sobre ayudas de estado, en el caso que sean aplicables, se produce alguna de las circunstancias previstas en el artículo 71 del Reglamento (UE) nº. 1303/2013.

Visto lo que antecede, SE LE REQUIERE para que en el plazo de diez días, a contar a partir del día siguiente a la notificación de este requerimiento, presenten a la Dirección General de Innovación y Investigación la siguiente documentación:

1. Un escrito firmado por la persona responsable actualmente del Clúster audiovisual de les Illes Balears (CLAB) en el que se ponga de manifiesto la situación jurídica en la que se encuentra actualmente la entidad, juntamente con la documentación debidamente firmada en la que se indique que dicha persona es el representante legal.

2. En su caso, acta de la Asamblea General Extraordinaria del CLAB de día 24 de febrero de 2016, debidamente firmada.

3. Dirección a efectos de notificación.

Le comunico que de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, dispone de un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este  requerimiento, para subsanar las deficiencias o aportar los documentos preceptivos.

Si transcurrido este plazo sin que se hayan subsanado las deficiencias se tendrá por desistido de vuestra solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los terminos previstos en el artículo 42.

Palma, 8 de mayo de 2017

El jefe del Servicio de Transferencia del Conocimiento

José Javier Nadal Coll