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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 4987
Delegación Competencias Junta de Gobierno Local

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Texto

El Sr. Alcalde Presidente de esta Corporación Municipal, ha adoptado, entre otros, el Decreto nº: 1038/2017, de 8 de mayo, que literalmente dice:

«Visto el Decreto de Alcaldía nº: 1495/2015, de 18 de junio, de constitución de la Junta de Gobierno Local, por el que se nombraba a los miembros integrantes, establecía la periodicidad de las sesiones y delegaba una serie de competencias, y, entre otros establecía:

«-El ejercicio de las atribuciones de la Alcaldia en materia de incoación y resolución de los expedientes sancionadores de infracciones urbanísticas promovidos por el Ayuntamiento de Andratx, incluída la resolución del recurso de reposición correspondiente, en las sanciones como consecuencia de la comisión de infracciones urbanísticas que sean de un importe superior a los quince mil veinticinco euros, (15.025 €), hasta sesenta mil ciento un euros con veintiún centimos (60.101,21 €), de conformidad con lo que dispone la Ley nº: 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.»

Detectado error en la redacció del punto, proveniente del antiguo artículo 39 de la derogada Llei 10/1990 de Disciplina Urbanística de la CAIB.

Considerando que la actual Llei 2/2014 de 25 de marzo, de Ordenación Urbanística de las Islas Baleares no contempla esta diferenciación, atribuyendo en exclusiva a los Alcaldes esta competencia.

Considerando que en el decreto de delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local de fecha 18 de junio de 2015 sí atribuía a ésta la competencia de disciplina urbanística en los expedientes cuyo importe oscilaba entre los 15.025 € i els 60.101,21 €, siendo por tanto competencia del Alcalde lo que no se encontrase en tal cuantía.

Considerando que todo lo anterior podría ocasionar múltiples confusiones.

Considerando que la competencia básica de la Junta de Gobierno es dar asistencia y asesoramiento a esta Alcaldía Presidencia; en el ejercicio que me confiere la legislación vigente RESUELVO:

PRIMERO.-Que la Junta de Gobierno Local asuma la competencia en materia de disciplina urbanística de conformidad con lo que dispone la Ley nº: 2/2014, de 25 de Marzo, de Ordenación y Uso del Suelo.

SEGUNDO.- Dar cuenta al Pleno del presente Decreto en la primera sesión que se celebre y publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»

Lo que se hace público para conocimiento en general.

       

Andratx, a 8 de mayo de 2017.

El Batle President,

Jaime PORSELL ALEMANY.