Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4942
Cuenta de abogados 956/2016
Dª AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento CUENTA DE ABOGADOS 0000956 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D FRANCISCO JOSE PEREZ MARTINEZ contra JOSE FERNANDEZ MARTINEZ, UBICUA GRUPO EMPRESARIAL SL , RESTAURACION Y MAQUINARIA DEL MOLINAR SLU sobre CUENTA DE ABOGADOS, se ha dictado la siguiente resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Dª. AMAGOYA CASTRO CERQUEIRO
En PALMA DE MALLORCA, a cuatro de noviembre de dos mil dieciséis.
Por recibido el anterior escrito de la parte demandante, únase a las actuaciones de su razón, se tiene por cumplimentado el requerimiento efectuado por Diligencia de Ordenación de fecha 28/10/16.
El Letrado DON FRANCISCO JOSE FERNANDEZ MARTINEZ ha presentado minuta de honorarios afirmando que aún le son debidos y no han sido satisfechos por sus defendidos en el CUENTA DE ABOGADOS 0000956 /2016
De conformidad con el art. 35.2 de la LEC acuerdo:
Requerir a JOSE FERNANDEZ MARTINEZ, UBICUA GRUPO EMPRESARIAL SL y a RESTAURACION Y MAQUINARIA DEL MOLINAR SLU para que proceda a pagar la cantidad 2.153,07.-euros en un plazo de DIEZ DÍAS o para que impugne la misma exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.
Igualmente apercibo al/a la requerido/a de que si en dicho plazo no paga ni impugna cuenta de derechos y suplidos, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, y se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO DE PAGO EN LEGAL FORMA a JOSE FERNANDEZ MARTINEZ con DNI nº 38.716.937-W, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a tres de mayo de dos mil diecisiete.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA