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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 4928
Resolución de la directora gerente del Hospital Comarcal de Inca de 8 de mayo de 2017 mediante la cual se convoca, por el procedimiento de libre designación, el puesto de Supervisor/a de Área de consultas del Hospital Comarcal de Inca

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Texto

De conformidad con el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, y de acuerdo con la Resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016, mediante la cual se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Illes Balears (BOIB nº 10 de 21/01/2016 y modificación BOIB nº 72 de 09/06/2016), dicto la siguiente

Resolución

Acordar la convocatoria pública de un puesto de Supervisor/a de la Unidad de Consultas del Hospital Comarcal de Inca de acuerdo con las especificaciones siguientes:

1) Puesto objeto de la convocatoria

La denominación del puesto a cubrir es: Supervisor/a de la Unidad de Consultas.

2) Requisitos

Tener la condición de personal estatutario sanitario fijo, correspondiente al subgrupo A2 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del sistema nacional de salud. Estos requisitos se tienen que cumplir en la fecha de publicación de la convocatoria.

3) Características del puesto convocado

El régimen jurídico del puesto objeto de la convocatoria es el establecido en el Estatuto Marc del personal estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y demás disposiciones aplicables.

4) Solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo se tiene que presentar en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución, dirigida al órgano convocante, y se tiene que formalizar en el registro de la gerencia o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5) Documentación a aportar junto con la solicitud

Las personas aspirantes tienen que presentar juntamente con la solicitud la documentación que se relaciona a continuación:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia compulsada del nombramiento de personal estatutario sanitario fijo.

c) Currículum vitae.

d) Proyecto de gestión de la Unidad de Consultas.

La acreditación de los méritos se tiene que efectuar mediante documentación original o fotocopia compulsada.

6) Nombramiento

La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar la supervisión convocada. La situación de quien resulte nombrado será la siguiente:

a) Si tiene la plaza estatutaria fija en el mismo centro, seguirá ocupando la plaza como personal estatutario fijo de su categoría en el propio centro.

b) Si tiene la plaza estatutaria fija en otro centro del Ibsalud, podrá pasar a ocupar el puesto de trabajo previa comisión de servicios en una plaza de su categoría en el centro de destino.

c) Si tiene la plaza estatutaria fija en otro servicio de salud o administración sanitaria, podrá pasar a ocupar el puesto de trabajo previa comisión de servicios en una plaza de su categoría en el centro de destino, con la conformidad expresa del centro de origen, quedando en la misma situación administrativa que corresponda.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Inca, 8 de mayo de 2017

La directora gerente del Hospital Comarcal  de Inca.
(BOIB nº 10/2016 y 72/2016)
Soledad Gallardo Bonet