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AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 4918
Declaración de caducidad y nuevo anuncio de información pública para la inclusión en el inventario de bienes municipales del tramo del camí d'en Kane que discurre por el interior de la finca de Binimoti, del término municipal de Ferreries
Se hace público que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de día 11 de mayo de 2017, en relación a la propuesta de declaración de caducidad del procedimiento para la inclusión en el inventario municipal de bienes del tramo del camí d’en Kane que discurre por el interior de la finca de Binimoti y simultánea propuesta de nuevo acuerdo formal para su inclusión en el inventario municipal de referencia, acordó lo siguiente:
Primero. Declarar la caducidad del procedimiento para la inclusión en el inventario de bienes municipal del tramo del camí d’en Kane que discurre por el interior de la finca de Binimoti, iniciado en fecha 5 de septiembre de 2016, todo de conformidad con los razonamientos jurídicos que se exponen en el informe de secretaría de día 5 de mayo de 2017, y que consta en el expediente.
Segundo. Acordar, no obstante lo anterior, nuevamente y de manera formal la inclusión en el Inventario municipal de bienes, del tramo del camí d’en Kane a su paso por la finca de Binimoti, mediante la asunción íntegra del contenido del informe entregado por el Consell Insular de Menorca en fecha 26 de agosto de 2016 y oportunamente elaborado por el abogado Masot Tejedor relativo al estudio de la titularidad del camí d’en Kane a su paso por el término municipal de Ferreries, todo asimismo en cumplimiento de lo señalado en el artículo 17 del Real decreto 1372/1986, de13 de junio, por el que se aprueba el reglamento de bienes de las entidades locales, así como el artículo 132 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
Tercero. Notificar el presente acuerdo a la propiedad de la finca Binimoti, así como a las administraciones públicas afectadas, otorgándoles un plazo de quince días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que, en su caso, estimen pertinentes.
Cuarto. Abrir el correspondiente periodo de información pública de treinta días con el fin de que cualquier persona pueda examinar el expediente, presentar alegaciones, así como otros documentos y justificaciones que, en su caso, estime pertinentes.
Ferreries, 12 de mayo de 2017
El alcalde
Josep Carreres Coll